RESOLUCION JEFATURAL N° 126-2014-INDECI - Aprueban Transferencias Financieras de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de diversas Unidades Ejecutoras para atención de desastres y ejecución de proyectos

Fecha de publicación14 Julio 2014
Fecha de disposición14 Julio 2014
El Peruano
Lunes 14 de julio de 2014 527737
Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias
f‌i nancieras que realiza, entre otros, el INDECI para la
atención de desastres, se aprueban por Resolución del
Titular del Pliego;
Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera
de Recursos a favor de las Unidades Ejecutoras descrita
en los Anexos A y B, los cuales forman parte integrante de
la presente Resolución;
De conformidad con la Ley Nº 30115, el Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 28411, y las Directivas Nº 002-2013-EF-63.01 y
003-2013-EF-63.01;
Con el visado de la Secretaría General, de las
Of‌i cinas Generales de Asesoría Jurídica, Planif‌i cación
y Presupuesto, Administración y de la Dirección de
Rehabilitación;
En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento
de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por
Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas
en la parte considerativa de la presente Resolución la
Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la
suma de S/.1 799 302.00 (UN MILLÓN SETECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos provenientes
de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI
mediante el Decreto Supremo Nº 129-2014-EF, a favor
de la Unidad Ejecutora 400 Salud Madre de Dios del
Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios
y de la Unidad Ejecutora 001 Sede Huancavelica del
Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica,
para la ejecución de las Actividades de Emergencia y
Proyectos de Inversión Pública de Emergencia descritas
en los Anexos A y B que forman parte integrante de la
presente Resolución.
El monto total transferido a las Unidades Ejecutoras
conforme aparecen en los mencionados Anexos, debe ser
respetado en la etapa de ejecución.
Artículo 2º.- Las Unidades Ejecutoras reportarán
mensualmente al INDECI los avances hasta la
culminación de la Actividad de Emergencia y Proyectos
de Inversión Pública de Emergencia. Las Unidades
Ejecutoras benef‌i ciadas deberán sujetarse a las
obligaciones y procedimientos establecidos en las
Directivas Nº 002-2013-EF-63.01 y 003-2013-EF-63.01,
bajo responsabilidad.
Artículo 3º.- Encargar a la Of‌i cina General de
Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia
Financiera aprobada en el Art. 1º de la presente
Resolución; a la Dirección de Rehabilitación del INDECI
efectuar las acciones de control y seguimiento de las
metas físicas y f‌i nancieras materia de la presente
Resolución; a la Of‌i cina General de Administración la
publicación de la presente Resolución Jefatural en el
Diario Of‌i cial El Peruano; y encargar a la Secretaría
General la publicación en el Portal Institucional (www.
indeci.gob.pe), de los Anexos A y B, referidos a la
ejecución de la Actividad de Emergencia y los Proyectos
de Inversión Pública de Emergencia, el mismo día
de publicación de la presente Resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4º.- Disponer que la Secretaría General
registre la presente Resolución en el Archivo General
del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario
a las Unidades Ejecutoras descritas en los Anexos A
y B, a las Of‌i cinas Generales de Asesoría Jurídica, de
Planif‌i cación y Presupuesto y de Administración y a la
Dirección de Rehabilitación, para su conocimiento y f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
1109383-5
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 126-2014-INDECI
23 de junio 2014
Memorándum Nº 395-2014-INDECI/14.0 del 17.JUN.2014,
y sus antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final
(SDCF) de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero
del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, señala que en la Reserva de Contingencia (RC)
incluye hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/.50 000 000,00) a favor
del Instituto Nacional de Defensa Civil –INDECI, para
destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2014,
a f‌i n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de
gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por
el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico
declarado, determinado por el organismo público técnico-
científ‌i co competente, y rehabilitar la infraestructura
pública existente;
Que, los literales c) y d) de la Segunda Disposición
Complementaria Final de la citada Ley anteriormente
mencionada, establecen que el INDECI es responsable
del adecuado uso de los recursos provenientes de la
Reserva de Contingencia a que se ref‌i ere la Ley en
mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Dirección General de Política de
Inversiones (DGPI), dictar los criterios y procedimientos
para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2013-
EF-63.01, se aprobó la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01-
“Directiva que establece criterios y procedimientos para el
uso de recursos a que se ref‌i ere la Segunda Disposición
Complementaria Final (SDCF) de la Ley Nº 30115, Ley de
Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014”. Asimismo, con Resolución Directoral
Nº 012-2013-EF-63.01, se aprobó la Directiva Nº 003-2013-
EF-63.01 “Directiva del Procedimiento Simplif‌i cado para
determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión
Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres”;
Que, según el artículo 10º de la Directiva Nº 002-2013-
EF-63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de
gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende
a través de dos formas de intervención: Actividades de
Emergencia (AE), que son evaluadas y aprobadas por el
INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia
(PIP), que son presentados a la DGPI, y de corresponder,
son declarados elegibles por dicha Dirección General;
Que, en el marco de lo dispuesto en la SDCF de la
autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por
la suma de S/.127 995.00 (CIENTO VEINTISIETE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos
Ordinarios, a favor de la Municipalidad Distrital de
Huepetuhe de la provincia del Manu y de la Municipalidad
Distrital de Laberinto de la provincia de Tambopata, ambos
del Departamento de Madre de Dios;
Que, de conformidad con la redacción actual del
Artículo 75º del Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias
f‌i nancieras que realiza, entre otros, el INDECI para la
atención de desastres, se aprueban por Resolución del
Titular del Pliego;
Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera
de Recursos a favor de las Unidades Ejecutoras descritas
en los Anexos;
De conformidad con la Ley Nº 30115, el Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la
Ley Nº 28411, y las Directivas Nº 002-2013-EF-63.01 y
003-2013-EF-63.01;
Con el visado de la Secretaría General, de las
Of‌i cinas Generales de Asesoría Jurídica, Planif‌i cación

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