RESOLUCION N° 16-2014-SMV/10.2 - Disponen inscripción del fondo mutuo de inversión en valores denominado 'Credicorp Capital Acciones Internacionales I FMIV' y prospecto simplificado respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores

Fecha de disposición03 Junio 2014
Fecha de publicación03 Junio 2014
El Peruano
Martes 3 de junio de 2014 524447
Artículo 2°.- A efectos de los reembolsos de los gastos
reconocidos en la presente resolución, la instrucción de
orden de pago al f‌i duciario a que se hace referencia
en el numeral 7.4 del artículo 7° de la Resolución
OSINERGMIN N° 034-2013-OS/CD, la realizará el Jefe
de Proyecto FISE e informará al Consejo Directivo de
OSINERGMIN.
Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser
publicada en el diario oficial El Peruano y consignada
junto con los Informes N° 272-2014-GART y N°057-
2014-GART, en la página Web de OSINERGMIN:
www.osinergmin.gob.pe.
VICTOR ORMEÑO SALCEDO
Gerente Adjunto
OSINERGMIN
Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria
1090841-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Disponen inscripción del fondo mutuo
de inversión en valores denominado
“Credicorp Capital Acciones
Internacionales I FMIV” y prospecto
simplificado respectivo en el Registro
Público del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL
DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES
Nº 16-2014-SMV/10.2
Lima, 10 de marzo de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN
DE ENTIDADES
VISTOS:
El Expediente N° 2014002297 iniciado por Credicorp
Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así
como el Informe N° 136-2014-SMV/10.2 del 07 de
marzo de 2014 de la Intendencia General de Supervisión
de Entidades de la Superintendencia del Mercado de
Valores;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV N°053-
95-EF/94.10 del 25 de enero de 1995, se autorizó
el funcionamiento de Credifondo S.A. Sociedad
Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en
Valores, hoy denominada Credicorp Capital S.A.
Sociedad Administradora de Fondos, para actuar como
administradora de fondos mutuos de inversión en
valores;
Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 37°
del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en
Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por
Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1 y sus
modif‌i catorias, mediante escritos presentados hasta el
03 de marzo de 2014, Credicorp Capital S.A. Sociedad
Administradora de Fondos solicitó la inscripción del fondo
mutuo de inversión en valores denominado “Credicorp
Capital Acciones Internacionales I FMIV”, en la sección
correspondiente del Registro Público del Mercado de
Valores;
Que, de la evaluación de la información y
documentación presentada, se ha verif‌i cado que
Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de
Fondos, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos
37°, 38°, 73° y 74° del Reglamento de Fondos
Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades
Administradoras, así como con lo establecido en el
Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado
por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-
SMV/02 y su modif‌i catoria, para la inscripción del fondo
mutuo; tal como se desarrolla en el Informe N° 136-
2014-SMV/10.2; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 1°, inciso
b) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica
de la Superintendencia del Mercado de Valores,
aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus normas
modificatorias; así como el artículo 38°, numerales 6)
y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de
la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo mutuo
de inversión en valores denominado “Credicorp Capital
Acciones Internacionales I FMIV”, así como el prospecto
simplif‌i cado respectivo, en el Registro Público del Mercado
de Valores.
Artículo 2°.- En la gestión del fondo mutuo de inversión
en valores al que se ref‌i ere el artículo precedente, Credicorp
Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos utilizará
las versiones del reglamento de participación y contrato de
administración que se encuentran inscritos en el Registro
Público de Mercado de Valores.
Artículo 3°.- La publicidad que realice Credicorp
Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos
para promocionar al fondo mutuo a que se refiere el
artículo 1º de la presente resolución no debe inducir
a error o confusión y se debe realizar conforme a las
normas correspondientes del Reglamento de Fondos
Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades
Administradoras, y demás normas que le resulten
aplicables.
Artículo 4º.- La inscripción a la que se ref‌i ere el
artículo 1º de la presente resolución no implica que la
Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la
suscripción de cuotas del citado fondo mutuo de inversión
en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad
o calidad.
Artículo 5°.- Credicorp Capital S.A. Sociedad
Administradora de Fondos deberá remitir a la SMV
la versión actualizada del prospecto simplif‌i cado,
incluyendo la fecha de entrada en vigencia del prospecto
aprobado, así como la actualización de la referencia
a la resolución que aprueba el fondo, en un plazo no
mayor de quince (15) días hábiles de la notif‌i cación de la
presente resolución.
Artículo 6º.- La presente resolución deberá publicarse
en el diario of‌i cial El Peruano de forma previa a la
colocación de los valores.
Artículo 7º.- Disponer la difusión de la presente resolución
en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia
del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).
Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a
Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de
Fondos y al Banco de Crédito del Perú S.A.A., en su
condición de custodio.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO MANCO MANCO
Intendente General
Intendencia General de Supervisión de Entidades
1090879-1

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