RESOLUCION SUPREMA N° 207-2015-IN - Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a EE.UU., en comisión de servicios.

Fecha de disposición06 Octubre 2015
Fecha de publicación06 Octubre 2015
SecciónSección Única
563416 NORMAS LEGALES Martes 6 de octubre de 2015 /
El Peruano
INTERIOR
Autorizan viaje de personal de
la Policía Nacional del Perú a
EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 207-2015-IN
Lima, 5 de octubre de 2015
VISTOS; la Resolución N° 023/15/cdfdnlp de
fecha 7 de setiembre de 2015, de la Federación
Deportiva Nacional de Levantamiento de Potencia; y,
el Memorándum Nº 2223-2015-DIRGEN-PNP/EMP-
OCNI de fecha 23 de setiembre de 2015, de la Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución N° 023/15/cdfdnlp de fecha
7 de setiembre de 2015, la Federación Deportiva
Nacional de Levantamiento de Potencia convocó
al suboficial Técnico de Segunda de Servicios
de la Policía Nacional del Perú Andrés Enrique
Albornoz Tinoco para que participe del “Campeonato
Mundial Powerlifting, G.P.A (GLOBALL POWERLIFE
ALLIANCE)” como atleta seleccionado nacional de la
Federación Deportiva Nacional de Levantamiento de
Potencia, a realizarse del 8 al 11 de octubre de 2015,
en la ciudad de Athens-Georgia-Estados Unidos de
América;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº
824-2015-DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 23 de
setiembre de 2015, el Estado Mayor Personal de la
Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en
base a los argumentos y documentos señalados en la
referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente
que la Dirección General de la Policía Nacional del
Perú autorice el viaje al exterior del país en comisión de
servicios del 7 al 11 de octubre de 2015, del subof‌i cial
Técnico de Segunda de Servicios de la Policía Nacional
del Perú Andrés Enrique Albornoz Tinoco, a la ciudad de
Athens-Georgia-Estados Unidos de América, para que
participe en el evento mencionado en el considerando
precedente;
Que, en atención a los documentos sustentatorios
sobre el particular, con Memorándum Nº
2223-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 23 de
setiembre de 2015, la Dirección General de la Policía
Nacional del Perú, autorizó el viaje mencionado en el
considerando anterior, disponiendo la formulación de la
resolución autoritativa correspondiente y señalando que
irrogará gastos al Estado;
Que, es conveniente para el interés institucional
autorizar el referido viaje al exterior del país, ya que
permitirá fomentar el espíritu deportivo, intercambiar
experiencias, y estrechar lazos de cooperación;
debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha
participación, por concepto de viáticos y pasajes aéreos
(incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto), serán
asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de
Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú,
del Pliego 007, Ministerio del Interior;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba
las normas reglamentarias sobre autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos, la resolución de autorización de viajes al
exterior de la República estrictamente necesarios,
será debidamente sustentada en el interés nacional
o en el interés específico de la institución y deberá
indicar expresamente el motivo del viaje, el número de
días de duración del viaje, el monto de los gastos de
desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única
de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral
10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
las excepciones a la prohibición de viajes al exterior
de servidores o funcionarios públicos y representantes
del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta
por el referido numeral, deben canalizarse a través de
la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza
mediante Resolución Suprema refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es
publicada en el diario of‌i cial “El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas
reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos y modif‌i catorias;
Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio del
Interior; el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo
N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país
en comisión de servicios, del subof‌i cial Técnico de
Segunda de Servicios de la Policía Nacional del Perú
Andrés Enrique Albornoz Tinoco, del 7 al 11 de octubre
de 2015, a la ciudad de Athens-Georgia-Estados
Unidos de América, para los f‌i nes expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos
y pasajes aéreos incluyendo la tarifa única de uso
de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace
referencia en el artículo precedente, se efectuarán
con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de
Economía y f‌i nanzas de la Policía Nacional del Perú,
del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al
siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total $
Viáticos $ 440.00 4 X 1 = 1,760.00
Pasajes aéreos $ 1,765.00 X 1 = 1,765.00
--------------
3,525.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días
calendario de efectuado el viaje, el personal policial a
que se ref‌i ere el artículo 1° de la presente resolución
deberá presentar ante el Titular del Sector un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas
debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su
clase o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
1296281-5

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