DECRETO SUPREMO N° 010-2012-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática
Fecha de disposición | 22 Enero 2012 |
Fecha de publicación | 22 Enero 2012 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 22 de enero de 2012 459617
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2012 a favor del Instituto
Nacional de Estadística e Informática
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 604 – Ley de
Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Estadística e Informática – INEI, establece que esta entidad
es el organismo central de los Sistemas Nacionales de
Estadística e Informática, responsable de normar, planear,
dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística
e informática ofi ciales del país, estando dentro del ámbito
de competencia del Sistema Nacional de Estadística
los levantamientos censales, estadísticas continuas, las
encuestas por muestreo, las estadísticas de población, los
indicadores e índices en general, las cuentas nacionales y
regionales, entre otros, correspondiendo a dicho Sistema
las tareas técnicas y científi cas que se desarrollan con
fi nes de cuantifi car y proyectar los hechos económicos y
sociales para producir las estadísticas ofi ciales del país;
Que, mediante Ofi cio Nº 054-2012-INEI/OTPP, el INEI
ha solicitado recursos adicionales para el año fi scal 2012,
para la realización de las acciones de implementación
del IV Censo Nacional Agropecuario – IV CENAGRO
correspondiente al primer trimestre, para el levantamiento
de información para el Sistema de Focalización de
Hogares – SISFOH, y para la generación de información
en el marco del Presupuesto por Resultados;
Que, el Decreto de Urgencia Nº 055-2011 declara
de interés y de prioridad nacional el levantamiento
del IV Censo Nacional Agropecuario (IV CENAGRO),
encargándole al INEI su ejecución, por lo que se autorizó
una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del
Sector Público en el Año Fiscal 2011, hasta por la suma
de ONCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 382 894,00), destinada
a la ejecución de las acciones preliminares del IV
CENAGRO en el año fi scal 2011, habiéndose ejecutado
CINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES
MIL CUATROCIENTOS CATORCE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 5 573 414,00) debido a la proximidad del
cierre del citado ejercicio fi scal, por lo que a efectos
de dar continuidad a las acciones relacionadas a
la implementación del IV CENAGRO en el primer
trimestre, el INEI solicita recursos adicionales en el año
fi scal 2012 hasta por la suma de QUINCE MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 000 000,00);
Que, en atención a lo dispuesto en la Décimo Sexta
Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812 –
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2012, que dispone que todas las acciones vinculadas al
SISFOH son asumidas por la entidad pública que tenga
a su cargo dicho sistema, la Presidencia del Consejo de
Ministros mediante el Ofi cio Nº 254-2012-PCM/SG solicita
la suma de CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS
OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 40 408 777, 00) para que el INEI
desarrolle las acciones de levantamiento de la información
del SISFOH a que hace referencia el numeral 3.3 del
permitirán determinar la elegibilidad de los potenciales
benefi ciarios del Programa “Pensión 65”, en el marco del
Convenio Nº 0015-2011-INEI suscrito entre la PCM y el
REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes,
en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos
refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de
tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán
una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
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