RESOLUCION DIRECTORAL Nº 018-2010-EF/76.01 - Disponen que la Directiva N° 003-2009-EF/76.01 sea aplicable para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2010

Fecha de publicación24 Julio 2010
Fecha de disposición24 Julio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 24 de julio de 2010
422772
Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta
el 30 de junio de 2010;
Que, por Decreto Supremo N° 138-2010-EF se dispuso
que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto
Supremo N° 318-2009-EF tengan vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2010;
Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia
para el periodo del 1 al 15 de julio de 2010;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º
del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modif‌i cado por el
Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de
referencia para la aplicación del derecho variable adicional
o rebaja arancelaria a que se ref‌i ere el Decreto Supremo
N° 115-2001-EF y modif‌i catorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)
US$ por T.M.
---------------------------------------------------------------------------------------
Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera
en polvo
---------------------------------------------------------------------------------------
Del 1/7/2010 al 15/7/2010 193 610 496 3 306
---------------------------------------------------------------------------------------
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS CASAS TRAGODARA
Viceministro de Economía
523263-1
Disponen que la Directiva Nº 003-2009-
EF/76.01 sea aplicable para la Evaluación
Semestral y Anual de los Presupuestos
Institucionales de las Entidades del
Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
para el Año Fiscal 2010
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 018-2010-EF/76.01
Lima, 21 de julio de 2010
CONSIDERANDO :
Que, el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la
Administración Financiera del Sector Público, en concordancia
con lo establecido en los artículos 3º y 4º de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
establece que la Dirección General del Presupuesto Público
es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico
normativa del Sistema Nacional del Presupuesto, dicta las
normas y establece los procedimientos relacionados con su
ámbito; tiene como atribuciones, programar, dirigir, coordinar,
controlar y evaluar la Gestión del Proceso Presupuestario,
así como emitir las directivas y normas complementarias
pertinentes;
Que, es necesario dictar las pautas metodológicas
para la elaboración de la Evaluación Presupuestaria
Institucional de las Entidades del Gobierno Nacional y
Gobiernos Regionales, conforme a lo establecido en el
artículo 47º y artículo 49º numeral 3 de la Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183
– Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas
y la Resolución Vice Ministerial Nº 148-99-EF/13.03 -
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Economía y Finanzas y normas modif‌i catorias;
En uso de las facultades conferidas en el artículo
13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público y los artículos 3º y 4º de
la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto Público.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer que la Directiva Nº 003-2009-
EF/76.01 – Directiva para la Evaluación Semestral y Anual
de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del
Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año
Fiscal 2009, aprobada por Resolución Directoral Nº 036-
2009-EF/76.01, es aplicable para la Evaluación Semestral y
Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades
del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año
Fiscal 2010.
Artículo 2º.- Aprobar los anexos de plazos para
la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos
Institucionales, conforme a lo siguiente:
a) Anexo A. Plazos para la fecha de corte en el Módulo
SIAF-SP y de carga en el aplicativo Web, de la información
registrada por las entidades en el aplicativo SIAF-MPP, de
acuerdo a lo señalado en el artículo 3º numeral 3.2 inciso
a) de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01.
b) Anexo B. Plazos de registro y presentación de la
Evaluación Presupuestaria 2010 de acuerdo al artículo 14º
de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01.
Artículo 3º.- Disponer la publicación del Texto Único
Ordenado de la Directiva Nº 003-2009-EF/76.01 en el
portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas,
conforme a lo establecido en los artículos 1º y 2º de la
presente Resolución Directoral:
http://www.mef.gob.pe/DNPP/directivas/2009/
directivas2009.php.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGER DIAZ ALARCON
Director General
Dirección General del Presupuesto Público
ANEXO A
PLIEGO CONCEPTO FECHAS DE CORTE
EN EL MODULO
SIAF-MPP
FECHA DE CARGA
EN EL APLICATIVO
WEB
Gobierno
Nacional
y Gobiernos
Regionales
Metas 1ra. Actualización
2da. Actualización 05 de agosto de 2010
10 de agosto de 2010 06 de agosto de 2010
11 de agosto de 2010
ANEXO B
ENTIDAD CONCEPTO FECHA DE REGISTRO
DE INFORMACIÓN a/ FECHA DE
PRESENTACIÓN
Gobierno
Nacional y
Gobiernos
Regionales
Evaluación del 1er.
Semestre 2010
Hasta el 13 de agosto
de 2010
Hasta el 19 de
agosto de 2010
Validación,
ratif‌i cación y/o
actualización de
los Indicadores de
Desempeño 2010
Desde el 31 de julio hasta
el 29 de agosto de 2010
Hasta el 04 de
setiembre 2010
Evaluación Anual
2010 (incluye los
Indicadores de
Desempeño)
Hasta el 14 de mayo
de 2011
Hasta el 20 de
mayo de 2011
a/ Considera el registro de la Información Presupuestaria en el Aplicativo
523450-1
Aprueban Cuadro de Plazos para
la Elaboración y Presentación de
la Evaluación de los Presupuestos
Institucionales de los Gobiernos
Locales para el año fiscal 2010
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 019-2010-EF/76.01
Lima, 22 de julio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 13º de la Ley
Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera
del Sector Público, en concordancia con el artículo 3º
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional

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