RESOLUCION, Nº 19-2016/SUNAT/5F0000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Modifican el Procedimiento General "Reembarque" INTA-PG.12 (Versión 2)-RESOLUCION-Nº 19-2016/SUNAT/5F0000
Emisor | SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA |
Fecha de la disposición | 30 de Junio de 2016 |
Callao, 30 de junio de 2016
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00140-2009/SUNAT/A se aprobó el procedimiento general “Reembarque” INTA-PG.12 (versión 2), dentro del marco de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053;
Que con Decreto Legislativo N° 1235 se modificaron diversos artículos de la Ley General de Aduanas, por lo que resulta necesario adecuar el referido procedimiento a las nuevas disposiciones;
En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias, y a la Resolución de Superintendencia N° 172-2015-SUNAT.
SE RESUELVE:
Modifícase las secciones II, III, V, los numerales 1, 4, 5, 6 y 13 de la sección VI y los numerales 4, 9,10, 16, 17, 18, 22, 23, 24, 25, 26 y 35 del literal A de la sección VII del procedimiento general de Reembarque INTA-PG.12 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00140-2009 /SUNAT/A, con los textos siguientes:
II. ALCANCE
Todas las dependencias de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y los operadores de comercio exterior que intervienen en el régimen aduanero de reembarque.
III. RESPONSABILIDAD
La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad del Intendente de Gestión y Control Aduanero, del Intendente Nacional de Sistemas de Información, del Intendente Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, de los Intendentes de Aduana de la República, de las jefaturas y del personal de las distintas unidades organizacionales que participan en el presente procedimiento.
V. BASE LEGAL
- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, publicado el 27.6.2008 y normas modificatorias.
- Reglamento de la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y normas modificatorias.
- Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, Decreto Supremo Nº 031-2009-EF publicado el 11.2.2009 y normas modificatorias.
- Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008, publicada el 19.6.2003 y normas modificatorias.
- Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, Decreto Supremo Nº 121-2003-EF, publicado el 27.8.2003 y normas modificatorias.
- Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, publicada el 11.4.2001 y normas modificatorias.
- Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT publicada el 1.5.2014 y normas modificatorias.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
1. Régimen aduanero que permite que las mercancías que se encuentran en un punto de llegada en espera de la asignación de un régimen aduanero puedan ser reembarcadas desde el territorio aduanero con destino al exterior.
(…)
4. Mediante resolución se dispone de oficio que el transportista, dueño o...
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