RESOLUCION Nº 319-2010/SUNAT - Encargan a trabajador las funciones de Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional de la SUNAT

Fecha de disposición04 Diciembre 2010
Fecha de publicación04 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 4 de diciembre de 2010
430380
Que, cabe resaltar que el Establecimiento Penitenciario
de Cañete de la Of‌i cina Regional Lima alberga internos
de máxima peligrosidad, procesados y sentenciados por
los delitos de Homicidio, Robo Agravado, Tráf‌i co Ilícito
de Drogas y otros que revisten gravedad y que están
considerados en los referidos Decretos Supremos, por
lo que corresponde emitir el acto administrativo por el
que se declare como Zona Reservada a dicho centro
penitenciario, a f‌i n de evitar fugas masivas mediante
la modalidad de construcción de túneles hacia zonas
adyacentes, así como para optimizar las condiciones de
seguridad que garanticen el normal desarrollo del régimen
penitenciario;
Contando con la visación de la Secretaría General y la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654,
Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS,
Suprema Nº 178-2010-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar al Establecimiento Penitenciario
de Cañete de la Of‌i cina Regional Lima, dentro de los
alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-JUS y su
modif‌i catoria por el Decreto Supremo Nº 002-99-JUS,
por lo expuesto en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Comprender un área territorial
intangible paralela al límite del terreno del
Establecimiento Penitenciario de Cañete de la Oficina
Regional Lima, en una extensión de doscientos (200)
metros a su alrededor, con prohibición expresa de
construir viviendas u otro tipo de edificaciones dentro
de ese perímetro.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución
a Of‌i cina Regional Lima e instancias pertinentes para su
conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILSON E. HERNANDEZ SILVA
Presidente
Consejo Nacional Penitenciario
573970-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Encargan a trabajador las funciones de
Gerente de Comunicaciones e Imagen
Institucional de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 319-2010/SUNAT
Lima, 3 de diciembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos, establece que
la designación de funcionarios en cargos de conf‌i anza
distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de la citada
Ley se efectúa mediante resolución del Titular de la
Entidad;
Que asimismo, el Artículo 6º de la indicada
Ley dispone que la resolución de designación de
funcionarios de confianza surte efecto a partir del día
de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo
disposición en contrario de la misma que postergue
su vigencia;
Que se encuentra vacante el cargo de Gerente
de Comunicaciones e Imagen Institucional de la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria,
por lo que corresponde encargar a la persona que
ocupará dicho cargo, el cual es de conf‌i anza de acuerdo
a la Resolución Suprema Nº 105-2008-EF, que aprobó la
modif‌i cación y actualización del Cuadro de Asignación del
Personal de esta Entidad;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo
3º de la Ley Nº 27594 y el inciso i) del Artículo 19º
del Reglamento de Organización y Funciones de la
SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Encargar en el cargo de Gerente de
Comunicaciones e Imagen Institucional al señor Carlos
Gary Sánchez Lizarbe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
574334-1
Designan Fedatario Administrativo
Titular de la Oficina Zonal Chimbote
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 320-2010/SUNAT
Lima, 3 de diciembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, establece
el Régimen de Fedatarios de las entidades de la
Administración Pública, señalando en su numeral 1 que
cada entidad debe designar fedatarios institucionales
adscritos a sus unidades de recepción documental, en
número proporcional a sus necesidades de atención;
Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que
el fedatario tiene como labor personalísima comprobar
y autenticar la f‌i delidad del contenido de las copias
presentadas para su empleo en los procedimientos de la
entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida
la agregación de los documentos o el administrado desee
agregados como pruebas;
Que mediante Resolución de Superintendencia N° 208-
2009/SUNAT se designaron Fedatarios Administrativos de
la Of‌i cina Zonal Chimbote;
Que se ha estimado pertinente ampliar la relación
de fedatarios administrativos de la citada Oficina
Zonal;
En uso de las facultades conferidas en el literal u) del
Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones
de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-
2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como Fedatario
Administrativo Titular de la Of‌i cina Zonal Chimbote al
trabajador Temístocles Córdova Domínguez.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
574334-2

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