RESOLUCION SUPREMA N° 219-2014-DE/ - Autorizan viaje de Procurador Público del Ministerio de Defensa a Italia, en comisión de servicios

Fecha de publicación24 Mayo 2014
Fecha de disposición24 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 24 de mayo de 2014 523815
cumplir con los requisitos técnicos y legales establecidos
en el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas,
aprobado mediante Resolución Suprema N° 004-2000-
ED, normativa aplicable y en aquellas que se aprueben
para tales f‌i nes.
Artículo 5°.- El Jefe y/o Responsable de la Unidad
Ejecutora 002: MC - Cusco, deberá remitir un informe
documentado al Despacho Ministerial, el último día hábil
de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades
delegadas mediante la presente resolución.
Artículo 6°.- Remitir copia de la presente resolución
al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias
Culturales, a la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco, a la
Dirección General de Patrimonio Cultural y a la Dirección
General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del
Ministerio de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
1087531-1
DEFENSA
Autorizan viaje de Procurador Público
del Ministerio de Defensa a Italia, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 219-2014-DE/
Lima, 23 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Tribunal Ordinario de Livorno, dictó sentencia
en el denominado Caso WASS (Causa Civil de I Grado),
en la cual se rechazaron todas las demandas presentadas
por la empresa Whitehead Alenia Sistemi Subacquei
S.p.A- WASS contra la República de Perú, tanto contra el
Ministerio de Defensa como contra el Banco de la Nación,
y condenando a la referida empresa al pago de las costas
y costos legales, la misma que ha quedado consentida;
Que, en el proceso Nº 2654-2009, el Juez Roberto
Urgese en el año 2010, condena al Ministerio de Defensa
de la República de Perú, al pago de costas y costos
procesales a favor de la empresa Whitehead Alenia
Sistemi Subacquei S.p.A- WASS;
Que, teniendo en consideración lo expresado, debe
entenderse que el Estado Peruano tiene, siguiendo una
prelación temporal; en primer lugar, el deber de pagar las
costas a las que fuera condenado en 2010; y, en segundo
lugar, recaudar las costas que en 2013 fueron decretadas
a su favor; en atención a la situación descrita y siguiendo
el Principio de Reciprocidad, resulta conveniente que se
proceda al cobro compensando crédito y deuda;
Que, los abogados del Ministerio de Defensa del
Perú en la ciudad de Roma, República Italiana, Studio
Legance, han informado que el abogado italiano Morra,
el 23 de mayo de 2013, luego de emitida la sentencia del
caso WASS, ha solicitado ante el Foro de Abogados de
Roma el inicio de un proceso de conciliación, requiriendo
al Estado peruano para que le pague 20,000.00 euros por
concepto de honorarios profesionales por los servicios
legales prestados en el caso antes señalado, aduciendo
haber brindado dichos servicios a favor del Ministerio de
Defensa al inicio del citado Caso;
Que, habiéndose llevado a cabo varias audiencias
conciliatorias, todas ellas infructuosas debido a la falta de
acuerdo, en la última realizada el 21 de marzo de 2014, se
acordó postergar la misma hasta el 29 de Mayo de 2014,
fecha en la que se considera se podría llegar a un acuerdo
conciliatorio que ponga f‌i n a la controversia;
Que, tanto la compensación de costas, como el proceso
conciliatorio por los honorarios que el abogado italiano
Morra reclama, exigen que el Estado peruano contrate
servicios de asistencia legal, los mismos que deberían
ser prestados por los abogados del Studio Legance que
fueron los que asistieron con éxito en el proceso principal
al Estado peruano, para ello, se debe f‌i rmar una Addenda
al Contrato ya suscrito; de manera tal que se amplíen los
servicios a ser prestados, el plazo de ejecución y el monto
total de la contratación;
Que, mediante Informe N° 001-2014-PP MINDEF/
CASO WASS, el Procurador Público del Ministerio de
Defensa, abogado Gustavo Lino Adrianzén Olaya, indica
que teniendo en cuenta la necesidad de continuar con la
defensa del Estado peruano en la etapa complementaria
del proceso WASS en la ciudad de Roma, República
Italiana, asistiendo a la audiencia programada para el
29 de mayo del 2014 y, siendo la indicada audiencia así
como las otras actividades por realizar de interés para el
Sector Defensa, solicita se autorice su viaje al exterior
en comisión de servicio a la ciudad de Roma, República
Italiana del 27 al 31 de mayo de 2014, a f‌i n que ejerza
las acciones necesarias para garantizar una ef‌i ciente
defensa del Estado; partiendo de la ciudad de Lima el 26
de mayo y retornando el 1 de junio de 2014, debido a
los itinerarios de los vuelos internacionales, sin que estos
días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, la fecha de inicio y término de la comisión de
servicio tiene por objeto facilitar el desplazamiento del
Procurador Público del Ministerio de Defensa a f‌i n que
pueda cumplir con la totalidad de las actividades previstas
en los días previos y posteriores a la audiencia, permitiendo
que se reúna con los abogados del Studio Legance para
af‌i nar los detalles de la prestación del servicio legal a ser
brindado; def‌i nir la redacción de escritos que se requiera
presentar; suscribir la Addenda al Contrato suscrito con
el Studio Legance; y, revisar y estudiar los alcances de la
conciliación con el abogado italiano Morra;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2014 del Pliego 026: Ministerio
de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración
General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto
Supremo N° 047-2002-PCM;
De conformidad con el Decreto Legislativo 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que
Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores
y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modif‌i cado por
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo
Nº 002-2004-DE/SG, y sus modif‌i catorias que reglamentan
los viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector
Defensa; y el Decreto Supremo 024-2009-DE/SG, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos órganos
del Ministerio de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar del 27 al 31 de mayo de 2014,
el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad
de Roma, República Italiana, del abogado Gustavo Lino
ADRIANZÉN OLAYA, identif‌i cado con DNI N° 07041163,
Procurador Público del Ministerio de Defensa, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución, así como autorizar su salida del país el 26 de
mayo y retorno el 01 de junio de 2014.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución serán sufragados por el Ministerio
de Defensa - Administración General de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes Aéreos: Lima - Roma (República Italiana) - Lima
US$ 3,032.84 x 1 persona (Incluye TUUA) US$ 3,032.84
Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 5 días US$ 2,700.00
---------------------
Total US$ US$ 5,732.84
Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los (15) días calendario contados a partir de la fecha de
retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir
con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N°
047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002, relacionado
con la sustentación de viáticos.
Artículo 4°.- El Ministerio de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización

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