RESOLUCION SUPREMA N° 070-2015-IN - Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina, en comisión de servicios

Fecha de disposición17 Enero 2015
Fecha de publicación17 Enero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Sábado 17 de enero de 2015 544917
Artículo 4.- De conformidad con el artículo 36 del
aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM,
modif‌i cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 022-
97-EM, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1
de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera
con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto
a la ejecución de los estudios y al cumplimiento del
Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección
General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el diario of‌i cial El Peruano por una sola vez
y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1188074-1
INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la
Policía Nacional del Perú a Argentina,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 070-2015-IN
Lima, 16 de enero de 2015
VISTOS; los mensajes con referencia CR 15786/14/
G9/AFPA de fecha 27 de noviembre de 2014 y CR
15786/14/UDI/G.9/FEF de fecha 18 de diciembre de 2014,
de la Of‌i cina Central Nacional de INTERPOL en Buenos
Aires; y, el Memorándum Múltiple Nº 06-2015-DIRGEN-
PNP/EMP-OCNI de fecha 7 de enero de 2015, de la
Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al procedimiento simplif‌i cado
de entrega establecido en el artículo XIV del Tratado
de Extradición suscrito entre la República Argentina y
la República del Perú, en el que: “El Estado requerido
podrá conceder la extradición si la persona reclamada,
con asistencia letrada y ante la autoridad judicial de ese
Estado, prestare su expresa conformidad de ser entregada
al Estado Requirente, después de haber sido informada
acerca de sus derechos a un procedimiento formal y de la
protección que éste le brinda”;
Que, mediante mensajes con referencia CR 15786/14/
G9/AFPA de fecha 27 de noviembre de 2014 y CR 15786/14/
UDI/G.9/FEF de fecha 18 de diciembre de 2014, la Of‌i cina
Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires, puso en
conocimiento de la Of‌i cina Central Nacional de INTERPOL
en Lima, que el ciudadano peruano David Benito Ramírez
Lázaro, quien se encuentra requerido por la autoridad
judicial peruana, prestó su conformidad para ser extraditado,
motivo por el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto de la Nación de la República Argentina ha concedido
def‌i nidamente tal extradición simplif‌i cada; en ese sentido
solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los
funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar
y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos
Aires, República Argentina hacia territorio peruano;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 07-2015-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 5 de enero de 2015,
el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la
Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y
documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y
Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de
la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior del
país en comisión de servicios del 19 al 23 de enero de 2015,
del Subof‌i cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú
Marco Antonio Pérez Gonzales y de la Subof‌i cial Técnico
de Segunda de la Policía Nacional del Perú Hilda Consuelo
Manosalva Becerra, a la ciudad de Buenos Aires, República
Argentina, para que ejecuten la extradición simplif‌i cada del
ciudadano peruano David Benito Ramírez Lázaro, quien
se encuentra requerido por la Sala Mixta Permanente de
Trujillo de la Corte Superior de Justicia de la Libertad, para
ser procesado por la presunta comisión del delito contra el
Patrimonio - Robo agravado, en agravio de Carlos Alberto
Quipuzco Visitación y Laura Ruth Solano Guzmán;
Que, en atención a los documentos sustentatorios
sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº
06-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 7 de enero
de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del
Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado,
disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de
resolución autoritativa correspondiente y señalando que
los gastos por concepto de viáticos para el personal policial
serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la
Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas
de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio
del Interior; mientras que los gastos correspondientes
a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal
policial y el extraditable serán asumidos por la Gerencia
de Administración del Poder Judicial, a través de la
Sub Gerencia de Contabilidad, conforme lo establece
la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ “Procedimientos para
la Adecuada Administración del Fondo para Pagos en
Efectivo del Poder Judicial” y la Directiva Nº 011-2008-
CE/PJ “Normas y Procedimientos para el Traslado de
Personas Requisitoriadas por Orden Judicial”;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés específ‌i co de la
institución y deberá indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de
los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por
tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución
Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de
Ministros, la misma que es publicada en el diario of‌i cial
“El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios
Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante
el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la
autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios
la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-
2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía
Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión
de servicios, del 19 al 23 de enero de 2015, del Subof‌i cial
Brigadier de la Policía Nacional del Perú Marco Antonio Pérez
Gonzales y de la Subof‌i cial Técnico de Segunda de la Policía
Nacional del Perú Hilda Consuelo Manosalva Becerra, para
que ejecuten la extradición simplif‌i cada del ciudadano peruano
David Benito Ramírez Lázaro, quien se encuentra requerido
por la Sala Mixta Permanente de Trujillo de la Corte Superior
de Justicia de la Libertad, para ser procesado por la presunta
comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en
agravio de Carlos Alberto Quipuzco Visitación y Laura Ruth
Solano Guzmán, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires,
República Argentina.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo
precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora
002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior,
de acuerdo al siguiente detalle:

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