El tratamiento penal del delito de discriminación en el Perú: evolución y límites

AutorWilfredo Ardito Vega
Páginas23-31
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El tratamiento penal del delito de discriminación
en el Perú: evolución y límites
Muchos peruanos, incluidos numerosos abogados, desconocen que desde hace 14 años, la discriminación se en-
cuentra tipificada en el Código Penal. Sin embargo, creemos que no solamente nos encontramos frente a un proble-
ma de difusión, como corresponde a otras normas penales, sino de voluntad política. Debido a ello, el número de
condenas por discriminación es reducidísimo, en marcado contraste con un problema tan extendido y cotidiano.
En el presente artículo, analizaremos la evolución del tratamiento penal del delito de discriminación en el Código
Penal peruano, así como las limitaciones que existen para su aplicación.
* Abogado por la PUCP. Especialista en Derechos Humanos, democracia, y discriminación y derecho. Catedrático en la PUCP y en la Universidad del Pacífico
1 Artículo 4º, inciso a.
2 Pese a todas las reformas que promovió, el régimen de Juan Velasco Alvarado no fue capaz de promover una campaña contra el racismo, ni en los medios de comunicación
ni desde las escuelas. Probablemente, esta ausencia se debió a la dificultad para colocar el nombre correcto a un problema tan extendido.
Aunque en el año 1971 el Perú ratificó la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación
Racial, las autoridades peruanas no asumieron como necesario tipificar ni el racismo ni ninguna otra forma de
discriminación dentro del Código Penal, como dicha Convención indicaba1.
Para la opinión pública peruana, el racismo era considerado un problema propio de los Estados Unidos, Sudáfrica
o Rhodesia, donde existían normas racistas que establecían una permanente situación de segregación y no llegaba
a verse que se trataba también de una realidad común en el Perú.
Es verdad que en aquellos años, no existía una segregación racial de carácter legal, como en dichos países, pero
pese a ello, muchos espacios estaban vedados para los indígenas y los negros, como clubes, colegios o inclusive
determinados barrios. En las haciendas andinas se mantenía un sistema de dominación casi feudal sobre los indí-
genas y numerosos patrones en la selva cometían todo tipo de abusos contra los nativos. Sin embargo, aún quienes
se oponían a estos hechos percibían que se trataba de explotación económica o conflicto entre clases sociales, pero
no de racismo2. Buena parte de la sociedad peruana había naturalizado el racismo al punto que parecía que se tra-
taba de comportamientos “normales”, que no era necesario combatir. Las reformas de Velasco buscaron enfrentar
I. ANTECEDENTES
“En los últimos años se ha producido un notable desarrollo de re-
des sociales como ‘Facebook’ y ‘Twitter’, que ha permitido también
a muchas personas difundir expresiones discriminatorias (…)”.
Wilfredo Ardito Vega*

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