RESOLUCION SUPREMA N° 339-2015-DE/EP - Autorizan viajes de oficiales y empleadas civiles médicos del Ejército del Perú a Argentina, Colombia, Brasil, México y Austria, en misión de estudios.

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2015
560490 NORMAS LEGALES Martes 1 de setiembre de 2015 /
El Peruano
elaboración, disminuyendo la posibilidad de vehiculizar
agentes patógenos de importancia cuarentenaria. Para
su ingreso al país no requieren de Permiso Sanitario
de Importación, pero deberán contar con el Certi cado
Sanitario de Exportación original cumpliendo con
los requisitos sanitarios que se establezcan y serán
inspeccionados en el punto de ingreso al país.
3. Categoría de Riesgo Tres (3): Productos y
subproductos de origen animal, cuyo proceso de
elaboración o industrialización no garantiza la destrucción
de agentes patógenos de importancia cuarentenaria. Para
su ingreso al país deben contar con el Permiso Sanitario
de Importación y el Certi cado Sanitario de Exportación
original y serán inspeccionados en el punto de ingreso al
país.
4. Categoría de Riesgo Cuatro (4): Productos primarios
de origen animal, de uso directo o sin transformación. Para
su ingreso al país deben contar con el Permiso Sanitario
de Importación y el Certi cado Sanitario de Exportación
original y serán inspeccionados en el punto de ingreso al
país.
5. Categoría de Riesgo Cinco (5): En esta categoría
se agrupan animales, material de reproducción u otros
productos de origen animal considerados de mayor riesgo
sanitario para la introducción de agentes patógenos de
enfermedades. Para su ingreso al país deben contar
con el Permiso Sanitario de Importación y el Certi cado
Sanitario de Exportación original y serán inspeccionados
en el punto de ingreso al país.
Artículo 2º.- Establecer la clasi cación de mercancías
pecuarias según las categorías de riesgo y la partida
arancelaria de conformidad con el Anexo de la presente
Resolución.
Artículo 3º.- El Anexo señalado en el Artículo
precedente será publicado en la página web del SENASA
(www.senasa.gob.pe).
Artículo 4°.- Déjese sin efecto Resolución Directoral-
0012-2015-MINAGRI-SENASA-DSA.
Artículo 5°.- El SENASA, a través de la Dirección de
Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias
complementarias a n de garantizar el cumplimiento de
la presente norma.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL QUEVEDO VALLE
Director General
Dirección de Sanidad Animal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
1281259-1
Designan Asesora en Temas de Servicios
Ambientales de la Dirección Ejecutiva del
SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 101-2015-SERFOR-DE
Lima, 25 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna
Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna
Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico
especializado con personería jurídica de derecho público
interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio
de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego;
se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones -
ROF del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre,
el cual establece que el SERFOR cuenta con una
estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos
de administración interna y órganos de línea;
Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor en Temas
de Servicios Ambientales de la Dirección Ejecutiva del
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR;
por lo que resulta pertinente designar al servidor que
desempeñará dicho cargo, considerado de con anza;
Con las visaciones de la Secretaría General y la
O cina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo
en el nombramiento y designación de funcionarios
públicos, y el literal p del artículo 10 del Reglamento de
Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal
y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº
007-2013-MINAGRI y modi cado por Decreto Supremo
N° 016-2014-MINAGRI.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a
la señorita ROXANA ISABEL ORREGO MOYA en el
cargo de Asesora en Temas de Servicios Ambientales
de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal
y de Fauna Silvestre-SERFOR, cargo considerado de
con anza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de
Fauna Silvestre
1281596-1
DEFENSA
Autorizan viajes de oficiales y empleadas
civiles médicos del Ejército del Perú a
Argentina, Colombia, Brasil, México y
Austria, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 339-2015-DE/EP
Lima, 31 de agosto de 2015
VISTO:
El O cio N° 1784/C-5.b del 23 de julio de 2015, del
Director de Educación y Doctrina del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta S/N, el Jefe de Unidad Endoscopia
del Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz de la
Unidad de Endoscopia Peroral – GCBA, comunica que
la Doctora Karina Lizeth DELGADO HUERTA, Médico
Neumólogo del Hospital Militar Central del Ejército del
Perú, es aceptada para rotar en el periodo comprendido
del 01 de setiembre al 30 de noviembre de 2015, en la
Unidad de Endoscopia Peroral, para realizar prácticas
vinculadas a la Neumología Intervencionista, en la Ciudad
de Buenos Aires, República Argentina;
Que, con el documento del visto, el Director de
Educación y Doctrina del Ejército comunica al Director de
Relaciones Internacionales del Ejército, que el General
de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la
designación de la Mayor EP Karina Lizeth DELGADO
HUERTA, para realizar la pasantía en Neumología
Intervencionista, en el Hospital de Infecciosas Francisco
Javier Muñiz de la Unidad de Endoscopia Peroral – GCBA,
en la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 01
de setiembre al 30 de noviembre de 2015;
Que, es conveniente para los intereses del instituto
autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del
personal militar antes mencionada, lo que permitirá
al Ejército del Perú disponer de una O cial altamente
capacitada como profesional de la salud en Neumología
Intervencionista, a n de que desarrolle y demuestre
aptitudes, para tratar en forma e ciente al personal
de la institución, particularmente en pacientes de esta
especialidad, con los nuevos avances tecnológicos de la
medicina;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo del Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora
003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13°
del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de
junio de 2002;

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