RESOLUCION SUPREMA N° 341-2015-DE/EP - Autorizan viajes de oficiales y empleadas civiles médicos del Ejército del Perú a Argentina, Colombia, Brasil, México y Austria, en misión de estudios.

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2015
560493
NORMAS LEGALES
Martes 1 de setiembre de 2015
El Peruano
/
disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en
su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el
tiempo Compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 9°.- La presente autorización no dará derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 10°.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de
Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1281607-2
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 341-2015-DE/EP
Lima, 31 de agosto de 2015
VISTO:
El O cio Nº 1547/C-5.b del 13 de julio de 2015, del
Director de Educación y Doctrina del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta de fecha 06 de marzo de 2015,
la Supervisora de la Unidad de Ensino, comunica que el
Departamento de Urología de la Fundación de la Santa
Casa de Misericordia de Porto Alegre de la Republica
Federativa del Brasil , hace extensiva la invitación al
Capitán EP Marco Antonio VASQUEZ MORALES, por tres
(03) meses (Setiembre, Octubre y Noviembre) de 2015,
para rotar por ese servicio;
Que, con el documento del visto, el Director de
Educación y Doctrina del Ejército comunica al Director de
Relaciones Internacionales del Ejército, que el General
de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la
designación del Capitán EP Marco Antonio VASQUEZ
MORALES, para realizar la pasantía en Urología en la
Fundación Santa Casa de Misericordia, de la Ciudad de
Porto Alegre, República Federativa del Brasil, del 01 de
setiembre al 30 de noviembre de 2015;
Que, es conveniente para los intereses del instituto
autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del
O cial Subalterno antes mencionado, lo que permitirá
al Ejército del Perú disponer de un O cial altamente
capacitado como profesional de la salud en Urología,
a n de que desarrolle y demuestre aptitudes, para
tratar en forma e ciente al personal de la institución,
particularmente en pacientes de esta especialidad, con
los nuevos avances tecnológicos de la medicina;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización de
viaje, se efectuarán con cargo del Presupuesto Institucional
del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del
Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los
vuelos internacionales y con el n de prever la participación
del O cial Subalterno mencionado durante la totalidad de
la pasantía, es necesario autorizar su salida del país con
un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01)
día posterior al término del mismo, sin que estos días
adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre
de 2014, dispone que el monto de la compensación
extraordinaria mensual por servicio en el extranjero,
será reducido en la misma cantidad que la boni cación
otorgada de conformidad con los literales a), b) o c)
del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto
Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos
aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y
policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº
28359 – Ley de Situación Militar de los O ciales de las
Fuerzas Armadas, modi cado por la Ley Nº 29598 y por el
Decreto Legislativo Nº 1143, el personal militar nombrado
en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta
del Estado en el extranjero está impedido de solicitar
su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta
después de haber servido en su respectiva Institución
Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la
respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado
en el citado artículo 26º; y conforme a su Reglamento,
aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/
SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas
modi catorias, el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de
fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº
009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013;
Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial
Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone
que los órganos competentes, organismos públicos
descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del
sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus
propuestas de Resolución Suprema de autorización de
viajes del personal militar y civil del sector, una disposición
que precise, en los casos que corresponda, que el
otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual
por servicios en el extranjero se hará por días reales y
efectivos, independientemente de la modalidad del viaje,
conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al
exterior del personal militar y civil del Sector Defensa,
aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del
26 de enero de 2004 y sus modi catorias;
Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº
1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
Ley Nº 27619 -Ley que regula la autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos y su
Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modi catorias;
el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero
de 2004 y sus modi catorias, que reglamentan los viajes
al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre
de 2014, que establece disposiciones respecto a montos
por Compensación Extraordinaria por Servicios en el
Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en
el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y
Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal
militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto
Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos órganos
del Ministerio; y,
Estando a lo propuesto por el General de Ejército
Comandante General del Ejército y lo acordado con el
señor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión
de Estudios, al Capitán EP Marco Antonio VASQUEZ
MORALES, identi cado con DNI Nº 09978791, para
realizar la pasantía en Urología en la Fundación Santa
Casa de Misericordia, de la Ciudad de Porto Alegre,
República Federativa del Brasil, del 01 de setiembre al 30
de noviembre de 2015.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al
presupuesto institucional del Año Fiscal 2015, de acuerdo
a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos:
Lima - Porto Alegre (República Federativa del Brasil)
Lima - (Clase económica)
US$ 1,000.00 x 1 persona US$ 1,000.00
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero
R$ 12,910.33 x 3 meses x 1 persona (01 Set - 30 Nov 15) R$ 38,730.99
Artículo 3º.- El otorgamiento de la compensación
extraordinaria mensual por servicio en el extranjero,
se hará por los días reales y efectivos de servicios en
el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, del
26 de enero de 2004 y sus modi catorias; y, de acuerdo
al Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre
de 2014, norma que establece disposiciones respecto a

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