02 1290-2002 - Sustituyen artículo del Reglamento de Deuda Subordinada y modifican notas en Anexos del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero

Fecha de disposición14 Diciembre 2002
Fecha de publicación14 Diciembre 2002
Pág. 235104
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de diciembre de 2002
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Oficio Nº 2214-2002-MP-FSD-DJ-Cajamarca, de fe-
cha 6 de diciembre del 2002, cursado por la Fiscal Supe-
rior Decana del Distrito Judicial de Cajamarca, con el que
remite la solicitud de renuncia presentada por la doctora
Lizzette Patricia Chávez Farfán, al cargo de Fiscal Adjunta
Provincial Provisional de la Segunda Fiscalía Provincial Civil
y de Familia de Cajamarca, Distrito Judicial de Cajamarca,
por razones personales;
Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por
la doctora Lizzette Patricia Chávez Farfán, al cargo de Fis-
cal Adjunta Provincial Provisional de la Segunda Fiscalía
Provincial Civil y de Familia de Cajamarca, Distrito Judicial
de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 167-2001-CT-
MP, de fecha 16 de abril del 2001.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen-
te Resolución a la Fiscal Superior Decana del Distrito Ju-
dicial de Cajamarca, Gerencia Central de Personal, Ge-
rencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARRO
Fiscal de la Nación
22068
S B S
Declaran adjudicatario de la buena pro
de concurso público para la selección
de persona jurídica que se encargará de
proceso de liquidación de La Vitalicia
Compañía de Seguros S.A.
RESOLUCIÓN SBS Nº 1235-2002
Lima, 3 de diciembre de 2002
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 303-2001 del 24 de
abril de 2001, se autorizó la disolución voluntaria y poste-
rior inicio del proceso liquidatorio de La Vitalicia Compañía
de Seguros S.A. en el marco de las disposiciones estatu-
tarias y legales que lo rigen;
Que, por Resolución SBS Nº 106-2002 del 31 de enero
de 2002, se revocó la autorización otorgada para la disolu-
ción voluntaria de La Vitalicia Compañía de Seguros S.A. y
se declaró en disolución por haber incurrido en la causal
prevista en el Artículo 114º numeral 2 de la Ley General
del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgá-
nica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en con-
cordancia con el numeral 4 del Artículo 407º de la Ley Ge-
neral de Sociedades;
Que, mediante Resolución SBS Nº 1008-2002 del 15
de octubre de 2002, se aprobaron las bases del Concurso
Público para la selección de la persona jurídica a la que se
encargará el proceso de liquidación de La Vitalicia Compa-
ñía de Seguros S.A. en Liquidación;
Que, en acto público de fecha 28 de noviembre de 2002,
el Comité de Evaluación informó que luego de la evalua-
ción efectuada, Consorcio Administrare S.A. - CMS Con-
sultores y Administradores S.A.C. había obtenido la Bue-
na Pro del Concurso Público;
Contando con la visación de las Superintendencias
Adjuntas de Seguros y de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
115º y por el numeral 18 del artículo 349º de la Ley Gene-
ral y, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento
de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las
Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Segu-
ros aprobado por la Resolución SBS Nº455-99 y sus modi-
ficatorias;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar como adjudicatario de la
buena pro del Concurso Público para la selección de la
persona jurídica a la que se encargará el proceso de liqui-
dación de La Vitalicia Compañía de Seguros S.A. a Con-
sorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administra-
dores S.A.C
Artículo Segundo.- Como consecuencia de lo ante-
rior, encomendar a partir de la fecha de suscripción del
contrato de locación de servicios, a Consorcio Administrare
S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C. la con-
ducción de proceso de liquidación de La Vitalicia Compa-
ñía de Seguros S.A. en liquidación, con las atribuciones
contenidas en la Resolución SBS Nº 455-99 y las faculta-
des de poder general y especial contenidas en los artícu-
los 74º y 75º del Código Procesal Civil, concordantes con
el artículo 368º de la Ley General, quien asumirá la repre-
sentación y administración de la mencionada empresa de
seguros, sin que sea necesario el otorgamiento de poder
por Escritura Pública ni por acta ante Juez u otra autori-
dad.
Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación
de los señores Alfredo David Conde Cotos y Ernesto
Bernales Meave, representantes de la Superintendencia
en La Vitalicia Compañía de Seguros S.A. en Liquida-
ción, en la fecha en que se efectúa la transferencia del
cargo encomendado. Asimismo a esa misma fecha se
les revocan los poderes que les hayan sido concedi-
dos.
Artículo Cuarto.- Encomendar al señor Adolfo Man-
driotti Hurtado, Superintendente Adjunto de Administración
General, la suscripción del Contrato de Locación de Servi-
cios con Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores
y Administradores S.A.C.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN
Superintendente de Banca y Seguros
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Sustituyen artículo del Reglamento de
Deuda Subordinada y modifican notas
en Anexos del Manual de Contabilidad
para las Empresas del Sistema Finan-
ciero
RESOLUCIÓN SBS Nº 1290-2002
Lima, 12 de diciembre de 2002
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-
ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante
Ley General, establece el marco general para la regula-
ción de la deuda subordinada de las empresas de los sis-
temas financiero y de seguros;
Que, de conformidad con lo establecido por los
artículos 184º y 299º de la Ley General, la deuda subor-
dinada puede ser considerada en el cálculo del patrimo-
nio efectivo de las empresas de los sistemas financiero
y de seguros cuando reúnan los requisitos que esta-
blezca la Superintendencia mediante norma de carác-
ter general;
Que, mediante la Resolución SBS Nº 234-99 del 31 de
marzo de 1999, se aprobó el Reglamento de Deuda Su-
bordinada, el mismo que establece las características y
modalidades de la deuda subordinada, así como los requi-
sitos que ésta debe reunir para ser considerada en el cál-
culo del patrimonio efectivo;
Que, con la finalidad de contribuir a la capitalización de
las empresas de los sistemas financiero y de seguros, así
como de adecuar el marco regulatorio a los estándares
internacionales sobre la materia, resulta necesario reali-
zar ajustes a la forma de cómputo en el patrimonio efectivo
de la deuda subordinada convertible obligatoriamente en
acciones;

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