RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 010-2015-EF/15.01 - Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo

Fecha de disposición21 Mayo 2015
Fecha de publicación21 Mayo 2015
El Peruano
Jueves 21 de mayo de 2015 552975
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF,
se estableció el Sistema de Franja de Precios para las
importaciones de los productos señalados en el Anexo I
del citado decreto supremo;
Que, a través del Decreto Supremo N° 184-2002-EF
se modif‌i có el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-
2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia
fueran publicados mediante resolución viceministerial del
Viceministro de Economía;
actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la
importación de los productos incluidos en el Sistema de
Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en
el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de
2015;
Que, corresponde publicar los precios CIF de
referencia obtenidos en base a las cotizaciones
observadas en el periodo del 1 al 15 de mayo de 2015;
yDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 7
del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado con
el artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de
referencia para la aplicación del derecho variable adicional
o rebaja arancelaria a que se ref‌i ere el Decreto Supremo
N° 115-2001-EF:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)
US$ por T.M.
Maíz Azúcar Arroz Leche entera
en polvo
194 402 424 2 792
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENZO DEFILIPPI
Viceministro de Economía
1240030-1
Modifican Anexos 1 y 10 de la R.D.
Nº 008-2015-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 010 -2015-EF/50.01
Lima, 15 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2015-
EF/50.01 se aprobó los resultados de la evaluación
del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos
a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal
correspondiente al 31 de diciembre de 2014, y mediante
Resolución Directoral N°008-2015-EF/50.01 se aprobó
los resultados complementarios de la evaluación del
cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a
la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal
correspondientes al 31 de diciembre de 2014; en el marco
de la Ley N° 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos
a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal,
los procedimientos para el cumplimiento de metas y la
asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la
Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año
2015;
Que, se ha determinado que en los resultados
complementarios aprobados mediante la Resolución
Directoral Nº 008-2015-EF/50.01, antes citada, debió
incluirse a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas
del Departamento de Amazonas y a la Municipalidad
Provincial de Huaura del Departamento de Lima al
haber cumplido con las Metas N° 31 y 40: Incremento
en 12% y 14% (según corresponda) de la recaudación
predial respecto a lo recaudado al 31 diciembre del
2013; asimismo, debió incluirse a la Municipalidad
Distrital de Santa Rosa de la Provincia de Pallasca
del Departamento de Ancash, a la Municipalidad
Distrital de Ocobamba de la Provincia de Chincheros
del Departamento de Apurímac y a la Municipalidad
Distrital de Alcamenca de la Provincia de Víctor Fajardo
del Departamento de Ayacucho al haber cumplido
con las Metas N° 48 y 53: “Mejora de la calidad de
la información proveniente del empadronamiento
por demanda ejecutada por las Unidades Locales de
Focalización”; de conformidad con lo informado por la
Dirección de Calidad de Gasto Público de la Dirección
General de Presupuesto Público, mediante Informe Nº
023-2015-EF/50.05;
Que, por tanto, corresponde incluir a la
Municipalidad Provincial de Chachapoyas del
Departamento de Amazonas y a la Municipalidad
Provincial Huaura del Departamento de Lima en
el Anexo 1; y a la Municipalidad Distrital de Santa
Rosa de la Provincia de Pallasca del Departamento
de Ancash, a la Municipalidad Distrital de Ocobamba
de la Provincia de Chincheros del Departamento de
Apurímac y a la Municipalidad Distrital de Alcamenca
de la Provincia de Víctor Fajardo del Departamento de
Ayacucho en el Anexo 10 de la Resolución Directoral
N°008-2015-EF/50.01;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de
la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera
del Sector Público, los artículos 3 y 4 del Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
N° 304-2012-EF, y el artículo 8 de los procedimientos para
el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos
del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-
2015-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modif‌i cación de los Anexos 1 y 10 de
la Resolución Directoral Nº 008-2015-EF/50.01
Incluir a la Municipalidad Provincial de Chachapoyas
del Departamento de Amazonas y a la Municipalidad
Provincial de Huaura del Departamento de Lima en
el Anexo N° 1; y a la Municipalidad Distrital de Santa
Rosa de la Provincia de Pallasca del Departamento
de Ancash, a la Municipalidad Distrital de Ocobamba
de la Provincia de Chincheros del Departamento de
Apurímac y a la Municipalidad Distrital de Alcamenca
de la Provincia de Víctor Fajardo del Departamento de
Ayacucho en el Anexo N° 10 de la Resolución Directoral
N°008-2015-EF/50.01, que contiene los resultados
complementarios de las Metas N° 31 y 40: Incremento
en 12% y 14% (según corresponda) de la recaudación
predial respecto a lo recaudado al 31 diciembre del
2013 y de las Metas N° 48 y 53: “Mejora de la calidad
de la información proveniente del empadronamiento
por demanda ejecutada por las Unidades Locales de
Focalización”, respectivamente, correspondientes al
31 de diciembre de 2014.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución
Directoral en el Diario Of‌i cial “El Peruano”. La cual deberá
ser publicado en el portal electrónico institucional del
Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe),
en la misma fecha de la publicación of‌i cial de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Director General
Dirección General de Presupuesto Público
1239782-1

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