RESOLUCION SUPREMA N° 180-2015-JUS - Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación por vía diplomática a la República Argentina

Fecha de publicación19 Septiembre 2015
Fecha de disposición19 Septiembre 2015
561807
NORMAS LEGALES
Sábado 19 de setiembre de 2015
El Peruano
/
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradición activa
de ciudadano peruano y disponen su
presentación por vía diplomática a la
República Argentina
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 180-2015-JUS
Lima, 18 de setiembre de 2015
VISTO; el Informe de la Comisión Of‌i cial de
Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 139-
2015/COE-TC, del 08 de setiembre del 2015, sobre la
solicitud de extradición activa a la República Argentina
del ciudadano peruano LUIS MIGUEL SUÁREZ
CONTRERAS, formulada por el Décimo Juzgado Penal
de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto
Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las
extradiciones activas y pasivas;
Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala
Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de
la República, mediante Resolución Consultiva de fecha
26 de agosto del 2015, declaró procedente la solicitud de
extradición activa del ciudadano peruano LUIS MIGUEL
SUÁREZ CONTRERAS, para ser procesado por la
presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y
la Salud - Homicidio Simple, en agravio de Víctor Andrés
Aguirre Pare (Expediente Nº 98 - 2015);
Que, el literal a) del artículo 28º de las Normas referidas
al comportamiento judicial y gubernamental en materia
de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas
por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece
que la Comisión Of‌i cial de Extradiciones y Traslado de
Condenados propone al Consejo de Ministros, a través
del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o
no al pedido de extradición activa formulado por el órgano
jurisdiccional competente;
Que, la Comisión Of‌i cial de Extradiciones y Traslado
de Condenados ha emitido la opinión correspondiente
mediante el Informe Nº 139-2015/COE-TC, del 08 de
setiembre del 2015, en el sentido de acceder a la solicitud
de extradición;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del
por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al
Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa,
mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo
del Consejo de Ministros, previo informe de la referida
Comisión Of‌i cial;
De conformidad con el Tratado de Extradición entre la
República de Perú y la República Argentina, suscrito en
la ciudad de Buenos Aires 11 de junio de 2004 y vigente
desde el 19 de julio de 2006;
En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición
activa del ciudadano peruano LUIS MIGUEL SUÁREZ
CONTRERAS, formulada por el Décimo Juzgado Penal
de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada
procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema de Justicia de la República, para ser procesado
por la presunta comisión del delito contra la Vida, el
Cuerpo y la Salud - Homicidio Simple, en agravio de Víctor
Andrés Aguirre Pare, y disponer su presentación por vía
diplomática a la República Argentina, de conformidad con
el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales
peruanas aplicables al caso.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema
será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos
Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1289821-4
Autorizan transferencia inanciera del
Ministerio a favor de Gobiernos Locales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0254-2015-JUS
Lima, 18 de setiembre de 2015
VISTOS, el Informe Nº 77-2015-JUS-CMAN/SE-JMV
y el Of‌i cio Nº 1257-2015-JUS/SE-CMAN, de la Secretaría
Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel
encargada del seguimiento de las acciones y políticas del
Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y
la reconciliación nacional - CMAN; el Of‌i cio Nº 1897-2015-
JUS/OGPP-OPRE y 1939-2015-JUS/OGPP, de la Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº
528-2015-JUS/OGAJ, de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral
de Reparaciones – PIR, en adelante, la Ley, establece
el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones
- PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante
el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000,
conforme a las conclusiones y recomendaciones del
Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS se
aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, en adelante
el Reglamento, el cual establece los mecanismos,
modalidades y procedimientos del Programa Integral de
Reparaciones – PIR, que tiene la f‌i nalidad de reparar a
las víctimas del proceso de violencia consideradas como
tales en la Ley, con el objeto de contribuir a af‌i rmar la
paz y la concordia entre los peruanos, propender a la
reconciliación nacional;
Que, de acuerdo con el artículo 25º del Reglamento,
el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por
objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social
e institucional, material y económico–productivo de las
familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por
el proceso de violencia;
se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel
encargada del seguimiento de las acciones y políticas del
Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y
la reconciliación nacional – CMAN al Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos;
Que, conforme a lo establecido en el acápite iv)
del literal a) del inciso 12.1 del artículo 12º de la Ley
Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015, se autoriza de manera excepcional
transferencias f‌i nancieras para atender la operatividad
del Plan Integral de Reparaciones – PIR, las mismas que
se efectúan mediante resolución del titular del pliego y se
publican en el Diario Of‌i cial “El Peruano”;
Que, mediante documento de vistos, la Comisión
Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento
de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos
de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación
nacional - CMAN, solicita se expida la Resolución
Ministerial que apruebe una transferencia a f‌i n de
f‌i nanciar veintiún (21) convenios suscritos con diversos
Gobiernos Locales en el marco del PIR, señalando
además que dichos convenios no contienen proyectos
que se encuentren enmarcados en el Sistema Nacional
de Inversión Pública – SNIP;
Que, la Of‌i cina General de Planeamiento y
Presupuesto mediante documento de vistos, emite

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR