RESOLUCION SUPREMA N° 463-2014-DE/MGP - Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a los EE.UU. y al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2014
El Peruano
Miércoles 17 de setiembre de 2014
532626
Viáticos:
US$. 440.00 x 2 personas x 5 días US$. 4,400.00
TOTAL A PAGAR: US$. 8,800.00
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4º.- El Vicealmirante designado, deberá
cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular
de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de
la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo
plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar
la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el
artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002 y su modif‌i catoria.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1138508-3
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 463-2014-DE/MGP
Lima, 16 de setiembre de 2014
Visto, el Of‌i cio P.200-1874 del Director General del
Personal de la Marina, de fecha 15 de agosto de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, la Organización Marítima Internacional (OMI),
ha publicado el Programa de Reuniones para el año
2014 (PROG/122), de fecha 4 de diciembre de 2013,
en el cual se encuentra considerado el 39º Período de
Sesiones del Comité de Facilitación (FAL), a realizarse
en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña
e Irlanda del Norte, del 22 al 26 de setiembre de
2014;
Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado
dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación
y autorización de viaje de UN (1) Of‌i cial Superior para que
participe en la mencionada sesión;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,
autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del
Capitán de Fragata SGC. Rino Luis BUSTAMANTE Díaz,
para que participe en el 39º Período de Sesiones del
Comité de Facilitación (FAL), a realizarse en la ciudad
de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte, del 22 al 26 de setiembre de 2014; por cuanto las
experiencias a adquirirse redundarán en benef‌i cio de la
Autoridad Marítima dentro del ámbito de competencia de
la Marina de Guerra del Perú;
Que, teniendo en consideración los itinerarios
de los vuelos internacionales y con el f‌i n de prever la
participación del personal comisionado durante la
totalidad de la actividad programada, es necesario
autorizar su salida del país con DOS (2) días de
anticipación; así como, su retorno DOS (2) días después
del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto
alguno al Tesoro Público;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora
Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el
artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619,
Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento,
aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002 y su modif‌i catoria aprobada con
mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG,
de fecha 26 de enero de 2004 y sus modif‌i catorias, que
reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y
Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-
2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos
del Ministerio;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de
la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Rino Luis
BUSTAMANTE Díaz, CIP. 02834649, DNI. 04823818,
para que participe en el 39º Período de Sesiones del
Comité de Facilitación (FAL), a realizarse en la ciudad
de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte, del 22 al 26 de setiembre de 2014; así como,
autorizar su salida del país el 20 y su retorno el 28 de
setiembre de 2014.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan
de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Londres (Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima
US$. 3,280.00 US$. 3,280.00
Viáticos:
US$. 540.00 x 5 días US$. 2,700.00
TOTAL A PAGAR: US$. 5,980.00
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre del participante.
Artículo 4º.- El Of‌i cial Superior designado, deberá
cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular
de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los QUINCE (15) días calendario contados a partir
de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del
mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos,
conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002
y su modif‌i catoria.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1138508-4

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