RESOLUCION SUPREMA N° 616-2012-DE - Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Chile, en comisión de servicios

Fecha de disposición23 Noviembre 2012
Fecha de publicación23 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 23 de noviembre de 2012
479190
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- DECLARAR bien integrante del Patrimonio
Cultural de la Nación al Puente Quimiri, ubicado en el
distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de
Junín, por las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Disponer que cualquier intervención o
acción que pudiese afectar o alterar el bien cultural a que
se ref‌i ere la presente Resolución, deberá contar con la
aprobación previa del Ministerio de Cultura.
Artículo 3º.- Remitir copia fedateada de la presente
Resolución a la Municipalidad Distrital y Provincial,
autoridades políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL VARÓN GABAI
Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
869586-1
DEFENSA
Autorizan viaje de Personal Militar FAP
a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 616-2012-DE/
Lima, 22 de noviembre de 2012
VISTAS:
La Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 4491 de
fecha 21 de setiembre de 2012 del Secretario General
de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite
NC-50-EMAI-Nº 1361 de fecha 20 de setiembre de
2012 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza
Aérea del Perú.
CONSIDERANDO:
Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene relaciones
bilaterales con otras Fuerzas Aéreas de la región en el
marco de las Medidas de Conf‌i anza Mutua y Seguridad;
así como, para el logro de entendimientos en materia de
intercambios operacionales y de educación;
Que, en el Acta de la IX Reunión de Jefes de Estado
Mayor General de la Fuerza Aérea de Chile y de la Fuerza
Aérea del Perú, se establece en el Acuerdo Tercero:
“Instrucción, Entrenamiento e Intercambio de Personal
Militar en actividades de carácter Profesional Específ‌i co”,
que la Fuerza Aérea de Chile invita, por cinco (05) días,
a un Of‌i cial y un Técnico de la Fuerza Aérea del Perú, a
conocer la Escuela de Perfeccionamiento de Subof‌i ciales
(EPS) de la Fuerza Aérea de Chile, con el propósito de
estudiar futuros intercambios en la formación continua y a
distancia de los Subof‌i ciales;
Que, es conveniente para los intereses Institucionales
autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio
a la ciudad de Santiago de Chile - República de Chile,
del Personal Militar FAP que se indica en la parte
resolutiva, para que participen en la visita a la Escuela
de Perfeccionamiento de Subof‌i ciales (EPS) de la Fuerza
Aérea de Chile, del 26 al 30 noviembre de 2012, por cuanto
los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán
en benef‌i cio de la Fuerza Aérea del Perú;
Que, la antes citada Comisión de Servicio ha sido
incluida en el ítem 287 del rubro 5.- Medidas de Conf‌i anza
Mutua, del anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al
Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012,
aprobado mediante Resolución Suprema N° 014-2012-
DE/ del 13 de enero de 2012, modif‌i cado con Resolución
Suprema N° 284-2012-DE/ del 21 de junio de 2012,
Resolución Suprema N° 384-2012-DE/ del 27 de agosto
de 2012 y Resolución Suprema N° 457-2012-DE/ del 28
setiembre de 2012;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto
institucional del Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora
N° 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el
artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;
De conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su
Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 001-
2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812
- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de
Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos
y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N°
047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto
Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y
sus modif‌i catorias, que reglamentan los viajes al exterior
del personal militar y civil del Sector Defensa; y, el Decreto
Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de
2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de
carácter administrativo que se aplicarán en los distintos
órganos del Ministerio;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de
la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro
de Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en
Comisión de Servicio a la ciudad de Santiago de Chile
- República de Chile, del Personal Militar FAP que se
indica a continuación, para que participe en la visita a
la Escuela de Perfeccionamiento de Subof‌i ciales (EPS)
de la Fuerza Aérea de Chile, del 26 al 30 noviembre
de 2012:
Comandante FAP LEONARDO BENZAQUEN DIAZ
NSA: O-9529985 DNI: 44482468
Técnico Inspector FAP LUIS ALBERTO ROJAS PADILLA
NSA: S-60291680 DNI: 29534183
Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea
del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con
cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de
acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima - Ciudad de Santiago de Chile (República de
Chile) - Lima
US$ 710.00 x 2 personas (Incluye TUUA) = US$ 1,420.00
Viáticos:
US$ 200.00 x 5 días x 2 personas = US$ 2.000.00
--------------------
Total a pagar = US$ 3,420.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días
autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza
el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4°.- El personal comisionado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de
la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo
plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a
lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM.
Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
870180-8

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