Resolucion vice ministerial N° 034-2024-MINEDU. Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la adecuación de los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación a la Ley N° 30512 y su Reglamento”

Fecha de publicación07 Abril 2024
SecciónSección Única
Designan Secretario de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres

Lima, 2 de abril de 2024


VISTOS, el Expediente Nº DIGEST2024-INT-0165725, el Informe Nº 002-2024- MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST-JEAR y el Oficio Nº 03064-2024- MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST elaborados por la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; el Informe N° 00333-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00306-2024-MINEDU/SG-OGAJ y el Oficio Nº 00180-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;


Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes (en adelante, la Ley), dispone que los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación, se regulan de acuerdo con lo dispuesto en sus normas de creación, sin perjuicio de su adecuación a la citada Ley, según corresponda;


Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, dispone que los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación, incluyendo a los institutos y escuelas de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, pueden adecuarse a lo establecido en la Ley y en el precitado Reglamento, en el marco de lo dispuesto por las normas que emite el Ministerio de Educación;


Que, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 002-2024-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST-JEAR y el Oficio Nº 03064-2024-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST, elaborados por la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la adecuación de los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación a la Ley N° 30512 y su Reglamento” (en adelante, la propuesta normativa), la cual regula las orientaciones, técnicas y criterios para llevar a cabo dicha adecuación;


Que, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada y ha sido socializada con diversos institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación;


Que, mediante el Informe N° 00333-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta; por cuanto, es congruente con las orientaciones y objetivos establecidos en los instrumentos de planeamiento estratégico institucional y sectorial, y su implementación, se financia con el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales;


Que, con el Informe Nº 00306-2024-MINEDU/SG-OGAJ y Oficio Nº 00180-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la aprobación de la propuesta resulta legalmente viable;


Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;


De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, en la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en el Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU;


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la adecuación de los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación a la Ley N° 30512 y su Reglamento”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.


Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y de la Norma Técnica aprobada por el artículo 1, así como de sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución y de la citada Norma Técnica en el diario oficial “El Peruano”.


Regístrese, comuníquese y publíquese.


MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA


Viceministra de Gestión Pedagógica


ÍNDICE


CONTENIDO


1. OBJETIVO


2. ÁMBITO DE APLICACIÓN


3. BASE NORMATIVA


4. DEFINICIONES


4.1. Glosario de términos


4.2. Siglas


5. DISPOSICIONES GENERALES PARA LA ADECUACIÓN DE LA INSTITUCIÓN A LO ESTABLECIDO EN LA LEY Y SU REGLAMENTO


5.1. Condiciones básicas de calidad


6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA LA ADECUACIÓN DE LA INSTITUCIÓN A LO ESTABLECIDO EN LA LEY Y EL REGLAMENTO


6.1. Consideraciones específicas sobre la adecuación


6.2. Sobre los tipos de adecuación de la institución


6.3. Comunicación de la creación o autorización de nuevos programas de estudios y/o de segunda especialidad y/o filiales y/o locales


7. RESPONSABILIDADES


7.1. De la Institución


7.2. MINEDU a través de la DIGEST


8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS


9. ANEXOS


1. OBJETIVO


Establecer disposiciones que regulen la adecuación de los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación, a lo establecido en la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y su Reglamento.


2. ÁMBITO DE APLICACIÓN


2.1. Ministerio de...

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