DECRETO SUPREMO N° 036-2014-RE - Declaran de interés nacional la realización del 14° Periodo de Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD) en el año 2016, sus actividades y eventos conexos

Fecha de disposición28 Agosto 2014
Fecha de publicación28 Agosto 2014
El Peruano
Jueves 28 de agosto de 2014 531111
RELACIONES EXTERIORES
Declaran de interés nacional la
realización del 14° Periodo de Sesiones
de la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Comercio y Desarrollo
(XIV UNCTAD) en el año 2016, sus
actividades y eventos conexos
DECRETO SUPREMO
N° 036-2014-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo – UNCTAD, creada en 1964
mediante Resolución 1995 (XIX) para asuntos relacionados
con el comercio, las inversiones y el desarrollo, es un
órgano de la Asamblea General de la Organización de
las Naciones Unidas – ONU, siendo el Perú país miembro
desde su creación;
Que, la UNCTAD es el único órgano de la ONU
competente en materia de comercio y desarrollo, que
tiene como objetivo la integración de los países en
desarrollo en la economía mundial, a f‌i n de consolidar
progresivamente su legitimidad mediante la publicación
de trabajos que buscan orientar el debate y la ref‌l exión
actual sobre la política general del desarrollo, buscando
de manera particular que las políticas nacionales y la
acción internacional concurran al desarrollo sostenible;
Que, conforme a la práctica de dicha organización
internacional, cada cuatro años se reúne la Conferencia
Ministerial de la UNCTAD a f‌i n de establecer el mandato
de la organización para los próximos cuatro años, según lo
establecido en el inciso 2 de la Sección II de la Resolución
1995 (XIX) de la Asamblea General de la ONU;
Que, la realización del 14º Periodo de Sesiones de la
Conferencia Ministerial de la UNCTAD se realizará en la
ciudad de Lima, República del Perú en el año 2016, tal
como fue acordado por la Junta de Comercio y Desarrollo
de la UNCTAD en su 27º periodo extraordinario de
sesiones (A/68/15, Parte II), en la que mediante Decisión
517 (S-XXVII), se aceptó el ofrecimiento del Perú para ser
país sede;
Que, asimismo, mediante Resolución A/C.2/68/L.29,
la Segunda Comisión de la Asamblea General de la ONU
tomó nota del informe de la Junta de Comercio y Desarrollo
sobre su 27º período extraordinario de sesiones, y de la
decisión que en él f‌i gura, y acogió con beneplácito el
ofrecimiento del Gobierno del Perú para organizar el 14º
período de sesiones de la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Comercio y Desarrollo en el año 2016;
Que, en ese contexto, corresponde al Estado peruano
participar, en su calidad de país anf‌itrión, en la preparación,
organización y realización del 14º período de sesiones de
la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio
y Desarrollo en el año 2016 (XIV UNCTAD), así como
de las actividades y eventos conexos que se desarrollen
antes, durante y después de las citadas Sesiones; por lo
que resulta conveniente declarar de interés nacional la
realización de los mismos;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo
4 y en el inciso 7 del artículo 6 de la Ley Nº 29357 – Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores, el ámbito de competencia de dicho Ministerio
es la Política Exterior, las Relaciones Internacionales y la
Cooperación Internacional, por lo que tiene como función
el conducir la organización de los eventos of‌i ciales a
celebrarse en el país que corresponden a Jefes de Estado,
Jefes de Gobierno y Ministros de Relaciones Exteriores;
Que, las Conferencias Ministeriales de la UNCTAD
cuentan con la participación de diversos Jefes de Estado,
Jefes de Gobierno, Ministros de Relaciones Exteriores
y Ministros de Comercio de los Estados miembros de la
UNCTAD;
Que, dado que la representación de la República del
Perú ante la ONU se encuentra dentro del ámbito de
competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, le
corresponde a dicho sector la preparación, organización y
realización del 14º Período de Sesiones de la Conferencia
de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV
UNCTAD) en el año 2016;
Que, de otro lado, el artículo 35 de la Ley Nº 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que a través
de la creación de los denominados Grupos de Trabajo en
las entidades del Poder Ejecutivo se busca desarrollar
funciones diferentes a las de seguimiento, f‌i scalización,
propuesta o emisión de informes;
Que, en ese marco, resulta necesario llevar a cabo
las coordinaciones de manera integral, intersectorial e
intergubernamental, entre las instituciones nacionales que
tendrán vinculación directa con el desarrollo de dichos
eventos; por lo que corresponde constituir un Grupo de
Trabajo Multisectorial, de carácter temporal, liderado y
adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado
de la preparación, organización y realización del 14º
Período de Sesiones de la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD)
en el año 2016, así como de las actividades y eventos
conexos que se desarrollen antes, durante y después de
las mencionadas Sesiones;
Que, de otro lado, la realización del 14º Período
de Sesiones de la UNCTAD implicará el ingreso de
bienes para consumo y de bienes sujetos al régimen
de admisión temporal para reexportación, con el fin de
cumplir a cabalidad con los compromisos adquiridos
por el Gobierno de la República del Perú, para su
organización;
Que, en ese orden de ideas, la Ley Nº 29963 - Ley
de facilitación aduanera y de ingreso de participantes
para la realización de eventos internacionales declarados
de interés nacional, prevé la facilitación de trámites
aduaneros y el ingreso de participantes para la realización
de eventos internacionales, como la presente conferencia
intergubernamental, siempre que el evento sea declarado
de interés nacional por el Poder Ejecutivo, mediante
decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de
Ministros;
Que, en virtud de los argumentos expuestos, resulta
prioritario declarar de interés nacional la realización de
dicho evento internacional, y disponer la creación del
Grupo de Trabajo Multisectorial, de carácter temporal,
encargado de la preparación, organización y realización
del mismo, así como de las actividades y eventos conexos
que se desarrollen antes, durante y después de las citadas
Sesiones;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº
29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Relaciones Exteriores, en la Ley Nº 29963 - Ley de
facilitación aduanera y de ingreso de participantes para
la realización de eventos internacionales declarados de
interés nacional; y, en uso de la facultad conferida en el
inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del
Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaración de interés nacional
Declárese de interés nacional la realización del 14º
Período de Sesiones de la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV UNCTAD)
en el año 2016, así como de las actividades y eventos
conexos que se desarrollen antes, durante y después de
las mencionadas Sesiones, que se llevará a cabo en la
ciudad de Lima.
Artículo 2.- Creación del Grupo de Trabajo
Multisectorial
Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial, de
naturaleza temporal, adscrito al Ministerio de Relaciones
Exteriores, encargado de la preparación, organización y
realización del 14º Período de Sesiones de la Conferencia
de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (XIV
UNCTAD) en el año 2016, así como de las actividades
y eventos conexos que se desarrollen antes, durante y
después de las mencionadas Sesiones.
Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo
Multisectorial
El Grupo de Trabajo Multisectorial estará integrado por
un representante titular y uno alterno, ambos con poder
de decisión, de las siguientes instituciones:

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