Trabajadores de dirección y de confianza

AutorLuis Nava Guibert
CargoDocente Universidad de San Martín de Porres
Páginas157-162
luisnagu@hotmail.com
VOX JURIS, Lima (Perú) 37 (1): 161-166, 2019
VOX JURIS (37) 1, 2019
TRABAJADORES DE DIRECCIÓN Y DE CONFIANZA
MANAGEMENT AND TRUST WORKERS
Luis Nava Guibert1
Docente
Universidad de San Martín de Porres
luisnagu@hotmail.com
Perú, Lima
Recibido: 05 de noviembre de 2018 Aceptado: 14 de enero de 2019
1 Doctor en Derecho por la Universidad de San Martín de Porres. Presidente del Centro de Estudios en Derecho de Trabajo de la
Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres.
SUMARIO
• Introducción
• Retirodelaconanza-Indemnización
• Importanciayefectosdelacalicación
como trabajador de dirección o de
conanza
• Conclusiones
RESUMEN
El presente artículo está dirigido a los alumnos
de derecho que como futuros abogados deben
mantenersepermanentemente actualizados en
los conceptos; por ello, en esta oportunidad
desarrollaré los aspectos jurídicos del derecho
delostrabajadoresdedirecciónydeconanza
a percibir la indemnización por despido
arbitrarioencaso selesretire laconanza,ya
que en el fondo estamos frente a un despido
arbitrario o incausado, criterios que han variado
a lo largo del tiempo entre su otorgamiento o
no.
ABSTRACT
This article is aimed at law students who, as
future lawyers, must be permanently updated
on the concepts; therefore, in this opportunity
I will develop the legal aspects of the right
of management and trust workers to receive
compensation for withdrawal of trust, which in
the end we are faced with an arbitrary or uncaused
dismissal, criteria that have varied throughout of
the time between its granting or not.
PALABRAS CLAVE
Trabajador de conanza; Trabajador de
dirección; Estabilidad laboral.
KEY WORDS
Trusted worker; Management worker;
Employment stability.
INTRODUCCIÓN
Debemos comenzar diciendo que recién a
partir de noviembre de 1991, con la entrada
(Ley de Fomento del Empleo), se comenzó
a diferenciar -a razón del cargo o labor
que desempeñan- entre los trabajadores de
direcciónydeconanza,antesdelaentradaen
vigencia de esa norma solamente se distinguía
arazón del tipo de labor que desempeñaban:
obreros (labor manual) y empleados (labor
intelectual).
Por ello, en la actualidad -de acuerdo con el
artículo43delDS.N°003-97-TR(TUO.dela
LeydeFomentodelEmpleo)-,podemoshablar
dedostiposdetrabajadores:a)lostrabajadores
con calicación especial: subdivididos en
trabajadores de conanza y trabajadores de
dirección;y,b)lostrabajadoressincalicación
o comunes.
Para el presente trabajo nos centraremos en
los trabajadores de conanza y de dirección;
para ello, deberemos comenzar por analizar
la evolución del tratamiento legal del
https://doi.org/10.24265/voxjuris.2019.v37n1.11

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