Resolucion Vice Ministerial N° 017-2023-MINEM/VMH. Aprueban el “Procedimiento para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y la ejecución de Proyectos de Masificación de Gas Natural en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural financiados por el Fondo de Inclusión Social Energético – FISE”

Fecha de publicación06 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 3 de mayo de 2023

VISTOS: El Informe N° 103-2023-MINEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos; y el Informe N° 489-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos. Asimismo, el artículo 5 de dicha norma señala como competencias exclusivas del MINEM: i) Diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; ii) Regular la infraestructura pública de carácter y alcance nacional en materia de energía y de minería; y iii) Otorgar y reconocer derechos correspondientes en el ámbito de su competencia, con excepción de aquellos transferidos en el marco del proceso de descentralización;

Que, mediante la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, Ley del FISE), se crea el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, FISE), como un sistema de compensación energética que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de Ley del FISE señala que el FISE se destinará, entre otros fines, a la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares, todo, de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía, aprobado por el MINEM;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM (en adelante, Reglamento del FISE), señala que el FISE destinará los recursos necesarios para la masificación del uso residencial y vehicular del gas natural y a la promoción de nuevos suministros a que se refieren el numeral 5.1 del artículo 5 y el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley del FISE;

Que, los numerales 18.1 y 18.2 del artículo 18 del Reglamento del FISE señalan que el MINEM establece la cartera de proyectos del Programa Anual de Promociones a ejecutarse con recursos del...

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