RESOLUCION SUPREMA N° 055-2010-EM - Dejan sin efecto la R.S. N° 011-2008-EM

Fecha de disposición04 Septiembre 2010
Fecha de publicación04 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 4 de setiembre de 2010 425065
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de
referencia para la aplicación del derecho variable adicional
o rebaja arancelaria a que se ref‌i ere el Decreto Supremo
Nº 115-2001-EF y modif‌i catorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)
US$ por T.M.
Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera
en polvo
Del 16/8/2010 al 31/8/2010 220 597 503 3 779
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS CASAS TRAGODARA
Viceministro de Economía
538828-1
ENERGIA Y MINAS
Dejan sin efecto la R.S. N° 011-
2008-EM
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 055-2010-EM
Lima, 3 de septiembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 125-2001-
EM, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano en fecha
21 de julio de 2001, se otorgó a favor de Tarucani
Generating Company S.A., concesión def‌i nitiva para
desarrollar la actividad de generación de energía
eléctrica en la Central Hidroeléctrica Tarucani, a
ubicarse en el distrito de Lluta, provincia de Caylloma,
departamento de Arequipa, aprobándose el Contrato de
Concesión N° 190-2001, el mismo que fue modif‌i cado
por la Resolución Suprema N° 033-2006-EM, publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano en fecha 07 de julio de
2006;
Que, mediante documento presentado el 08 de
junio de 2007, ingresado bajo el número de registro N°
1695244, Tarucani Generating Company S.A. solicitó
la modif‌i cación del Contrato de Concesión N° 190-
2001, a f‌i n variar el Calendario de Ejecución de Obras
y el Presupuesto del Proyecto, para lo cual argumentó la
existencia de razones técnico económicas al amparo del
literal b) del artículo 36° del Decreto Ley N° 25844, Ley de
Concesiones Eléctricas;
Que, mediante el Of‌i cio N° 053-2008/MEM-DGE,
de fecha 08 de enero de 2008, la Dirección General de
Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, declaró
improcedente la solicitud de modif‌i cación contractual
presentada por Tarucani Generating Company S.A.,
dándose inicio al procedimiento de caducidad de dicha
concesión, el mismo que concluyó con la expedición de
la Resolución Suprema N° 011-2008-EM, publicada en
el Diario Of‌i cial El Peruano en fecha 14 de marzo de
2008, que declaró la caducidad de la concesión def‌i nitiva
otorgada mediante Resolución Suprema N° 125-2001-
EM, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano en fecha 21
de julio de 2001;
Que, Tarucani Generating Company S.A. interpuso
demanda de amparo contra el acto administrativo
contenido en el Of‌i cio N° 053-2008/MEM-DGE; la misma
que mediante sentencia de fecha 10 de noviembre de
2008, emitida por el Trigésimo Tercer Juzgado Civil de
Lima se declaró infundada;
Que, sin embargo, mediante sentencia de fecha
18 de junio de 2009, la Primera Sala Civil de la Corte
Superior de Justicia de Lima revocó la sentencia de
primera instancia de dicho proceso; y, reformándola
declaró fundada en parte la demanda de amparo,
disponiendo reponer las cosas al estado anterior,
dejando sin efecto el acto administrativo contenido
en el Oficio N° 053-2008/MEM-DGE de fecha 08
de enero de 2008, por el que la Dirección General
de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas
declaró improcedente la solicitud de modificación del
Contrato de Concesión N° 190-2001, dando inicio al
procedimiento de caducidad de concesión definitiva
de generación eléctrica de la Central Hidroeléctrica
Tarucani otorgada a favor de Tarucani Generating
Company S.A., ordenando que la parte demandada
proceda a resolver la solicitud de modificación del
contrato de concesión mediante acto administrativo
debidamente motivado;
Que, por tanto, en vía de ejecución de sentencia,
corresponde dejar sin efecto la Resolución Suprema
N° 011-2008-EM, publicada en el Diario Oficial El
Peruano en fecha 14 de marzo de 2008, que declaró
la caducidad de la concesión definitiva de generación
eléctrica de la Central Hidroeléctrica Tarucani otorgada
a favor de Tarucani Generating Company S.A.; y,
para la correcta ejecución de la Sentencia de amparo
obtenida por esta última empresa, reponer las cosas a
la situación jurídica inmediatamente anterior al Oficio
Nº 053-2008/MEM-DGE, a fin de que el Ministerio
de Energía y Minas vuelva a evaluar la solicitud de
modificación del contrato de concesión 190-2001
formulada por la empresa Tarucani Generating
Company y resuelva dicha solicitud conforme a las
consideraciones señaladas en la Sentencia de la
Primera Sala Civil de Lima, dejándose sin efecto todos
los actuados desde el Oficio Nº 053-2008/MEM-DGE
hasta la fecha, inclusive;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Cumplimiento de ejecutoria judicial
En vía de ejecución de sentencia, déjese sin efecto
la Resolución Suprema N° 011-2008-EM, publicada
en el Diario Oficial El Peruano en fecha 14 de marzo
de 2008, que declaró la caducidad de la concesión
definitiva de generación eléctrica de la Central
Hidroeléctrica Tarucani otorgada a favor de Tarucani
Generating Company S.A.; y, en orden a procurar la
ejecución de la Sentencia de amparo obtenida por
esta última empresa, reponer las cosas a la situación
jurídica inmediatamente anterior al Oficio Nº 053-
2008/MEM-DGE, a fin de que el Ministerio de Energía
y Minas vuelva a evaluar la solicitud de modificación
del contrato de concesión 190-2001 formulada por la
empresa Tarucani Generating Company mediante el
Expediente N° 1695244 y en tal sentido, el Ministerio
de Energía y Minas expida nuevo acto debidamente
motivado.
Artículo 2°.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada por
el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA
Ministro de Energía y Minas
539319-8

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