RESOLUCION MINISTERIAL N° 360-2012-MEM/DM - Imponen servidumbres de electroducto y de ocupación sobre bienes públicos ubicados en el departamento de Lima a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A.

Fecha de publicación06 Enero 2013
Fecha de disposición06 Enero 2013
NORMAS LEGALES
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FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, domingo 6 de enero de 2013
485611
Año XXX - Nº 12317
AÑO DE LA
INVERSIÓN PARA EL
DESARROLLO RURAL
Y LA SEGURIDAD
ALIMENTARIA
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
D.S. N° 003-2013-PCM.- Crean la “Comisión Multisectorial
de naturaleza permanente para el seguimiento de la
implementación del Plan de Acción de Gobierno Abierto”
485612
ENERGIA Y MINAS
RR.MM. N°s. 325, 326 y 327-2012-MEM/DM.- Reconocen
servidumbres de ocupación y de tránsito sobre bienes
de propiedad privada a favor de concesiones def‌i nitivas
de distribución de las que es titular Luz del Sur S.A.A.
485614
R.M. N° 360-2012-MEM/DM.- Imponen servidumbres
de electroducto y de ocupación sobre bienes públicos
ubicados en el departamento de Lima a favor de concesión
def‌i nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur
S.A.A. 485616
R.M. N° 396-2012-MEM/DM.- Modif‌i can la R.M. N° 039-
2010-MEM/DM, relativa a servidumbre de ocupación
sobre bienes públicos impuesta a favor de concesión
de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
485617
R.M. N° 574-2012-MEM/DM.- Otorgan concesión
temporal a favor de Energía Renovable Peruana S.A.
para desarrollar estudios relacionados con la actividad de
generación de energía eléctrica en el departamento de
Piura 485617
R.M. N° 575-2012-MEM/DM.- Otorgan concesión
temporal a favor de Empresa de Generación Eléctrica
Apurímac S.A. para desarrollar estudios a nivel de
factibilidad relacionados a la actividad de generación
de energía eléctrica en el departamento de Cusco
485618
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
R.S. N° 003-2013-JUS.- Acceden a solicitud de extradición
activa de procesado y disponen su entrega por vía
diplomática a la República de Panamá 485619
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
R.M. N° 002-2013-MIMP.- Delegan diversas facultades a
la Secretaría General, Of‌i cina General de Administración y
Of‌i cina General de Recursos Humanos del Ministerio 485619
PRODUCE
R.D. N° 003-2013-PRODUCE/DGCHD.- Aprueban
Listado de Asignación de los Límites Máximos de Captura
por Embarcación correspondiente al Régimen Provisional
de Pesca del Recurso Merluza del primer semestre del
año 2013 485621
R.J. N° 001-2013-FONDEPES/J.- Designan Jefe de
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto y
Directores Generales de Inversión Pesquera Artesanal y
Acuícola, Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura
y Capacitación y Desarrollo Técnico en Pesca Artesanal del
FONDEPES 485623
R.J. N° 002-2013-FONDEPES/J.- Encargan funciones de
Director General de Proyectos y Gestión Financiera para el
Desarrollo Pesquero Artesanal y Acuícola del FONDEPES
485624
R.J. N° 003-2013-FONDEPES/J.- Encargan funciones
de Jefe de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del
FONDEPES 485625
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.D. N° 2071-2012-MTC/15.- Autorizan a la empresa
E. Cabrera Class S.R.L. la modif‌i cación de términos
de autorización otorgada mediante R.D. N° 239-2010-
MTC/15, en lo relativo a dirección de local 485625
R.D. N° 3598-2012-MTC/15.- Autorizan a E. Cabrera
Brevetes E.I.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores
Integrales, impartir cursos de capacitación para obtener
licencia de conducir 485628
R.D. N° 4005-2012-MTC/15.- Autorizan a E. Cabrera
Brevetes E.I.R.L. la modif‌i cación de términos de
autorización contenida en la R.D. N° 397-2011-MTC/15,
sobre cambio de domicilio de circuito de manejo 485628
R.D. N° 4485-2012-MTC/15.- Autorizan a E. Cabrera
Brevetes E.I.R.L. en su calidad de Escuela de Conductores
Integrales, para impartir cursos de capacitación para
obtener licencia de conducir 485629
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Res. N° 474.- Aprueban formato para realizar censo de
camiones tanques y camiones cisterna que transporten
combustibles líquidos y otros productos derivados de los
hidrocarburos, y dictan normas complementarias 485630
Sumario
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 6 de enero de 2013
485612
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS
Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 064-024-0002192/SUNAT.- Declaran la baja de
of‌i cio de personas naturales en el Registro de Entidades
Empleadoras y en el Registro de Asegurados Titulares y
Derechohabientes ante ESSALUD 485631
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. N° 271-2012-CE-PJ.- Prorrogan funcionamiento
de diversos órganos jurisdiccionales en los Distritos
Judiciales de Cusco, Lambayeque, Piura y Tacna 485632
Res. Adm. N° 273-2012-CE-PJ.- Prorrogan
funcionamiento del Juzgado Penal Liquidador Transitorio
Supraprovincial de la Provincia de Nazca, Corte Superior
de Justicia de Ica 485633
Res. Adm. N° 278-2012-CE-PJ.- Disponen publicar el
Informe Ejecutivo que contiene la labor desarrollada por el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en el año 2012 485634
ORGANOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 9388-2012.- Autorizan al Banco Financiero del Perú
la prórroga de 6 meses para la tenencia de bien mueble
adjudicado, ubicado en el departamento de Lima 485635
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Decreto N° 000004.- Aprueban Directiva General
“Lineamientos para la toma del Examen de Normas de
Tránsito y/o Examen de Manejo a cargo del Gobierno
Regional del Callao” 485635
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Ordenanza N° 015-2012-GRU/CR.- Aprueban
modif‌i cación del Cuadro para Asignación de Personal y
del Cuadro Nominal de Personal de la Dirección Regional
Sectorial de Agricultura - Ucayali 485636
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Res. N° 238-2012-MML-GDU-SPHU.- Establecen
conformidad de resolución expedida por la Municipalidad
Distrital de Ate que resuelve aprobar proyecto de
regularización de habilitación urbana de terreno
485637
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Ordenanza N° 036-2012-MPC.- Aprueban modif‌i cación
del Plan Urbano del distrito de Asia, con la f‌i nalidad
de desarrollar un proyecto de habilitación urbana en
zonif‌i cación de habilitación recreacional 485638
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PATAZ
Ordenanza N° 005-2012/MPP-T.- Aprueban Ordenanza
de desconcentración de tránsito de vehículos de carga
pesada de la ciudad de Tayabamba 485639
Ordenanza N° 006-2012/MPP-T.- Aprueban nuevo
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y
Estructura Orgánica de la Municipalidad 485640
Ordenanza N° 007-2012/MPP-T.- Aprueban Clasif‌i cador
de Cargos y el nuevo Cuadro de Asignación de Personal
de la Municipalidad 485641
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Crean la “Comisión Multisectorial
de naturaleza permanente para el
seguimiento de la implementación del
Plan de Acción de Gobierno Abierto”
DECRETO SUPREMO
Nº 003-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la vigésimo cuarta política de Estado tiene como
objetivo construir y mantener un Estado ef‌i ciente, ef‌i caz,
moderno y transparente al servicio de las personas y
de sus derechos, y que promueva el desarrollo y buen
funcionamiento del mercado y de los servicios públicos;
Que, la vigésimo sexta política de Estado busca
promover la ética y la transparencia, así como la
erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la
evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas;
Que, la vigésimo novena política de Estado establece
el compromiso de garantizar el derecho de los ciudadanos
a solicitar y recibir información, así como la obligación del
Estado de brindarla y hacer más transparentes los actos
de gobierno y difundirlos;
Que la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, señala que el proceso de
modernización de la gestión del Estado tiene como
f‌i nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de
ef‌i ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una
mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando
el uso de los recursos públicos;
Que, la citada ley dispone que el proceso de
modernización tiene el objetivo de alcanzar un Estado
al servicio de la ciudadanía, con canales efectivos de
participación ciudadana, transparente en su gestión y con
servidores públicos calif‌i cados para la gestión pública;
Que, en el marco de la 66° Asamblea General de las
Naciones Unidas, llevada a cabo en setiembre del 2011
en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América,
el Estado peruano, a traves de sus representantes,
manifestó su voluntad de ser parte de la iniciativa
denominada “Sociedad de Gobierno Abierto”;
Que, la Sociedad de Gobierno Abierto es una iniciativa
global que establece compromisos concretos en materia
de transparencia y acceso a la información pública,
ética de la función pública, lucha contra la corrupción,
participación ciudadana y promoción del desarrollo de
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 6 de enero de 2013 485613
nuevas tecnologías, con el f‌i n de promover gobiernos
más abiertos, ef‌i caces y responsables en el manejo del
presupuesto y la información pública;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 085-2012-
PCM publicada el 10 de abril de 2012, en el Diario Of‌i cial
El Peruano, se aprobó el Plan de Acción del Perú para
su incorporación a la Sociedad de Gobierno Abierto.
El indicado Plan contiene compromisos en materia de
transparencia y acceso a la información pública, integridad
pública, participación ciudadana, gobierno electrónico y
mejora de los servicios públicos, por lo que actualmente
nuestro país forma parte de dicha sociedad;
Que, el citado Plan es un instrumento programático
que articula las políticas de transparencia y acceso a la
información, participación ciudadana, gobierno electrónico
e integridad pública, conteniendo los referentes básicos
en que se sustenta esta política y los objetivos a ser
alcanzados con la f‌i nalidad de guiar las acciones de las
diferentes entidades públicas en estas materias;
Que, es necesario crear un espacio de coordinación
y cooperación que permita el seguimiento de la
implementación del citado Plan de Acción, por lo que resulta
pertinente la creación de una Comisión Multisectorial del
Poder Ejecutivo de naturaleza permanente y adscrita a
la Presidencia del Consejo de Ministros, denominada
“Comisión Muitisectorial permanente para el seguimiento
de la implementación del Plan de Acción de Gobierno
Abierto”, la que tendrá una composición tripartita
conformada por: Estado, organizaciones representativas
de la actividad empresarial y sociedad civil;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 3° del
artículo 36° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza
permanente son creadas con f‌i nes específ‌i cos para
cumplir funciones de seguimiento, f‌i scalización, o emisión
de informes técnicos. Se crean formalmente mediante
Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo
de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados.
Cuenta con Reglamento Interno aprobado por Resolución
Ministerial del Sector al cual están adscritas;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158,
DECRETA:
Artículo 1°.- Creación de la Comisión Multisectorial,
Objeto y Adscripción
Créase la “Comisión Multisectorial de naturaleza
permanente para el seguimiento de la implementación
del Plan de Acción de Gobierno Abierto” con el objeto de
realizar acciones de seguimiento y emisión de informes
referidos al citado Plan de Acción.
La mencionada Comisión Multisectorial se encuentra
adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 2º.- Conformación de la Comisión
Multisectorial
La Comisión Multisectorial a la que se ref‌i ere el
artículo 1° de la presente norma, estará conformada de la
siguiente manera:
- El Secretario General de la Presidencia del Consejo
de Ministros, quien la presidirá.
- Un (01) representante designado por la Presidencia
del Consejo Ministros a propuesta de la Secretaría de
Gestión Pública.
- Un (01) representante designado por la Presidencia
del Consejo Ministros a propuesta de la Of‌i cina Nacional
de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEl.
- Un (01) representante designado por el Ministerio de
Relaciones Exteriores.
- Un (01) representante designado por el Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos.
Asimismo, podrán integrar la Comisión:
- Un (01) representante del Poder Judicial.
- Un (01) representante de las organizaciones de
la actividad empresarial, que será designado por los
respectivos gremios empresariales, de acuerdo al
procedimiento que éstos establezcan.
- Tres (03) representantes de las organizaciones de
la sociedad civil vinculadas con los temas contenidos en
los compromisos del Plan de Acción de Gobierno Abierto.
Estos representantes serán designados por dichas
organizaciones, de acuerdo al procedimiento que éstas
establezcan.
Deberá considerarse un representante alterno por cada
uno de los miembros titulares designados. Las funciones
de la presidencia serán precisadas en el Reglamento
Interno de la Comisión Multisectorial.
La Comisión Multisectorial invitará a la Defensoría del
Pueblo y a la Contraloría General de la República para
que puedan participar en calidad de observadores.
Artículo 3°.- Funciones de la Comisión
Multisectorial
La Comisión Multisectorial tendrá las siguientes
funciones:
a) Elaborar y presentar a la Presidencia del Consejo
de Ministros, para su aprobación, la propuesta de informe
que contenga la metodología y los instrumentos de
seguimiento del Plan de Acción de Gobierno Abierto.
b) Realizar actividades destinadas al seguimiento de la
implementación del Plan de Acción de Gobierno Abierto.
c) Emitir informes técnicos sobre los avances en la
implementación del Plan de Acción de Gobierno Abierto.
d) Coordinar con la Comisión de Alto Nivel
Anticorrupción, así como con los Gobiernos Regionales y
Locales para el desarrollo de sus labores de seguimiento.
e) Proponer su reglamento interno.
Artículo 4°.- Acreditación de los representantes
Los representantes titulares y alternos de las entidades
públicas serán acreditados mediante las resoluciones
correspondientes. El resto de integrantes titulares y
alternos de la Comisión, serán acreditados mediante
comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de
la Comisión Multisectorial.
Las indicadas designaciones deberán ser realizadas
dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores a la
publicación del presente Decreto Supremo.
El ejercicio o desempeño de las funciones de los
integrantes de la Comisión será ad honórem.
Artículo 5°.- Secretaría Técnica
La Comisión Multisectorial contará con una Secretaría
Técnica que será ejercida por la Secretaría de Gestión
Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, cuyo
titular ejercerá las funciones de Secretario (a) Técnico
(a).La Secretaría Técnica mantendrá las coordinaciones
operativas para el funcionamiento de la Comisión. Sus
funciones específ‌i cas serán detalladas en el Reglamento
Interno de la Comisión.
Artículo 6°.- Cooperación de otras entidades
La Comisión Multisectorial Permanente tendrá
la discrecionalidad para invitar a representantes de
otras entidades públicas, privadas o de la cooperación
internacional, para que, dentro del marco de la ley,
coadyuven con el objeto de la Comisión y el desarrollo de
las funciones que le son propias.
Artículo 7°.- Financiamiento de las actividades de
la Comisión Multisectorial
Las actividades a ser desarrolladas por la Comisión
Multisectorial no irrogarán mayor gasto al Estado, ya que serán
f‌i nanciadas con los recursos asignados a la Secretaría de
Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 8°.- Reglamento Interno
El Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial
será aprobado, a propuesta de ésta, por resolución
ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Esta propuesta deberá realizarse en un plazo no mayor
de quince (15) días hábiles posteriores a la instalación de
la Comisión.
Artículo 9°.- Instalación y vigencia de la Comisión
Multisectorial
La instalación de la Comisión se realizará dentro de los
diez (10) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo
establecido para la designación de sus representantes, a
convocatoria del (la) Secretario (a) Técnico (a).
La vigencia de la Comisión es permanente, en los
términos del numeral 3) del artículo 36° de la Ley N°

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