RESOLUCION N° 054-2014-SUNAFIL - Designan Asesor I del Despacho del Superintendente de la SUNAFIL

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2014
El Peruano
Miércoles 17 de setiembre de 2014 532663
Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplicados
a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra
ejecutada en el período correspondiente. En el caso de
obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre
los montos que aparecen en el Calendario de Avance
de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance
Acelerado, si lo hubiere.
Artículo 3º.- Los factores indicados no serán
aplicados:
a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan
sido reajustados como consecuencia de la variación
mencionada en el período correspondiente.
b) Sobre el monto del adelanto que el propietario
hubiera entregado oportunamente con el objeto de
comprar materiales específ‌i cos.
Artículo 4º.- Los montos de obra a que se ref‌i ere
el artículo 2º comprende el total de las partidas por
materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y
equipo, gastos generales y utilidad del contratista.
Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario
hubiera entregado al contratista, no se eximen de la
aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos
derivan de los aumentos de mano de obra.
Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba
por la presente Resolución, serán acumulativos por
multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente
aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto
contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato
respectivo.
Artículo 7º.- Las Áreas Geográf‌i cas comprenden los
departamentos siguientes:
a) Área Geográf‌i ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque,
La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín.
b) Área Geográf‌i ca 2: Ancash, Lima, Provincia
Constitucional del Callao e Ica.
c) Área Geográf‌i ca 3: Huánuco, Pasco, Junín,
Huancavelica, Ayacucho y Ucayali.
d) Área Geográf‌i ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.
e) Área Geográf‌i ca 5: Loreto.
f) Área Geográf‌i ca 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre
de Dios.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS
Jefe
1138487-2
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan auxiliares coactivos de la
Intendencia Lima
INTENDENCIA LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000262/SUNAT
Lima, 9 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesaria la designación de Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Lima para garantizar el
normal funcionamiento de la recuperación de la deuda
tributaria de la Sección Control de la Deuda y Cobranza
Of‌i cina Zonal Huacho;
Que, mediante el artículo 114° del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modif‌i catoria; se
establece los requisitos que deben reunir los trabajadores
para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;
Que, el personal propuesto ha presentado una
Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos
indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el Artículo Único de la Resolución de
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente
Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente
Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para
designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia
de cada intendencia;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-
2014-SUNAT/600000.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como auxiliares coactivos
de la Intendencia Lima, a los funcionarios que se indica
a continuación:
Registro Apellidos y Nombres
1 8186 DE LA CRUZ CARLOS, JORGE ANIBAL
2 9408 TITO VALLEJOS, CRISTINA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICARDO ARTURO TOMA OYAMA
Intendente
1137744-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Asesor I del Despacho del
Superintendente de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 054-2014-SUNAFIL
Lima, 15 de septiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29981, se crea la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –
Sunaf‌i l, responsable de promover, supervisar y f‌i scalizar
el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y
el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar
asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la
emisión de normas sobre dichas materias;
Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia
Nacional de Fiscalización Laboral – Sunaf‌i l, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modif‌i cado
por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, dispone que el
Superintendente tiene por función, entre otras, designar y
remover a los directivos de la Sunaf‌i l;
Que, el Cuadro para Asignación de Personal de la
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
– Sunaf‌i l, aprobado por Resolución Suprema Nº 019-
2013-TR, prevé el cargo de Asesor I del Despacho del
Superintendente de la Superintendencia Nacional de
Fiscalización Laboral;
Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor I del
Despacho del Superintendente de la Superintendencia
Nacional de Fiscalización Laboral, siendo necesario
designar a la persona que desempeñará dicho cargo,
y;

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