RESOLUCION SUPREMA N° 300-2015-DE/MGP - Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a México, en comisión de servicios

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición24 de Julio de 2015
558042 NORMAS LEGALES Viernes 24 de julio de 2015 /
El Peruano
Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, dentro
del plazo establecido, debiendo remitir a la Presidencia
del Consejo de Ministros, el Informe de los respectivos
resultados, así como de la ejecución de las acciones
inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma;
De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de
Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea
(SINAGERD); los numerales 68.1, 68.2 y 68.3 del artículo 68
del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema
Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de
Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco
de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión de
Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobada por Decreto
Supremo N° 074-2014-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y
con cargo a dar cuenta al Congreso de la República:
DECRETA:
Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia
Declárese el Estado de Emergencia por peligro
inminente por erosión costera, en los Balnearios de
Huanchaco, Las Delicias y Buenos Aires, ubicados
en los distritos de Huanchaco, Víctor Larco Herrera y
Moche, respectivamente, de la provincia de Trujillo, en el
departamento de La Libertad, por el plazo de sesenta (60)
días calendario, para la ejecución de acciones inmediatas
y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de La Libertad, la Municipalidad
Provincial de Trujillo, las Municipalidades distritales de
Huanchaco, Víctor Larco Herrera y Moche, respectivamente,
con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto
Nacional de Defensa Civil – INDECI y la participación del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Ministerio de Salud;
el Ministerio de Defensa y demás instituciones y organismos
públicos y privados involucrados, en cuanto les corresponda,
ejecutarán las acciones inmediatas y necesarias destinadas a
la reducción del muy alto riesgo existente.
Estas acciones comprenden, entre otras, el
reforzamiento y recrecimiento del enrocado existente en
los balnearios de Las Delicias y Buenos Aires y trabajos
de regeneración de playa en el balneario de Huanchaco
por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
así como otras acciones que puedan ser modif‌i cadas de
acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que
se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas
en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes
y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, el Ministro de Salud y el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés
días del mes de julio del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1267415-2
Autorizan al Ministro de la Producción
a ausentarse del país, y encargan su
Despacho al Ministro de Transportes y
Comunicaciones
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 190-2015-PCM
Lima, 23 de julio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el señor Piero Eduardo Ghezzi Solís, Ministro de
Estado en el Despacho de la Producción, se ausentará
del país por motivos personales del 29 de julio al 03 de
agosto de 2015;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la
ausencia del país del Titular del Ministerio de la Producción
y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure la misma;
De conformidad con el artículo 127 de la Constitución
Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la
Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar al señor Piero Eduardo Ghezzi
Solís, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción,
a ausentarse del país por motivos personales del 29 de
julio al 03 de agosto de 2015.
Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ministerio de la
Producción al señor José David Gallardo Ku, Ministro de
Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones,
a partir del 29 de julio de 2015, y en tanto dure la ausencia
del Titular.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no
irrogará gasto alguno al Tesoro Público, y no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
1267414-7
DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la Marina de
Guerra del Perú a México, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 300-2015-DE/MGP
Lima, 23 de julio de 2015
Visto, el Of‌i cio P.200-1582 del Director General del
Personal de la Marina, de fecha 3 de junio de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, el Comandante Local de Control Operativo de
la Armada de México (COLCO MÉXICO), ha cursado
invitación para que una delegación de la Marina de Guerra
del Perú, en representación de la Organización de Control
Naval de Tráf‌i co Marítimo (ORGACONTRAM), se integre
al grupo de observadores que tomarán parte en el ejercicio
de Control Naval de Tráf‌i co Marítimo “TRANSAMERICA
VIII”, a realizarse en la ciudad de México D.F., Estados
Unidos Mexicanos, del 3 al 14 de agosto de 2015;

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