RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 105-2014-VMPCIC-MC - Declaran y aprueban acciones de emergencia que implican la intervención de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, ubicados en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Ancash

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2014
El Peruano
Sábado 11 de octubre de 2014
534480
Desarrollo (XIV UNCTAD) en el año 2016, así como de las
actividades y eventos conexos que se desarrollen antes,
durante y después de las mencionadas Sesiones, a que se
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal
Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución al
Viceministerio de Interculturalidad, a la Dirección General
de Derechos de los Pueblos Indígenas y al Ministerio de
Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
1148857-2
Declaran y aprueban acciones de
emergencia que implican la intervención
de bienes integrantes del Patrimonio
Cultural de la Nación, ubicados en
los departamentos de Tumbes, Piura,
Lambayeque, La Libertad y Áncash
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 105-2014-VMPCIC-MC
Lima, 6 de octubre de 2014
Visto, el informe elaborado por la Comisión Sectorial
encargada de evaluar, coordinar y proponer las acciones que
correspondan para mitigar los efectos que pudiera ocasionar
el Fenómeno del Niño en los bienes integrantes del Patrimonio
Cultural de la Nación, en la zona norte del país;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 142-2014-MC
de fecha 25 de abril de 2014, se conformó la Comisión
Sectorial encargada de evaluar, coordinar y proponer las
acciones que correspondan para mitigar los efectos que
pudiera ocasionar el Fenómeno del Niño en los bienes
integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, en la
zona norte del país;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 302-2014-
MC de fecha 2 de setiembre de 2014, se aprobó la
desagregación de los recursos aprobados mediante
Veintidós Millones Quinientos Setenta Mil Setecientos
Nueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 22 570 709,00) con cargo
a la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios del
Pliego 003 Ministerio de Cultura;
Que, mediante expediente Nº 33389-2014 de fecha
11 de agosto de 2014, la Dirección Desconcentrada de
Cultura de La Libertad remitió el informe nal elaborado
por la referida Comisión Sectorial denominado: Informe
ENSO 2014, el cual contiene las medidas de emergencia
a implementar en los bienes integrantes del Patrimonio
Cultural de la Nación ubicados en el norte del país
(sitios arqueológicos prehispánicos, museos nacionales,
monumentos y bienes inmuebles históricos), a n de
mitigar los efectos negativos que pudiera ocasionar el
Fenómeno del Niño en los mismos;
Que, mediante Informe Técnico Nº 1094-2014-DMO-
DGPA/MC de fecha 24 de setiembre de 2014, la Dirección
de Gestión de Monumentos opinó favorablemente en
cuanto a la viabilidad de las propuestas de intervención
contenidas en el Informe ENSO 2014, referidas a los sitios
arqueológicos prehispánicos materia de evaluación;
Que, la Dirección de Investigación y Plani cación
Museológica emitió el Informe Nº 183-2014-CRA-DIPM-
DGM/MC de fecha 30 de setiembre de 2014, mediante el
cual concluyó que por la naturaleza de prevención para la
conservación del patrimonio cultural mueble que custodian
el Museo Nacional Tumbas Reales de Sipán, el Museo
Nacional de Sicán y el Museo Arqueológico Nacional
Brüning, consideran viables los trabajos de intervención
previstos en el Informe ENSO 2014;
Que, mediante Informe Técnico Nº 2235-2014-DPHI-
DGPC/MC de fecha 1 de octubre de 2014, la Dirección de
Patrimonio Histórico Inmueble concluyó que se considera
prioritaria la ejecución de acciones de emergencia en las
edi caciones de las épocas virreinal y republicana de la
zona norte del país, que son integrantes del Patrimonio
Cultural de la Nación, a n de evitar el deterioro y daños
ocasionados por los efectos del Fenómeno del Niño;
opinión que ha sido rati cada por la Dirección General de
Patrimonio Cultural, a través del Memorando Nº 800-2014-
DGPC-VMPCIC/MC;
Que, conforme consta de lo indicado precedentemente se
advierte el carácter urgente y necesario de tomar medidas de
prevención en los bienes integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación que se encuentran ubicados en el norte del Perú,
por lo que la Dirección General de Patrimonio Arqueológico
Inmueble, la Dirección General de Museos y la Dirección
General de Patrimonio Cultural recomiendan la ejecución de
acciones de emergencia en base a la coyuntura presentada;
planteando al Despacho Viceministerial de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales se apruebe el diagnóstico y
las propuestas de intervención de los bienes contenidos en el
Informe ENSO 2014;
Que, de conformidad con el numeral 7 del artículo 9 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC,
corresponde al Despacho Viceministerial de Patrimonio
Cultural e Industrias Culturales, declarar y aprobar las
acciones de emergencia respecto a los bienes inmuebles
integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, ante
riesgos originados por fenómenos naturales;
Que, el literal 5 del numeral 2 del artículo 99 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-
MC, señala como una de las funciones de las Direcciones
Desconcentradas de Cultura el ejecutar las acciones
preventivas y de emergencia en los sitios arqueológicos
en situación de riesgo por destrucción como consecuencia
de un posible fenómeno natural;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2006-ED y Nº 029-
2006-ED se creó el Proyecto Especial Complejo Arqueológico
de Chan Chan y el Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque
en el Ministerio de Educación, respectivamente;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC,
modi cado por Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, se
aprobó, entre otros, la fusión por absorción del Proyecto
Especial Complejo Arqueológico de Chan Chan y del Proyecto
Especial Naylamp - Lambayeque en el Ministerio de Cultura;
Que, conforme al Manual de Organización y Funciones
del Proyecto Especial Complejo Arqueológico de Chan
Chan, aprobado por Resolución Ministerial Nº 470-2012-
MC, las actividades del Proyecto Especial se enmarcan
dentro de lo establecido en el Plan Maestro y las que se
determinen para afrontar situaciones de emergencia y
de urgencia. En cuanto a las actividades de emergencia
se las describe como aquellas “derivadas de eventos no
previstos o que requieran intervenciones en plazos muy
cortos y cuya nalidad sea la de enfrentar condiciones de
desastre o de daños graves al Complejo Arqueológico de
Chan Chan o parte de él”;
Que, de acuerdo al Manual de Organización y Funciones
del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 477-2012-MC, las actividades
del Proyecto Especial se enmarcan dentro de lo establecido
en el Plan Estratégico del Proyecto Especial y las que se
determinen para afrontar situaciones de emergencia y de
urgencia. En cuanto a las actividades de emergencia se las
describe como aquellas “derivadas de eventos no previstos
o que requieran intervenciones en plazos muy cortos y cuya
nalidad sea la de enfrentar condiciones de desastre o de
daños graves a los Monumentos Arqueológicos ubicados en
el departamento de Lambayeque.”;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 039-
2011-MC, se precisaron las Unidades Ejecutoras que
conforman el Pliego 003 – Ministerio de Cultura, dentro de
las cuales se encuentra la Unidad Ejecutora 005: Naylamp
– Lambayeque y la Unidad Ejecutora 006: Complejo
Arqueológico de Chan Chan;
Que, teniendo en consideración que los bienes
integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación que
forman parte del Informe ENSO 2014, pertenecen al ámbito
de competencia de las Direcciones Desconcentradas de
Cultura de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y
Ancash, del Proyecto Especial Complejo Arqueológico de
Chan Chan, Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque,
y sus respectivas unidades ejecutoras, corresponde que
ejecuten las acciones de intervención contenidas en
el Informe ENSO 2014, de acuerdo a sus respectivas
competencias;

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