130 220-2006-EF/43 - Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de soporte y actualización de licencias Oracle

Fecha de publicación28 Abril 2006
Fecha de disposición28 Abril 2006
Pág. 317539
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 28 de abril de 2006
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de abril del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
07586
Exoneran de proceso de selección la
contratación del servicio de soporte y
actualización de licencias Oracle
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 220-2006-EF/43
Lima, 26 de abril de 2006
Vistos: el Oficio Nº 175-2006-EF/42.01 de la Oficina
General de Informática y Estadística y los Informes Nºs.
108-2006-EF/43.50 y 646-2006-EF/60 de la Oficina
General de Administración y de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, respectivamente, que sustentan la
configuración del supuesto de servicios que no admiten
sustitutos y cuentan con proveedor único, previsto en el
inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, para
la contratación del Servicio de Soporte y Actualización
de Licencias Oracle;
CONSIDERANDO:
Que, según el inciso e) del artículo 19º del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
Nº 083-2004-PCM, están exonerados de los procesos
de selección las adquisiciones y contrataciones que se
realicen para la prestación de servicios que no admiten
sustitutos y que cuenten con proveedor único, de acuerdo
a lo que establezca el Reglamento;
Que, asimismo, el artículo 144° del Reglamento de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM,
señala que en los casos en que no existan bienes o
servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria,
y siempre que exista un solo proveedor en el mercado
nacional, la Entidad podrá contratar directamente. Se
considerará que existe proveedor único en los casos
que por razones técnicas o relacionadas con la
protección de derechos, tales como patentes y derechos
de autor, se haya establecido la exclusividad del
proveedor;
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, desde
1997 en el marco de automatización de procesos técnicos
y administrativos, viene desarrollando Sistemas bajo un
esquema de base de datos uniforme, el mismo que se
basa principalmente en Sistemas Operativos Unix y Base
de Datos Relacional ORACLE, por ser éstos escalables,
seguros y confiables, y que, en ese sentido, el uso de
estos productos se han convertido en un estándar para
el Ministerio;
Que, asimismo resulta necesario contar con un
servicio de soporte y actualización de las Licencias
Oracle que usa el Ministerio de Economía y Finanzas, lo
cual permitirá mantener dichos productos operativos de
manera continua, asegurando el acceso a asesoramiento
y a las herramientas para superar problemas en caso
de fallas, las mismas que al no ser detectadas a tiempo
podrían ocasionar la suspensión del servicio, tiempo que
medido en productividad significarían un alto costo no
sólo para este Ministerio sino también para las entidades
que utilizan los sistemas, asimismo mediante el servicio
de actualización se puede disponer de versiones
mejoradas;
Que, el Servicio de Soporte y Actualización de
Licencias Oracle sólo puede ser prestado por la Empresa
Sistemas Oracle del Perú S.A., por cuanto es la única
empresa en el Perú autorizada por Oracle Corporation
para ofrecer la renovación del mencionado servicio, por
consiguiente, es la única empresa que se encuentra en
capacidad y cuenta con la autorización para prestar el
servicio requerido y, en consecuencia, brindar al
Ministerio de Economía y Finanzas el soporte a sus
productos y la actualización de su software;
Que, siendo la Empresa Sistemas Oracle del Perú
S.A. la única autorizada para ofrecer la renovación del
Servicio de Soporte y Actualización de Licencias Oracle,
su contratación se enmarca dentro del supuesto previsto
en el artículo 144º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por tanto
procedería la misma en vía de exoneración bajo la causal
de servicios que no admiten sustitutos;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 026-2006-
EF/43.01, se incluyó en el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas
para el año 2006; entre otros, el proceso de selección
del Concurso Público para la contratación del Servicio
de Soporte Técnico de Licencias Oracle, siendo por
Resolución Directoral Nº 179-2006-EF/43.01 la síntesis
de las especificaciones técnicas del mencionado
proceso de selección modificada de Servicio de Soporte
Técnico de Licencias Oracle, por el “Servicio de Soporte
y Actualización de Licencias Oracle”;
Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina
General de Administración, mediante Memorando N° 404-
2006-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad
presupuestaria para efectuar la contratación del
mencionado servicio;
Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
establece que las adquisiciones y contrataciones
exoneradas, se realizarán mediante acciones inmediatas
y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego;
yDe conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 -
Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la
Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-
2004-PCM;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Declarar la contratación del Servicio de
Soporte y Actualización de Licencias Oracle que brinda
la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., como servicios
que no admiten sustitutos de conformidad con el inciso
e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM.
Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economía y
Finanzas del proceso de Concurso Público para la
contratación del Servicio de Soporte y Actualización de
Licencias Oracle que brindará la empresa Sistemas
Oracle del Perú S.A.
Articulo 3º.- La contratación a la que se refieren los
artículos precedentes se realizará con cargo al
presupuesto del Pliego 009, Ministerio de Economía y
Finanzas, correspondiente al ejercicio 2006, hasta por
un plazo de doce (12) meses y hasta por el importe de
S/. 401 500,00 (Cuatrocientos Un Mil Quinientos y
00/100 Nuevos Soles), incluyendo el Impuesto General
a las Ventas.
La realización de las acciones inmediatas
correspondientes estará a cargo de un Comité Especial
que seguirá el procedimiento dispuesto por el artículo
148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
Nº 084-2004-PCM.
Articulo 4º.- La presente Resolución Ministerial, así
como el Oficio Nº 175-2006-EF/42.01 de la Oficina
General de Informática y Estadística y los Informes
Nºs. 108-2006-EF/43.50 y 646-2006-EF/60 de la Oficina
General de Administración y de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, respectivamente, serán remitidos a
la Contraloría General de la República, y al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a la fecha de aprobación de la presente
Resolución.
Artículo 5º.- Disponer, que la Oficina de
Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina
General de Administración remita la información de la
presente Resolución Ministerial al Consejo Superior de

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