¿Prescripción o caducidad?: la limitación temporal en el proceso de amparo

Justicia constitucional y proceso de amparoEl amparo y los derechos humanos

Enlazado como:

Resumen


I. Introducción. II. Por qué se limita temporalmente el uso del amparo. III. Por qué no se debe limitar temporalmente el uso del amparo. IV. ¿Plazo de prescripción o plazo de caducidad?. V. Conclusiones

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


¿Prescripción o caducidad?: la limitación temporal en el proceso de amparo

I. Introducción

La finalidad del proceso de amparo es la protección de los derechos fundamentales, es decir, de aquellos derechos que contienen las condiciones que toda persona debe disfrutar como, por ejemplo, la igualdad, la salud y la educación. Cuando alguno de estos derechos es afectado o amenazado de tal forma que se produce el riesgo de que sufra un agravio irreparable, el ordenamiento constitucional pone al alcance de la persona el instrumento procesal del amparo. Sin embargo, en nuestro ordenamiento existe una limitación temporal para su empleo: según el artículo 37 de la Ley No. 2350612, se produce la caducidad del amparo a los sesenta días hábiles de producida la afectación.

Si el sistema constitucional está al servicio de los derechos fundamentales, ¿se justifica la existencia de un plazo, después de cuyo transcurso resulte imposible utilizar válidamente el amparo? En el presente trabajo pretendemos responder esta pregunta. También intentaremos determinar qué tipo de plazo se encuentra establecido en la ley que regula el amparo actualmente en el Perú.

II. Por qué se limita temporalmente el uso del amparo

El Perú no es el único país que ha fijado un plazo como límite para cuestionar judicialmente, en la vía del amparo, los actos u omisiones que vulneren o amenacen los derechos constitucionales. En Chile, el artículo 1 del Auto Acordado emitido por la Corte Suprema3, que regula el Recurso de ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex Perú

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía