RESOLUCION MINISTERIAL N° 0382/RE-2012 - Autorizan viaje de funcionaria diplomática a Qatar, en comisión de servicios
Fecha de disposición | 14 Abril 2012 |
Fecha de publicación | 14 Abril 2012 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 14 de abril de 2012
464116
Autorizan viaje de funcionaria
diplomática a Qatar, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0382-RE-2012
Lima, 11 de abril de 2012
CONSIDERANDO:
Que, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo (UNCTAD) se reúne cada cuatro
años, a fi n de debatir asuntos claves de la agenda económica
internacional, así como establecer el mandato de trabajo de
la organización para los próximos cuatro años;
Que, la Reunión Ministerial del Grupo de los 77 y China,
en preparación al Décimo Tercer Período de Sesiones de
la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo (UNCTAD), se celebrará en la ciudad de Doha,
Estado de Qatar, el 20 de abril de 2012;
Que, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo (UNCTAD) celebrará su Décimo
Tercer Período de Sesiones, en la ciudad de Doha, Estado
de Qatar, del 21 al 26 de abril de 2012;
Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) DAE0377/2012,
de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 02 de
abril de 2012; y (OPR) N° OPR0219./2012, de la Ofi cina de
Programación y Presupuesto, de 10 de abril de 2012, que
otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente
viaje;
De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del
Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y
modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el
numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios,
de la Consejera en el Servicio Diplomático de la República
Claudia Elizabeth Guevara De la Jara, Subdirectora de
Asuntos de la OMC y de Propiedad Intelectual, de la
Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales,
de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la
ciudad de Doha, Estado de Qatar, del 20 al 26 de abril
de 2012, para participar en la Reunión Ministerial del
grupo de los 77 y China, y en el Décimo Tercer Período de
Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Comercio y Desarrollo (UNCTAD).
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios, serán cubiertos
por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 19437: Integración Política y
Negociaciones Económico Comerciales Internacionales,
debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a
ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término
del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos
Pasajes
Clase
Económica
US$
Viáticos
por día
US$
Número
de
días
Total
viáticos
US$
Claudia Elizabeth Gue-
vara De la Jara 2501.99 260.00 7+2 2,340.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria
diplomática presentará ante el Ministro de Relaciones
Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas
y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores
776045-4
Aprueban Plan Estratégico Sectorial
de Largo Plazo (PESLP) 2012-2021 del
Sector Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0401/RE-2012
Lima, 11 de abril de 2012
VISTO:
El Memorándum (DEE) Nº 00842012, de la
Dirección General de Estudios y Estrategias de Política
Exterior, de 28 de febrero de 2012 y la Hoja de Trámite
(GAC) Nº 1251, del Despacho Viceministerial.
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23º de la
Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece
como función de los Ministerios, entre otros, formular,
planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la
política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable
a todos los niveles de gobierno;
Que, el numeral 1 del artículo 25º de la citada Ley,
establece que corresponde a los Ministros de Estado,
entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento
estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional
de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos
sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los
niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación;
y asignar los recursos necesarios para su ejecución,
dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias
correspondientes;
Que, el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº 28411
- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
establece que las entidades para la elaboración de
sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos
Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico
Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el
Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los
Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM);
Que, el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico
creado por Decreto Legislativo Nº 1088, está orientado al
desarrollo de la planifi cación estratégica como instrumento
técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y
sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad
democrática en el marco del Estado constitucional de
derecho, en cuya estructura general se encuentran los
órganos del gobierno nacional con responsabilidades y
competencias en el planeamiento estratégico;
Que, conforme a los artículos 2º y 4º de la Ley Nº 29357-
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores, éste ejerce su acción en el sector
relaciones exteriores y realiza sus funciones dentro de
los ámbitos de competencia referidos a política exterior,
relaciones internacionales y cooperación internacional;
Que, los incisos d) y e) del artículo 58º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-2010-RE, señalan entre las funciones de la
Dirección General de Estudios y Estrategias de Política
Exterior, diseñar y proponer las políticas, visión, misión,
lineamientos, objetivos y estrategias en materia de política
exterior;
Que, el Plan Estratégico Sectorial de Largo Plazo
(PESLP) constituye un instrumento orientador de la
gestión sectorial que sirve de marco para priorizar
objetivos y acciones, así como hacer explícito y de
conocimiento público los lineamientos de política exterior
y de cooperación internacional, como instrumentos para
alcanzar los objetivos de inclusión social;
Que, actualmente se encuentra vigente la Resolución
Ministerial Nº 0843-2003/RE, de 19 de septiembre de
2003, mediante la cual se aprobó el Plan Estratégico
Sectorial de Largo Plazo de Relaciones Exteriores 2003
- 2015, el mismo que debe ser actualizado en función de
las prioridades actuales de la política exterior peruana y
del desarrollo nacional;
Que, a efecto de cumplir con los objetivos trazados
para el Sector Relaciones Exteriores, se hace necesario
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