DECRETO SUPREMO N° 009-2012-SA - Declaran de interés nacional la Atención Integral del Cáncer y Mejoramienro del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú y dictan otras medidas

Fecha de disposición03 Noviembre 2012
Fecha de publicación03 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, sábado 3 de noviembre de 2012
477895
AÑO DE LA
INTEGRACIÓN
NACIONAL Y EL
RECONOCIMIENTO
DE NUESTRA DIVERSIDAD
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley N° 29928.- Ley que modif‌i ca la Ley N° 29588, Ley
que complementa las facultades de la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales (SBN) 477896
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
R.S. N° 349-2012-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de
Defensa y encargan el despacho al Ministro de Agricultura
477897
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
RR. N°s. 158, 159 y 160-2012-PROMPERU/PCD.- Autorizan
viajes de representantes de PROMPERÚ a la Federación
Rusa, Suecia, Dinamarca, Noruega, Brasil y República
Popular China, en comisión de servicios 477897
DEFENSA
R.S. N° 570-2012-DE/.- Autorizan viaje del Comandante
General del Ejército a España en comisión de servicios
477899
R.S. N° 571-2012-DE/.- Autorizan viaje del Comandante
General de la Marina de Guerra a Francia y España en
comisión de servicios 477900
R.S. N° 572-2012-DE/.- Autorizan viaje del Comandante
General de la Fuerza Aérea a Francia en comisión de
servicios 477901
SALUD
D.S. N° 009-2012-SA.- Declaran de interés nacional la
Atención Integral del Cáncer y Mejoramienro del Acceso
a los Servicios Oncológicos en el Perú y dictan otras
medidas 477902
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RR.MM. N°s. 610, 611 y 613-2012-MTC/02.- Aprueban
valuaciones comerciales de predios afectados por
ejecución de obras de construcción, mejoramiento y
rehabilitación de carreteras, en los departamentos de
Apurímac y Cusco 477920
R.M. N° 612-2012-MTC/02.- Aprueban tasaciones de
predio, mejoras y/o plantaciones afectadas por derecho
de vía de tramo del Proyecto Corredor Vial Interoceánico
del Sur, Perú - Brasil 477922
R.M. N° 614-2012-MTC/02.- Aprueban tasación de predios
afectados por derecho de vía del Proyecto Corredor
Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, ubicados en el
departamento de Cusco 477924
ORGANISMOS
REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION PRIVADA EN
TELECOMUNICACIONES
Res. N° 161-2012-CD/OSIPTEL.- Establecen el Ajuste
No Periódico de la Tarifa Tope para las Llamadas Locales
desde Teléfonos Públicos de Telefónica del Perú S.A.A. a
redes de Telefonía Móvil, de Comunicaciones Personales
y Troncalizado 477926
ORGANOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Res. N° 399-2012-CG.- Encargan las funciones del cargo
de Contralora General de la República a la Vicecontralora
General (e) 477927
Res. N° 400-2012-CG.- Autorizan viaje de funcionarios
y profesional de la Contraloría General de la República a
Brasil en comisión de servicios 477927
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Res. N° 0948-2012-JNE.- Declaran improcedente
apelación contra Acta de Proclamación de Resultados
de Cómputo del distrito de Pacapausa, provincia de
Parinacochas, en el Proceso de Consulta Popular de
Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
2012 477930
Res. N° 0949-2012-JNE.- Declaran improcedente
apelación interpuesta contra Acta de Proclamación de
Resultados de Cómputo del distrito de Punta Negra,
provincia de Lima, en el Proceso de Consulta Popular
de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
2012 477931
Sumario
Año XXIX - Nº 12047
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 3 de noviembre de 2012
477896
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA LA LEY 29588, LEY QUE
COMPLEMENTA LAS FACULTADES DE LA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES
ESTATALES (SBN)
Artículo 1. Modif‌i cación de los artículos 1, 4, 5 y 7
de la Ley 29588, Ley que complementa las facultades
de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
(SBN)
Modifícanse los artículos 1, 4, 5 y 7 de la Ley 29588, Ley
que complementa las facultades de la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales (SBN), en los siguientes
términos:
“Artículo 1°.- Objeto de la Ley
Autorízase a las personas jurídicas sin f‌i nes de lucro
a realizar la venta de bienes inmuebles adjudicados por
ley a título gratuito a su favor, a f‌i n de que el producto
económico obtenido se utilice para la adquisición de uno
o más inmuebles destinados como local institucional y al
equipamiento de su infraestructura.
Artículo 4°.- Aprobación de la SBN y posibilidad de
permuta de bienes
4.1 Aprobada la venta se remite la documentación
sustentada a la SBN, a fin de que emita opinión
técnica y legal. La opinión favorable emitida por la
SBN constituye un requisito de validez del acto final
de disposición.
(...)
Artículo 5°.- Ejecución de la venta
La venta de los inmuebles adjudicados se efectúa vía
subasta pública a través de la Superintendencia Nacional
de Bienes Estatales (SBN), aplicando, en lo que fuere
pertinente, las normas del Sistema Nacional de Bienes
Estatales.
Artículo 7°.- Recursos
7.1 Los recursos que se obtengan son depositados en
una cuenta especial abierta por la SBN y se distribuyen
previa deducción de los gastos operativos y administrativos
de la siguiente forma:
a) Noventa y siete por ciento (97%) para la
entidad adjudicataria.
b) Tres por ciento (3%) para la SBN.
(...)
7.3 Los ingresos que corresponden a la entidad
adjudicataria se utilizan, en el plazo máximo de seis
meses de ejecutada la venta, para la adquisición de uno
o más inmuebles destinados a local institucional y para
el equipamiento de su infraestructura.
(...)”
Artículo 2. Incorporación de los artículos 8 y 9 a
la Ley 29588, Ley que complementa las facultades
de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
(SBN)
Incorpóranse los artículos 8 y 9 a la Ley 29588, Ley
que complementa las facultades de la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales (SBN), con los siguientes
textos:
“Artículo 8°.- Carga de los bienes adquiridos
El inmueble o inmuebles que las personas jurídicas
adquieren en aplicación del artículo 1 mantienen la
misma carga o cargas que se establecieron en la ley de
adjudicación, las cuales deben cumplirse bajo sanción
de reversión a favor del Estado, sin la obligación de
reembolso alguno por las mejoras que pudieran haberse
efectuado en el bien.
Artículo 9°.- Causal de nulidad y de reversión a
favor del Estado
El incumplimiento de las normas contenidas
en la presente Ley constituye causal de nulidad de
los actos jurídicos realizados respecto a los inmuebles
adjudicados o adquiridos y de reversión de los mismos a
favor del Estado.
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la
República para su promulgación.
En Lima, a los once días del mes de octubre de dos
mil doce.
VÍCTOR ISLA ROJAS
Presidente del Congreso de la República
MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO
Primer Vicepresidente del Congreso
de la República
Res. N° 0950-2012-JNE.- Declaran improcedente apelación
interpuesta contra Acta de Proclamación de Resultados de
Cómputo del distrito de San Antonio, provincia de Cañete,
en el Proceso de Consulta Popular de Revocatoria del
Mandato de Autoridades Municipales 2012 477932
Res. N° 0952-2012-JNE.- Declaran infundada queja
interpuesta contra la Res. N° 0002-2012-JEE-HUÁNUCO/
JNE emitida en el Proceso de Consulta Popular de
Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
2012 477933
Res. N° 960-2012-JNE.- Conf‌i rman la Res. N° 0001-
2012-JEE-TARAPOTO/JNE que declaró improcedente
pedido de nulidad de elecciones realizadas en el distrito
de Shatoja, provincia de El Dorado 477934
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 8250-2012.- Autorizan viaje de profesional
de la SBS a Nueva Zelanda en comisión de servicios
477935
Res. N° 8364-2012.- Autorizan viaje de funcionaria de la
SBS a los EE.UU., en comisión de servicios 477936
Res. N° 8379-2012.- Autorizan viaje de funcionaria a
México, en comisión de servicios 477937
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 3 de noviembre de 2012 477897
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días
del mes de noviembre del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
861679-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Defensa
y encargan el despacho al Ministro de
Agricultura
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 349-2012-PCM
Lima, 2 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el Ministro de Estado en el Despacho de
Defensa, del 7 al 10 de noviembre de 2012, realizará
visitas de trabajo en la ciudad de París, República
Francesa, con el objeto de reforzar los mecanismos de
diálogo y cooperación bilateral, así como desarrollar
nuevas iniciativas en el área de la industria para la
defensa;
Que, asimismo, del 11 al 13 de noviembre de 2012, el
Ministro de Estado en el Despacho de Defensa sostendrá
reuniones de trabajo en la ciudad de Madrid, Reino de
España, con la f‌i nalidad de impulsar y fortalecer las
relaciones bilaterales y la cooperación en el ámbito de
la Seguridad y Defensa, en el marco de los Convenios
suscritos entre ambos países;
Que, es competencia del Sector Defensa promover
las políticas bilaterales, regionales, hemisféricas y
multilaterales, así como los tratados internacionales, en
materia de Seguridad y Defensa, en coordinación con el
Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del
Sector Defensa la autorización de viaje correspondiente
y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su
ausencia;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127°
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2012; la Ley N° 29605, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento,
aprobado con el Decreto Supremo N° 001-2011-DE/
de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 27619, Ley
que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento
aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM
de fecha 05 de junio de 2002;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión
de Servicio, del señor PEDRO ÁLVARO CATERIANO
BELLIDO, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa,
a la ciudad de París, República Francesa, del 7 al 10 de
noviembre de 2012; y, a la ciudad de Madrid, Reino de
España, del 11 al 13 de noviembre de 2012, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Suprema.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución, serán efectuados con cargo
al Pliego Presupuestal 026: Ministerio de Defensa, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos: (Lima - París - Madrid - Lima)
US $ 3,394.94 (Incluye TUUA) = US $. 3,394.94
Viáticos:
US $ 260.00 x 05 días x 01 persona = US $. 1,300.00
------------------------
TOTAL = US $. 4,694.94
Artículo 3°.- Encargar la Cartera de Defensa al señor
MILTON MARTÍN VON HESSE LA SERNA, Ministro
de Estado en el Despacho de Agricultura, a partir del 8
de noviembre de 2012 y en tanto dure la ausencia del
Titular.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
861680-2
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Autorizan viajes de representantes
de PROMPERU a la Federación Rusa,
Suecia, Dinamarca, Noruega, Brasil y
República Popular China, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
DE CONSEJO DIRECTIVO
N° 158-2012-PROMPERÚ/PCD
Lima, 26 de octubre de 2012
Visto el Memorándum N° 314-2012-PROMPERÚ/
SG, de la Secretaria General de la Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo
- PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un
organismo público técnico especializado adscrito al
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente
para proponer y ejecutar los planes y estrategias
de promoción de bienes y servicios exportables, así
como de turismo interno y receptivo, promoviendo y
difundiendo la imagen del Perú en materia turística y
de exportaciones;
Que, en cumplimiento de dichas funciones,
PROMPERÚ ha programado conjuntamente con ocho
(8) empresas del sector turismo, su participación en

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