RESOLUCION SUPREMA N° 039-2014-EM - Aprueban Tercera Modificación al Contrato de Concesión N° 024-94 sobre concesión definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Mantaro
Fecha de disposición | 10 Junio 2014 |
Fecha de publicación | 10 Junio 2014 |
El Peruano
Martes 10 de junio de 2014
524944
Modernización de la Gestión de la Ofi cina General de
Planifi cación y Presupuesto tiene entre sus funciones
formular, proponer, evaluar y actualizar los documentos
normativos de gestión institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas, tales como el Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA, entre otros,
motivo por el cual la mencionada Ofi cina ha propuesto la
modifi cación del TUPA del MEF, en lo concerniente a la
actualización de las nomenclaturas de determinados órganos
y unidades orgánicas indicadas en los procedimientos y
servicios administrativos de este Ministerio, previstos en el
mencionado documento, en atención al nuevo Reglamento
de Organización y Funciones;
- Ley del Procedimiento Administrativo General, establece
que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que
no implique la creación de nuevos procedimientos,
incremento de derechos de tramitación o requisitos, se
debe realizar por resolución ministerial; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, en la Ley N° 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General, y en el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y
Finanzas aprobado con Decreto Supremo N° 117-2014-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA del Ministerio de Economía y Finanzas
- MEF, aprobado con Decreto Supremo N° 305-2012-EF, en lo
concerniente a las nomenclaturas de los órganos y unidades
orgánicas consignadas en los procedimientos administrativos
y servicios administrativos contenidos del TUPA - MEF, así
como en sus respectivos Formatos de Sustentación Legal
y Técnica de Procedimientos Administrativos contenidos en
el TUPA, y en el Formulario N° 2, los mismos que quedan
redactados conforme a los anexos que forman parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicar la presente resolución ministerial
en el Diario Ofi cial “El Peruano”, debiendo publicar sus
anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Economía
y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en el Portal Institucional
de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, en la
misma fecha de publicación de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1094321-2
ENERGIA Y MINAS
Aprueban Tercera Modificación al
Contrato de Concesión Nº 024-94 sobre
concesión definitiva de generación de
la Central Hidroeléctrica Mantaro
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 039-2014-EM
Lima, 9 de junio de 2014
VISTO: El Expediente N° 11014293 sobre la solicitud
de modifi cación de concesión defi nitiva de generación de
energía eléctrica, presentada por Empresa Electricidad
del Perú S.A. – ELECTROPERÚ S.A., persona jurídica
inscrita en la Partida N° 11009718 del Registro de Personas
Jurídicas de la Zona Registral N° IX Sede Lima;
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la Resolución Suprema N° 058-94-
EM, publicada el 04 de octubre de 1994, la Empresa de
Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A. es titular
de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de
generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica
Mantaro, ubicada en los distritos de Colcabamba, Pampas
y Ahuaycha, de la provincia de Tayacaja, y en los distritos de
Acoria y Mariscal Cáceres, de la provincia de Huancavelica,
en el departamento de Huancavelica, aprobándose el
Contrato de Concesión N° 024-94, elevado a Escritura
Pública el 14 de febrero de 1995;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 050-2007-
EM, publicada el 27 de noviembre del 2007, se aprobó
a favor de la Empresa de Electricidad del Perú S.A. -
ELECTROPERU S.A. la Primera Modifi cación al Contrato
de Concesión N° 024-94, a fi n de incrementar la potencia
instalada de 684 MW a 798 MW;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 035-2009-
EM, publicada el 27 de junio del 2009, se aprobó a favor de
ELECTROPERU S.A. la Segunda Modifi cación al Contrato
de Concesión N° 024-94, a fi n de incluir en él las obras
de afi anzamiento hídrico de 12 lagunas y 25 estaciones
hidrometeorológicas, con sus correspondientes planos de
ubicación y coordenadas UTM PSAD56;
Que, mediante documento ingresado con registro
N° 2350300 de fecha 10 de diciembre de 2013,
ELECTROPERU S.A. solicitó la Tercera Modifi cación
del Contrato de Concesión N° 024-94, a fi n de incluir en
él las obras de afi anzamiento hídrico de 13 lagunas, 02
Embalses y 06 estaciones hidrometeorológicas, con sus
correspondientes planos de ubicación y coordenadas
UTM PSAD56;
Que, Empresa de Electricidad del Perú S.A. -
ELECTROPERU S.A. ha cumplido con los requisitos
establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de
Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta
con la opinión favorable a que se refi ere el Informe
N° 251-2014-DGE-DCE, siendo procedente aprobar
la Tercera Modifi cación al Contrato de Concesión N°
024-94, la misma que deberá ser elevada a Escritura
Pública, incorporando en ésta el texto de la presente
Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones
para la Explotación de Servicios Públicos del Registro
de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto
Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 009-93-EM;
Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía
del Ministerio de Energía y Minas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Tercera Modifi cación al
Contrato de Concesión N° 024-94, en los aspectos
referidos a los Anexo N° 2, Anexo N° 4 y Anexo N° 6
sobre concesión defi nitiva de generación de la Central
Hidroeléctrica Mantaro, por las razones y fundamentos
legales señalados en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de
Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en
representación del Estado, la Minuta de la Tercera
Modifi cación al Contrato de Concesión Defi nitiva de
Generación N° 024-94, aprobada en el artículo precedente
y la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 3.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé
origen la Tercera Modifi cación al Contrato de Concesión
Defi nitiva de Generación N° 024-94.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá
ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El
Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha
publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1094630-6
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