1075 015-2002-EF/94.55 - Aprueban modificaciones a contratos a ser utilizados en diversos programas de fondos colectivos administrados por EAFC Maquisistema S.A.

Fecha de disposición25 Agosto 2002
Fecha de publicación25 Agosto 2002
Pág. 228838
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 25 de agosto de 2002
11. La presente norma empieza a regir a partir del
26.AGO.2002.
Atentamente,
MIGUEL ARRIOLA LUYO
Intendente Nacional de Técnica Aduanera
15180
CONASEV
Aprueban modificaciones a contratos a
ser utilizados en diversos programas de
fondos colectivos administrados por
EAFC Maquisistema S.A.
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 15-2002-EF/94.55
Lima, 08 de agosto de 2002
VISTOS:
El Expediente Nº 2002/08013 presentado por la empre-
sa EAFC MAQUISISTEMA S.A. y el Informe Nº 010-2002-
EF/94.55.3 de fecha 02 de agosto de 2002, con la opinión
favorable de la Responsable Legal;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV Nº 425-92-
EF/94.10 de fecha 11 de agosto de 1992 se autorizó
a la empresa EAFC MAQUISISTEMA S.A. a funcio-
nar como empresa administradora de fondos colecti-
vos;
Que, mediante Resolución Gerencial Nº 003-2000-EF/
94.55 de fecha 14 de enero de 2000, CONASEV autorizó a
la empresa EAFC MAQUISISTEMA S.A. la administración
de los programas denominados "M1", "M2" y "M3", los mis-
mos que tienen por objeto adjudicar a cada asociado un
Certificado de Compra en dólares americanos, destina-
do a la adquisición de un vehículo con proveedor prede-
terminado o a la inversión inmobiliaria (adquisición, cons-
trucción, refacción y/o ampliación de un inmueble) con
proveedor libre;
Que, con fecha 04 de julio de 2002 la empresa EAFC
MAQUISISTEMA S.A. solicitó a CONASEV la modificación
de los modelos de contratos a ser utilizados en los progra-
mas denominados "M-1, M-2 y M-3";
Que, luego de evaluada la documentación presentada
por EAFC MAQUISISTEMA S.A. se ha verificado que la
empresa ha satisfecho los requisitos establecidos en el
artículo 16º del Reglamento de las Empresas Adminis-
tradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolución
CONASEV Nº 730-97-EF/94.10, y en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado
por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF, por lo que corres-
ponde autorizar la modificación de los contratos a ser utili-
zados en los programas denominados "M-1", "M-2" y "M-
3"; y,
Estando a lo dispuesto por el inciso c) del artículo 2º
del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONA-
SEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; así como a las
facultades otorgadas a la Gerencia de Intermediarios y
Fondos mediante Acuerdo del Directorio de esta Institu-
ción Nº 118-99 reunido en sesión de fecha 06 de abril de
1999;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las modificaciones a los contra-
tos a ser utilizados en los programas de fondos colectivos
denominados "M-1", "M-2" y "M-3" que son administra-
dos por EAFC MAQUISISTEMA S.A.
Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen-
cia el día de su notificación.
Artículo 3º.- Inscribir la presente resolución en el Re-
gistro de Empresas Administradoras de Fondos Colecti-
vos de esta Institución.
Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a
EAFC MAQUISISTEMA S.A. y a la Asociación de
Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (A-
DEAFCO).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS CASTRO SILVESTRE
Gerente de Intermediarios y Fondos
Comisión Nacional Supervisora
de Empresas y Valores
14419
COFOPRI
Confirman resolución que declaró de
libre disponibilidad lote de asentamien-
to humano ubicado en el distrito del
Rímac, provincia de Lima
COMISIÓN DE FORMALIZACIÓN DE LA
PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI
Expediente Nº 2002-100-COFOPRI/TAP
NO PROCEDE DECLARAR EL MEJOR DERECHO DE
POSESIÓN DE UN PREDIO CUANDO NO SE
CUMPLE CON LOS REQUISITOS PREVISTOS
EN LA NORMATIVA DE LA COFOPRI
PARA SER TITULADO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD
Nº 261-2002-COFOPRI/TAP
Lima, 15 de agosto de 2002
VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por Yeni Fermín Var-
gas, contra la Resolución de la Gerencia de Titulación Nº
144-2002-COFOPRI/GT del 31 de enero de 2002, que de-
claró de libre disponibilidad el lote 10 de la manzana "V", del
Asentamiento Humano "Proyecto Integral Pampa de San Juan
sector Pampa de San Juan de Amancaes Parte Alta "B",
ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento
de Lima, inscrito en el Registro Predial Urbano con el Código
Nº P0219156, en adelante "el predio", con el uso de la pala-
bra de Yeni Fermín Vargas; y,
CONSIDERANDO:
1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instaló el ahora
denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, ór-
gano de resolución de segunda y última instancia con
competencia a nivel nacional, que conoce y resuelve los
procedimientos administrativos relacionados con las com-
petencias de la COFOPRI, de acuerdo con lo estable-
cido por el artículo 15º del Reglamento de Normas¹, por
lo que la Gerencia de Titulación ha remitido el expediente
a este Tribunal para que sea resuelto.
2. Que, mediante escrito del 4 de marzo de 2002 (fojas
58) Yeni Fermín Vargas solicita la revocatoria de la resolución
venida en grado, alegando que se ha vulnerado el derecho
de posesión que ejerce sobre el lote desde el 30 de marzo de
1996, afirma que ha como demostrado con la solicitud dirigi-
da a la Junta Directiva del Asentamiento Humano por el lote
11 manzana "46C" por lo que la resolución se contradice
cuando afirma que ella posee, desde agosto de 2000 por lo
cual resuelve declarar a "el predio" de libre disponibilidad.
4. Que, es necesario precisar que en el caso de pose-
siones informales, la titularidad de los lotes del terreno
corresponde al Estado y ahora a la COFOPRI, y como
tal, es la encargada de determinar a qué personas favo-
recerá con la adjudicación de los lotes, debiendo verifi-
car el cumplimiento de los requisitos establecidos en el
Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo
de la COFOPRI², que exige a los poseedores que acredi-
¹Reglamento de Normas que regulan la organización y funciones de los órga-
nos de COFOPRI responsables del conocimiento y solución de medios im-
pugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado
en el Diario Oficial El Peruano el día 6 de agosto de 2000.
²Aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, publicado en el Diario Ofi-
cial El Peruano el 6 de mayo de 1999.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR