RESOLUCION SUPREMA N° 241-2015-DE/MGP - Autorizan ampliación de permanencia en Colombia de oficial de la Marina de Guerra del Perú, en misión de estudios

Fecha de disposición20 Junio 2015
Fecha de publicación20 Junio 2015
El Peruano
Sábado 20 de junio de 2015 555545
CIENTO (40%) del que corresponde a la zona geográ ca,
de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N°
696-2013-DE/SG, de fecha 16 de agosto de 2013, el cual
aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de
la escala detallada en el artículo 5° del Decreto Supremo
N° 047-2002-PCM, modi cado por el artículo 1° del Decreto
Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones
que incluyan nanciamiento parcial de viajes al exterior del
Personal Militar y Civil del Sector Defensa;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los
vuelos internacionales y con el n de prever la participación
del personal comisionado durante la totalidad de la actividad,
es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de
anticipación, así como su retorno un (1) día después de la
misma;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las
normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos
que se otorguen serán por cada día que dure la misión
o cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una
sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto
de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a
cualquier país de América;
Que, los gastos que ocasione la presente Comisión
de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional para el Año Fiscal 2015 del Ministerio de
Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General,
de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que
regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores
y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, del 05 de junio de
2002 y su modi catoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-
PCM del 18 de mayo de 2013; el Reglamento de Viajes
al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa,
aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del
26 de enero de 2004 y sus modi catorias; y el Decreto
Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del
Ministerio;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio del Coronel FAP Julio César AYIN FOSSA,
identi cado con DNI N° 43344077 y del Coronel FAP
Javier Martín TUESTA MARQUEZ, identi cado con DNI
N° 43334581, para que participen en la actividad extra
plan IV. “Continuar con la actividad 3.b del Plan de Acción
2014, Grupo de Trabajo constituido por especialistas
con el propósito de presentar el proyecto, desarrollo y
producción regional de un sistema de aeronaves no-
tripuladas (VANT UNASUR)”, que se llevará a cabo
en la ciudad de San José de los Campos, San Pablo,
República Federativa del Brasil, entre los días 01 y 03
de julio de 2015; autorizando su salida del país el 30 de
junio y el retorno el 04 de julio de 2015.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad
Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos
que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos:
US$ 370.00 x 2 personas x 4 días x 40% US$ 1,184.00
------------
TOTAL A PAGAR: US$ 1,184.00
Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de la
fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo
cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme
a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N°
047 – 2002-PCM.
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se re ere el artículo 1º, sin exceder el total de días
autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza
el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no
da derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
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Autorizan ampliación de permanencia
en Colombia de oficial de la Marina de
Guerra del Perú, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 241-2015-DE/MGP
Lima, 19 de junio de 2015
Visto, el O cio N.1000-210 del Director General de
Educación de la Marina, de fecha 4 de febrero de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 064-2014-DE/
MGP, de fecha 13 de febrero de 2014, se autorizó el viaje al
exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Ricardo
URDANIVIA Morales, para que realice una Pasantía en la
Flotilla de Submarinos, ciudad de Cartagena de Indias,
República de Colombia, del 15 de febrero de 2014 al 14 de
febrero de 2015;
Que, el Comandante de la Armada Nacional de
Colombia, ha informado al Comandante General de la
Marina de Guerra del Perú, la aceptación de la ampliación
de permanencia del Teniente Primero Ricardo URDANIVIA
Morales, en la referida pasantía, a partir del 15 de febrero
de 2015 al 14 de febrero de 2016;
Que, asimismo, por razones del servicio, se ha visto por
conveniente que la referida ampliación de permanencia en
Misión de Estudios, sea considerada, del 15 de febrero al
30 de junio de 2015;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,
autorizar la ampliación de permanencia en el exterior
en Misión de Estudios del Teniente Primero Ricardo
URDANIVIA Morales, para que continúe participando en
la Pasantía en la Flotilla de Submarinos, a realizarse en
la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia,
del 15 de febrero al 30 de junio de 2015; por cuanto los
conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en
bene cio de la Marina de Guerra del Perú, debido que
permitirá continuar las relaciones con la Armada Nacional
de Colombia, generando un intercambio de información
entre profesionales navales; asimismo, el citado O cial
participante tendría la oportunidad de operar equipos de
última tecnología de las unidades submarinas similares a
las que tienen las otras armadas de la Región;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización de
viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional
del Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina
de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio
de 2002;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo
Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone
que el monto de la compensación extraordinaria mensual
por servicio en el extranjero, será reducido en la misma
cantidad que la boni cación otorgada de conformidad con
los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo
Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva
estructura de ingresos aplicable al personal militar de las
Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº
establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto

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