DECRETO SUPREMO N° 249-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para el financiamiento de proyectos de inversión pública de infraestructura urbana

Fecha de disposición29 Agosto 2014
Fecha de publicación29 Agosto 2014
El Peruano
Viernes 29 de agosto de 2014 531187
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 22 570 709,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 22 570 709,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA Gobierno Central
PLIEGO 003 : Ministerio de Cultura
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5002192 : Preservación del Patrimonio
Cultural y Construcción de una
Ciudadanía Intercultural
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3. Bienes y Servicios 8 837 983,00
UNIDAD EJECUTORA 005 : Naylamp - Lambayeque
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5001074 : Promoción de la Protección y
Difusión del Patrimonio Histórico y
Cultural
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3. Bienes y Servicios 7 093 602,00
UNIDAD EJECUTORA 006 : Complejo Arqueológico de Chan
Chan
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000895 : Investigación, conservación y
restauración de monumentos
arqueológicos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3. Bienes y Servicios 6 639 124,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 22 570 709,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1 de la presente norma a nivel programático, dentro de
los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente
dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida
dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos
señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante
2.2 La O¿ cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codi¿ caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La O¿ cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes
“Notas para Modi¿ cación Presupuestaria” que se
requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la
presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a ¿ nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de agosto del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1130346-2
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014, para el financiamiento
de proyectos de inversión pública de
infraestructura urbana
DECRETO SUPREMO
Nº 249-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
establece que dicho Ministerio tiene por ¿ nalidad normar
y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e
integración de los centros poblados, urbanos y rurales,
como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia
de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y
desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos
regionales y locales en dichas materias;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 002-2014, se
dictaron medidas extraordinarias y urgentes adicionales
en materia económica y ¿ nanciera, para estimular la
economía nacional;
Que, el artículo 2 del Decreto de Urgencia citado
en el considerando precedente, autoriza, hasta el 1 de
setiembre del 2014, entre otros, al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, a aprobar modi¿ caciones
presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a su
presupuesto institucional, a ¿ n de ¿ nanciar proyectos de
inversión pública; precisando que dichas modi¿ caciones
presupuestarias se sujetan a las condiciones,
formalidades, procedimientos y mecanismos establecidos
en el artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, debiéndose
emitir el correspondiente Decreto Supremo hasta la fecha
antes mencionada;
Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº
30114, establece, que los recursos públicos asignados
en los presupuestos institucionales de las entidades del
Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de
inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos
Locales, se trans¿ eren bajo la modalidad de modi¿ cación
presupuestaria en el nivel institucional, aprobada
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del
sector correspondiente y por el Ministro de Economía y
Finanzas, previa suscripción del convenio;
Que, el numeral 11.2 del citado artículo 11, señala que
previamente a la transferencia de recursos, los proyectos
de inversión pública deben contar con viabilidad en el
marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP);
asimismo, establece que cada pliego presupuestario del
Gobierno Nacional es responsable de la veri¿ cación y
seguimiento, lo que incluye el monitoreo ¿ nanciero de
los recursos, así como, del cumplimiento de las acciones
contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución
del proyecto de inversión pública;
Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante

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