SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCION Nº 1601-2007 - Autorizan a la EDPYME RaIz S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Lima y Piura RESOLUCION Nº 1601-2007

Fecha de disposición13 Noviembre 2007
Fecha de publicación13 Noviembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 13 de noviembre de 2007 357433
en Jirón Atahualpa Nº 778 “A”, distrito y provincia de
Chepén, departamento de La Libertad, a Agencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO CISNEROS SALAS
Superintendente Adjunto de Banca
y Micronanzas (e)
130050-1
Autorizan a la EDPYME Raíz S.A. la
apertura de oficinas especiales en los
departamentos de Lima y Piura
RESOLUCIÓN SBS Nº 1600-2007
Lima, 7 de noviembre de 2007
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo
a la Pequeña y Microempresa - EDPYME Raíz S.A., en
adelante Edpyme Raíz, para que se le autorice la apertura
de una (01) Ocina Especial en el distrito de Comas,
provincia y departamento de Lima con dirección en la Av.
Tupa Amaru Nº 1173 - Urbanización Huaquillay; y,
CONSIDERANDO:
Que, la EDPYME Raíz S.A. en sesión extraordinaria
de Directorio del 27.04.2007, aprobó la apertura de una
(01) Ocina Especial en el distrito de Comas;
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para la apertura de la
Agencia, conforme establece el Procedimiento 11º del
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
actualmente vigente;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Micronanciera “C” mediante Informe Nº 230-
2007-DEM “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
Ley Nº 26702, y en la Circular Nº EDPYME 118-2005, y
el Procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-
2002; y en virtud de las facultades delegadas por Resolución
SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005 y la Resolución
Nº 1162-2007 del 16 de agosto de 2007;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Raíz S.A.
la apertura de una (01) Ocina Especial en el distrito de
Comas, departamento y provincia de Lima con dirección
en la Av. Tupa Amaru Nº 1173 - Urbanización Huaquillay.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO CISNEROS SALAS
Superintendente Adjunto de Banca y
Micronanzas (e)
130167-1
RESOLUCIÓN SBS Nº 1601-2007
Lima, 7 de noviembre de 2007
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Entidad de Desarrollo
a la Pequeña y Microempresa - EDPYME Raíz S.A., en
adelante Edpyme Raíz, para que se le autorice la apertura
de una (1) Ocina Especial en el distrito de Piura, provincia
y departamento de Piura con dirección en la Av. Sánchez
Cerro Nº 1299, Urbanización Club Grau; y,
CONSIDERANDO:
Que, la EDPYME Raíz S.A. en sesión extraordinaria
de Directorio del 27.04.2007, aprobó la apertura de una
(1) Ocina Especial en el distrito de Piura.
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para la apertura de la
Agencia, conforme establece el Procedimiento 11º del
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
actualmente vigente;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Micronanciera “C” mediante Informe Nº 229-
2007-DEM “C”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros – Ley Nº 26702, y en la Circular Nº EDPYME
118-2005, y el Procedimiento Nº 11 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos aprobado mediante
Resolución SBS Nº 131-2002; y en virtud de las facultades
delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de
julio de 2005 y la Resolución Nº 1162-2007 del 16 de
agosto de 2007;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Raíz S.A. la
apertura de una (1) Ocina Especial en el distrito de Piura,
provincia y departamento de Piura con dirección en la Av.
Sánchez Cerro Nº 1299, Urbanización Club Grau.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO CISNEROS SALAS
Superintendente Adjunto de Banca y
Micronanzas (e)
130167-2
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL
PENITENCIARIO
Crean la Comisión de Transparencia
del INPE
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 726-2007-INPE/P
Lima, 9 de noviembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional Penitenciario es un organismo
público descentralizado, rector del Sistema Penitenciario
Nacional, lo dirige y controla técnica y administrativamente
asegurando una adecuada política penitenciaria (artículos
133° y 134° del Código de Ejecución Penal);
Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, modicada por la Ley
Nº 27927, dispone entre otros aspectos, la promoción de la
transparencia y la difusión de los actos de administración
pública como un medio para mejorar la gestión, así como
un mecanismo de control ciudadano respecto al ejercicio
de la función pública, para lo cual las diferentes entidades
de la Administración Pública se encuentran obligadas
a adoptar medidas que garanticen y promuevan la
transparencia en el ejercicio de sus funciones;

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