ORDENANZA Nº 0190-2009/MDI - Crean procedimientos de visación de planos para la elaboración de proyectos de servicios básicos y constancia de posesión para fines de ejecución de proyectos de servicios básicos públicos en el Esquema Unificada, Independencia y Ermitaño

Fecha de publicación05 Octubre 2009
Fecha de disposición05 Octubre 2009
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 5 de octubre de 2009
403947
Año XXVI - Nº 10753
AÑO DE LA UNIÓN
NACIONAL FRENTE A
LA CRISIS EXTERNA
PODER EJECUTIVO
PRODUCE
R.D. Nº 749-2009-PRODUCE/DGEPP.- Modif‌i can la R.M.
N° 160-96-PE 403948
R.D. Nº 750-2009-PRODUCE/DGEPP.- Declaran
improcedente solicitud de cambio de titular de embarcación
pesquera presentada por Inversiones Pesqueras Rosedel
E.I.R.L. 403949
R.D. Nº 751-2009-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan
autorización de incremento de f‌l ota a la empresa
OCHODOS S.A.C. 403950
R.D. Nº 752-2009-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio
de titular de licencia de operación a favor de la empresa
PERUPEZ S.A.C. 403952
R.D. Nº 753-2009-PRODUCE/DGEPP.- Autorizan a
embarcaciones arrastreras para participar en la “Operación
Merluza XV” 403954
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.VM. Nº 438-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a persona
natural para prestar servicio de radiodifusión en la localidad de
Tingo María, departamento de Huánuco 403954
R.VM. Nº 440-2009-MTC/03.- Modif‌i can la R.VM. N° 109-
2004-MTC/03, sobre planes de canalización y asignación de
frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en FM en la
localidad de Morococha, departamento de Junín 403956
RR.VMs. Nºs. 441, 442 y 443-2009-MTC/03.- Otorgan
autorizaciones a personas naturales para la prestación
del servicio de radiodifusión en los departamentos de
Lima, Ancash y Piura 403957
R.VM. Nº 444-2009-MTC/03.- Aprueban transferencia de
autorización para la prestación del servicio de radiodifusión
sonora comercial otorgada mediante R.VM. N° 140-95-
MTC/15.17 403962
R.D. Nº 204-2009-MTC/12.- Aprueban modif‌i cación de las
Partes 111, 141 y 147 de las Regulaciones Aeronáuticas
del Perú 403963
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
RR.DD. Nºs. 1360, 1361, 1362, 1363, 1364, 1365, 1366,
1367, 1368, 1369 y 1370/INC.- Declaran Patrimonio
cultural de la Nación a monumentos y sitios arqueológicos
prehispánicos ubicados en los departamentos de Piura,
Lima, Cusco, Huancavelica, Apurímac, Moquegua,
Ancash, Junín, Pasco, Puno y Amazonas 403966
RR.DD. Nºs. 1371, 1372, 1373, 1375, 1376, 1377, 1378,
1379 y 1380/INC.- Declaran Patrimonio cultural de la
Nación a monumentos y sitios arqueológicos ubicados en
los departamentos de Lima, Cusco, Ayacucho, Huánuco y
Junín 403973
R.D. Nº 1427/INC.- Aprueban propuesta de declaración
como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación a
Ambiente Urbano Monumental ubicado en Lima 403979
R.D. Nº 1447/INC.- Aprueban Directiva “Procedimientos
especiales para la implementación del Decreto Supremo
N° 009-2009-ED” 403980
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
COMISION NACIONAL SUPERVISORA
DE EMPRESAS Y VALORES
R.D. Nº 043-2009-EF/94.06.3.- Disponen la exclusión del
Registro Público del Mercado de Valores de las acciones
comunes con derecho a voto representativas del capital
social emitidas por Crédito Leasing S.A. 403982
R.D. Nº 049-2009-EF/94.06.3.- Disponen inscripción del
“Segundo Programa de Bonos Corporativos Duke Energy
Egenor” en el Registro Público del Mercado de Valores
403983
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA
AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Res. Nº 452-2009-CONAFU.- Reconocen a Presidente de
la Comisión Organizadora del Proyecto de la Universidad
Peruana de Arte Orval 403984
CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
Res. Nº 039-2009-PCNM.- Destituyen a magistrado por
su actuación como Juez Titular del Trigésimo Segundo
Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima
403984
Res. Nº 192-2009-PCNM.- Ratif‌i can en el cargo a Fiscal
Superior Mixto de Piura 404000
Res. Nº 579-2009-CNM.- Declaran infundado recurso de
reconsideración interpuesto contra la Res. N° 039-2009-
PCNM 404002
Sumario
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NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 5 de octubre de 2009
403948
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 638-2009/JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación
de funciones registrales a la Of‌i cina de Registro de Estado
Civil que funciona en la Comunidad Nativa Comandancia,
departamento de Loreto 404002
R.J. Nº 640-2009/JNAC/RENIEC.- Autorizan apertura
de la Agencia Nuevo Chimbote en el departamento de
Ancash, a cargo de la Jefatura Regional 5 - Chimbote
404003
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 13422-2009.- Autorizan al Banco Santander Perú
S.A. a contraer un préstamo subordinado redimible con su
casa matriz 404004
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza Nº 0189-2009/MDI.- Aprueban Benef‌i cio de
reducción del monto por derecho de obtención del carné
de sanidad a los comerciantes del distrito 404004
Ordenanza Nº 0190-2009/MDI.- Crean procedimientos
de visación de planos para la elaboración de proyectos de
servicios básicos y constancia de posesión para f‌i nes de
ejecución de proyectos de servicios básicos públicos en el
Esquema Unif‌i cada, Independencia y Ermitaño 404005
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. Nº 009-2009-ALC/MLV.- Aprueban Reglamento
denominado “Licencia al Toque” 404006
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza Nº 000046.- Aprueban Ordenanza complemen-
taria a la Ordenanza N° 000014 que aprueba el Plan del
Sistema Vial de la Provincia Constitucional del Callao 404007
R.A. Nº 000063.- Designan Directora del Programa
Sectorial II de la Dirección de Ejecución Coactiva,
dependiente de la Dirección General de Administración
Tributaria y Rentas 404008
RR.AA. Nºs. 000107 y 000139.- Designan Auxiliares
Coactivos de la Dirección de Ejecución Coactiva,
dependientes de las Direcciónes Generales de Transporte
Urbano y de Administración Tributaria y Rentas 404009
SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE
LA INVERSION PRIVADA
EN TELECOMUNICACIONES
Res. N° 058-2009-CD/OSIPTEL.- Recurso de apelación
contra la Resolución N° 2 403868
Res. N° 059-2009-CD/OSIPTEL.- Mandato de
Interconexión América Móvil Perú S.A.C. - Telefónica del
Perú S.A.A. 403920
PODER EJECUTIVO
PRODUCE
Modifican la R.M. Nº 160-96-PE
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 749-2009-PRODUCE/DGEPP
Lima, 21 de septiembre del 2009
Visto el escrito de Registro N° 00071237-2009 de
fecha 09 de septiembre del 2009, presentada por la
empresa PESQUERA LUISA S.A.
CONSIDERANDO:
Que, en el numeral 32.2 del artículo 32º del Reglamento
de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo
Nº 012-2001-PE, establece que las embarcaciones
pesqueras para consumo humano directo mayores de cien
(100) toneladas métricas de capacidad de bodega, que
destinen sus capturas a plantas procesadoras de consumo
humano directo, podrán contar con permiso de pesca
siempre que cuenten con sistemas CSW (agua de mar
enfriada) o RSW (agua de mar refrigerada) u otro sistema
que garantice la óptima calidad del producto capturado;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 160-96-PE de
fecha 13 de marzo de 1996, se otorgó permiso de pesca a
plazo determinado, entre otros, al armador JAIME MARTIN
FLORES FOWKS, para operar la embarcación pesquera
denominada “MANTA 2” de matrícula CE-5835-PM, con 140
TM de capacidad de bodega, para ser destinada a la extracción
de los recursos hidrobiológicos para consumo humano indirecto
en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas
costeras, utilizando redes de cerco de ½¨ pulgada (13 mm);
Que, mediante Resolución Directoral Nº 137-2002-
PRODUCE/DNEPP de fecha 12 de diciembre del 2002,
se aprobó el cambio de titular del permiso de pesca para
operar la embarcación pesquera denominada “MANTA 2” de
matrícula CE-5835-PM, a favor de la empresa PESQUERA
LUISA S.A., en los mismos términos y condiciones con que
fue otorgado, así como las modif‌i caciones en el extremo
referido al nombre de la embarcación entendiéndose como
nuevo nombre “CALAMAR 2” de matrícula CE-5835-PM con
161.51 m3 de capacidad de bodega;
Que, con el escrito del visto, la empresa PESQUERA LUISA
S.A., solicitó la modif‌i cación de Resolución Autoritativa por
implementación de RSW a bordo de la embarcación pesquera
“CALAMAR 2” de matrícula CE-5835-PM, presentando entre
otros requisitos, el Certif‌i cado de Matrícula y Certif‌i cado
Nacional de Arqueo, con los cuales se ratif‌i ca la capacidad de
bodega; asimismo, presenta el Certif‌i cado de Inspección
Nº 000180, emitido por la empresa Certif‌i caciones del Perú
S. A. (CERPER), indicando que la referida embarcación
cuenta con Sistema de Refrigeración RSW a bordo;
Que, de la evaluación efectuada a los documentos que
obran en el expediente, se ha determinado que la empresa
PESQUERA LUISA S.A. ha cumplido con presentar los
requisitos establecidos en el Procedimiento N° 21 del Texto
Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la
Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2009-
PRODUCE, por lo que correspondería autorizar lo solicitado;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción
y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 1023-2009-
PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la
instancia legal correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento,
sus modif‌i catorias, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118°
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del
Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto
Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 5 de octubre de 2009 403949
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car el artículo 1º de la Resolución
Ministerial Nº 160-96-PE de fecha 13 de marzo de 1996,
modif‌i cado por Resolución Directoral Nº 137-2002-PRODUCE/
DNEPP, únicamente el extremo referido a la implementación
del sistema de preservación RSW a bordo, manteniéndose
inalterables las demás características de la embarcación
pesquera “CALAMAR 2” de matrícula CE-5835-PM.
Artículo 2°.- El permiso de pesca a que se ref‌i ere la
presente resolución será ejercido conforme lo dispuesto por
el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece
que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al
consumo humano directo, o las normas que lo modif‌i quen o
sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento.
Artículo 3°.- Incorporar el sistema de preservación RSW
de la embarcación pesquera “CALAMAR 2” de matrícula CE-
5835-PM, y la presente Resolución Directoral en el Anexo I
de la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, y en el
Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE.
Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento,
Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a
las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción
del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y
Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse
en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción,
cuya dirección es : www.produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
405392-6
Declaran improcedente solicitud de
cambio de titular de embarcación
pesquera presentada por Inversiones
Pesqueras Rosedel E.I.R.L.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 750-2009-PRODUCE/DGEPP
Lima, 21 de septiembre del 2009
Visto: El escrito de Registro N°00031991-2009 de
fecha 24 de abril de 2009, presentado por la empresa
INVERSIONES PESQUERAS ROSEDEL E.I.R.L.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral N° 016-2000-CTAR-
ANCASH/DRP-CH de fecha 10 de noviembre de 2000, se
otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador
ROSA DELFINA AVILA DE DIAZ, para operar la embarcación
pesquera construida de madera denominada TENTADORA,
con matrícula N° CE-15458-CM, de 103.85 m3 de volumen
de bodega y de 23.34 de Arqueo Neto, con hielo a granel
como medio de preservación a bordo, equipada con redes
de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm) de
longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de
los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo
humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera
de las cinco (5) millas de la costa;
Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007-
PRODUCE, del 20 de febrero del 2007, sustituye el artículo
9° del Decreto Supremo N° 003-98-PE, estableciendo que,
las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones
bajo el régimen de la Ley N° 26920, se efectuarán
conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34°
Que, el artículo 34° del Reglamento de la Ley General
de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-
PE, modif‌i cado mediante Decreto Supremo N° 015-2007-
PRODUCE, el mismo que señala que el permiso de pesca
es indesligable de la embarcación pesquera a la que
corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de
las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la
vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de
dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se
otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso
de pesca. Asimismo, establece que no procede la autorización
de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verif‌i carse
que los transferentes de la embarcación pesquera cuentan con
sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas
mediante actos administrativos f‌i rmes o que hayan agotado la
vía administrativa o conf‌i rmadas con sentencias judiciales que
hayan adquirido la calidad de cosa juzgada;
Que, de la revisión del Contrato de Arrendamiento
de Embarcación Pesquera de fecha 20 de abril de 2009,
celebrado de una parte por ROSA DELFINA AVILA DE
DIAZ, en calidad de Arrendadora y de otra parte por
INVERSIONES PESQUERAS ROSEDEL E.I.R.L., en
calidad de Arrendataria, se advierte que, la Arrendadora
cede el uso de la embarcación pesquera TENTADORA de
matrícula CE-15458-CM a título de arrendamiento, a favor
de la Arrendataria, por el plazo comprendido entre el 20 de
abril de 2009 al 20 de junio de 2009;
Que, como consecuencia del proceso de evaluación de
la solicitud de cambio de titular de la embarcación pesquera
TENTADORA de matrícula CE-15458-CM, mediante Of‌i cio
N° 3607-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 22 de mayo
de 2009, se solicitó a la empresa INVERSIONES PESQUERAS
ROSEDEL E.I.R.L., que precise su solicitud y de optar por el
procedimiento N° 7 del TUPA – PRODUCE, evalúe el hecho
que el contrato de arrendamiento de la embarcación vencería el
20 de junio de 2009, así mismo, que presente el Certif‌i cado de
Matrícula con la indicación de la capacidad de bodega en metros
cúbicos, que presente el requisito N° 2 del procedimiento N° 7
del TUPA-PRODUCE, debidamente suscrito por la solicitante,
que efectúe el reintegro correspondiente por concepto de
derecho de trámite y por publicación de resolución, y que aclare
el hecho que la embarcación registra embargos en forma de
inscripción, a favor de la SUNAT, otorgándole un plazo de 15
días hábiles, contados a partir de su recepción, para subsanar
lo observado, caso contrario se procedería conforme a la
normatividad vigente;
Que , en tal virtud y atendiendo a que, la empresa
INVERSIONES PESQUERAS ROSEDEL E.I.R.L., no ha
cumplido con subsanar las observaciones anotadas en
el Of‌i cio N° 3607-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, dentro
del plazo establecido en el mismo, pese a encontrarse
debidamente notif‌i cada, por lo que, consideramos que,
la empresa solicitante no ha cumplido con presentar los
requisitos 1, 2, 3, 4, y 5 del Procedimiento N° 7 del Texto
Único de Procedimientos Administrativos de la Producción,
correspondiendo a la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero, declarar improcedente la solicitud
de cambio de titular planteada;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero, mediante los Informes N° 473-
2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y N° 1043-2009-PRODUCE/
DGEPP-Dchi; y con la opinión favorable de la instancia legal
correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley
N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento,
sus modif‌i catorias, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118°
por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del
Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto
Supremo N° 010-2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de
cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación
pesquera TENTADORA de matrícula CE-15458-CM,
presentada por la empresa INVERSIONES PESQUERAS
ROSEDEL E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la
parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- Transcribir la presente Resolución Directoral
a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia
del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales
Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección
General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de
Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio
de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
405392-7
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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