RESOLUCION SUPREMA N° 689-2014-DE/ - Autorizan viajes de oficiales del Ejército y de la Fuerza Aérea del Perú a Ecuador y Brasil, en comisión de servicios

Fecha de publicación21 Noviembre 2014
Fecha de disposición21 Noviembre 2014
El Peruano
Viernes 21 de noviembre de 2014
538054
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 687-2014-DE/
Lima, 20 de noviembre de 2014
Visto, la Carta del Jefe del Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas del Ecuador de fecha 20 de octubre de
2014;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento del visto, el Jefe del
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador,
con el f‌i n de dar cumplimiento al Entendimiento Nº 7 del
Acta de la XIX Reunión de Altos Mandos de las Fuerzas
Armadas del Ecuador y Perú, suscrita en el Cuzco-Perú
el 11 de julio de 2014, comunica que la reunión de trabajo
entre los responsables de Seguridad de Fronteras de los
Estados Mayores de Ecuador y Perú, se realizará en la
ciudad de Manta, República del Ecuador, del 24 al 28 de
noviembre de 2014;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,
autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a
la ciudad de Manta, República del Ecuador, del personal
militar del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
que se nombra en la parte resolutiva, a f‌i n que participe en
la reunión de trabajo entre los responsables de Seguridad
de Fronteras de los Estados Mayores de Ecuador y
Perú para establecer un programa de reorientación y
reasignación de Fuerzas en la frontera común, por cuanto
los conocimientos y experiencias a tratar redundarán en
benef‌i cio del Sector;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los
vuelos internacionales y con el f‌i n de prever la participación
del personal militar designado durante la totalidad de la
referida comisión, es necesario autorizar su salida del
país con un (01) día de anticipación al inicio de la misma;
Que, el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias
sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán
por cada día que dure la misión of‌i cial o el evento, a los
que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a
un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y
traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto
institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora
002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de
conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619
- Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento,
aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del
05 de junio de 2002 y su modif‌i catoria aprobada con el
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de
2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de
enero de 2004 y sus modif‌i caciones, que reglamentan
los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector
Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19
de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso
de las normas de carácter administrativo que se aplicarán
en los distintos órganos del Ministerio; y,
Estando a lo propuesto por el señor Jefe del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el
señor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión
de Servicio, al Mayor General FAP Juan Carlos CASTRO
Malarín, identif‌i cado con DNI Nº 43376314 y al Coronel EP
Salvador Martin CABREJOS Vargas, identif‌i cado con DNI
Nº 18067559, a f‌i n que participen en la reunión de trabajo
entre los responsables de Seguridad de Fronteras de los
Estados Mayores de Ecuador y Perú, a realizarse en la
ciudad de Manta, República del Ecuador, en el período del
24 al 28 de noviembre de 2014, autorizando su salida del
país el 23 de noviembre de 2014.
Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Unidad
Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de
acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Guayaquil - Lima:
US$ 431.06 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 862.12
Viáticos:
US$ 370.00 x 6 días x 2 personas US$ 4,440.00
TOTAL A PAGAR: US$ 5,302.12
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda
facultado para variar la fecha de inicio y término de la
autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder
el total de días autorizados y sin variar la actividad
para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del
personal autorizado.
Artículo 4°.- El personal designado deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir
de la fecha de retorno al país. Asimismo, el personal
militar, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación
de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada
por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1167660-4
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 689-2014-DE/
Lima, 20 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de
Estado de la UNASUR llevada a cabo el 16 de diciembre
de 2008 en la ciudad de Salvador de Bahía, República
Federativa del Brasil, se incorporó como parte de la
estructura organizacional de la UNASUR, el Consejo de
Defensa Suramericano (CDS) como órgano permanente
de consulta, cooperación y coordinación en materia de
Defensa;
Que, de acuerdo al Estatuto del CDS, dicho Consejo
está integrado por una Instancia Ejecutiva, encabezada
por los Viceministros(as) de Defensa o sus equivalentes; y
por los Ministros(as) de Defensa, de los países miembros
de UNASUR (art. 6), quienes se reúnen anualmente en
reuniones ordinarias (art. 12); con la f‌i nalidad de aprobar
el Plan de Acción Anual; así como otras actividades no
contempladas en el mismo;
Que, la ejecución de las iniciativas, actividades
y proyectos considerados en el Plan de Acción anual
del CDS, son compromisos adquiridos por los Estados
Miembros y contempla la conformación de grupos de
trabajos multinacionales con personal profesional
y especialista en temas específ‌i cos, quienes en
cumplimiento al art. 13 del Estatuto, formularán
propuestas y sugerencias por Consenso, para ser
elevado a la instancia superior;
Que, las actividades del Plan de Acción 2014 fueron
aprobadas por las Ministras y Ministros de Defensa en la V
Reunión Ordinaria del Consejo de Defensa Suramericano,
que se realizó en la ciudad de Paramaribo, República de
Suriname el 20 de febrero de 2014, donde ratif‌i can su
f‌i rme empeño en la consolidación de Suramérica como
Zona de Paz, por medio de la promoción permanente de

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