DECRETO SUPREMO, Nº 372-2015-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los Gobiernos Regionales para financiar el costo diferencial del pago de la bonificación económica por el otorgamiento de la condecoración de Palmas Magisteriales-DECRETO SUPREMO-Nº 372-2015-EF

Fecha de disposición20 Diciembre 2015
Fecha de publicación20 Diciembre 2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, aprueba nuevos montos que, como entrega económica y bonificaciones económicas, pueden ser percibidos por los condecorados con Palmas Magisteriales en los grados de Amauta, Maestro y Educador, según corresponda;

Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30328, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES CIEN MIL TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 201 100 038,00), para, entre otros, financiar el pago de la bonificación económica por el otorgamiento de la condecoración de Palmas Magisteriales; asimismo, en la citada Disposición se precisa que el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales quedan exceptuados de lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y establece que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de éste último;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2015-MINEDU se establecen las características y condiciones para la entrega económica y bonificación económica por otorgamiento de la condecoración de Palmas Magisteriales;

Que, la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, mediante los Informes N°s 369 y 388-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, sustenta y determina el costo diferencial para financiar el pago de la bonificación económica por el otorgamiento de la condecoración de Palmas Magisteriales establecidas en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30328, a favor de un segundo y tercer grupo, respectivamente, de personas que a la fecha, se ha acreditado que han recibido la condecoración de Palmas Magisteriales en los grados de Educador, Maestro y Amauta; asimismo, señala que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2015-MINEDU;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de...

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