RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2011-PRODUCE/DGEPP - Otorgan licencia a Pesquera Juanita S.R.L. para la operación de planta de congelado de productos hidrobiológicos ubicada en el departamento de Lima

Fecha de disposición28 Enero 2011
Fecha de publicación28 Enero 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 28 de enero de 2011
435082
se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos
para consumo humano directo, indirecto o al uso
industrial no alimenticio, requerirán de autorización para
la instalación o aumento de la capacidad de operación del
establecimiento industrial y de licencia para la operación
de cada planta de procesamiento;
Que, mediante Resolución Directoral N° 145-2010-
PRODUCE/DGEPP del 11 de marzo del 2010, se
otorgó a INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C.
autorización para la instalación de un establecimiento
industrial pesquero para desarrollar las actividades de
procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de
las plantas de congelado y harina de pescado residual
de carácter accesorio y complementaria a su actividad
principal, con capacidades de 55 t/día y 7.5 t/h de
procesamiento de residuos y descartes de productos
hidrobiológicos, respectivamente, a ubicarse a la altura
del Km. 445 de la Carretera Panamericana Norte, distrito
y provincia del Santa, departamento de Ancash;
Que, mediante los escritos del visto, la empresa
INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C. solicita
se le otorgue, licencia para la operación de su planta
de congelado de productos hidrobiológicos, en su
establecimiento industrial pesquero citado en el
considerando precedente;
Que, la Dirección General de Asuntos Ambientales de
Pesquería, mediante Constancia de Verif‌i cación EIA N°
018-2010-PRODUCE/DIGAAP de fecha 07 de diciembre
del 2010, señala que la empresa INVERSIONES
FRIGORIFICAS PRC S.A.C., ha cumplido con implementar
las medidas de mitigación presentadas en su Estudio
de Impacto Ambiental para su planta de congelado de
productos hidrobiológicos;
Que, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP
mediante Protocolo Técnico para Licencia de Operación
N° PTL-011-10-CG-SANIPES de fecha 26 de octubre
del 2010, precisa que la citada planta de congelado se
adecua a los requerimientos de diseño, construcción y
equipamiento, según lo establecido en la Norma Sanitaria
para las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobada por
Decreto Supremo N° 040-2001-PE;
Que, de acuerdo a la evaluación efectuada a los
documentos que obran en el expediente, se desprende que
la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS PRC S.A.C.
ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en
el procedimiento N° 28 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado
por Resolución Ministerial N° 270-2010-PRODUCE, por lo
que resulta procedente lo solicitado;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano de la Dirección General de Extracción y
Procesamiento Pesquero a través de los Informes Técnico
N° 775-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch y Legal N° 1506-
2010-PRODUCE/DGEPP;
De conformidad con lo establecido en los artículos 43º
inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General
de Pesca, los artículos 49°, 52°, 53° numeral 53.1 y 54°
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento
N° 28 del Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto
Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modif‌i cado por
Resolución Ministerial N° 270-2010-PRODUCE;
En uso de las facultades conferidas por el artículo
aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y por el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de la Producción aprobado por el Decreto Supremo N°
010-2006- PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Otorgar a la empresa INVERSIONES
FRIGORIFICAS PRC S.A.C. licencia para la operación de
una planta de congelado de productos hidrobiológicos, con
destino al consumo humano directo, en su establecimiento
industrial pesquero ubicado a la altura del Km. 445 de
la Carretera Panamericana Norte, distrito y provincia
del Santa, departamento de Ancash, con la siguiente
capacidad instalada:
Congelado : 55 t/día y su almacenamiento de 806 t
Artículo 2°.- La empresa INVERSIONES
FRIGORIFICAS PRC S.A.C., deberá operar su planta de
congelado de productos hidrobiológicos, con sujeción a
las normas legales y reglamentarias del ordenamiento
jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación
del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y
seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo
sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá
contar con un sistema de seguridad del control del proceso
que garantice la sanidad y la óptima calidad del producto
f‌i nal, conforme dispone el Decreto Supremo N° 040-
2001-PE, así como deberá implementar los compromisos
asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calif‌i cado
favorablemente por la Dirección General de Asuntos
Ambientales de Pesquería según la Constancia de
Verif‌i cación EIA N° 018-2010-PRODUCE/DIGAAP de
fecha 07 de diciembre del 2010.
Artículo 3°.- El incumplimiento de lo señalado en el
artículo 2° de la presente Resolución, serán causal de
caducidad del derecho otorgado o de la aplicación de
las sanciones que pudieran corresponder, según sea el
caso.
Artículo 4°.- Incorporar en el Anexo II de la Resolución
Ministerial N° 041-2002-PRODUCE, la planta de
congelado de la empresa INVERSIONES FRIGORIFICAS
PRC S.A.C., con una capacidad instalada de 55 t/día,
conforme a la licencia otorgada por el artículo 1° de la
presente resolución.
Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control
y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección
Regional de la Producción de Ancash y consignarse en el
portal institucional del Ministerio de la Producción, cuya
dirección es: www.produce.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
YSAAC GUILLERMO CHANG DÍAZ
Director General de Extracción y
Procesamiento Pesquero
595267-1
Otorgan licencia a Pesquera Juanita
S.R.L. para la operación de planta de
congelado de productos hidrobiológicos
ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N°. 002-2011-PRODUCE/DGEPP
Lima, 03 de Enero del 2011
Visto los escritos con registro Nº 00094418-2010
y adjunto de fechas 06 y 14 de diciembre de 2010,
presentados por la empresa PESQUERA JUANITA
S.R.L.
CONSIDERANDO:
Que los artículos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley Nº
25977 – Ley General de Pesca – establecen que para la
autorización de instalación de establecimientos industriales
y para la operación de plantas de procesamiento de
productos pesqueros se requiere de la autorización y
licencia correspondientes, las que constituyen derechos
que el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio
de la Producción) otorga a plazo determinado y a nivel
nacional;
Que por Resolución Directoral Nº 985-2009-
PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de diciembre del 2009,
se otorgó a la empresa PESQUERA JUANITA S.R.L.
autorización para la instalación de un establecimiento
industrial pesquero para realizar las actividades de
procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de
las plantas de congelado y harina de pescado residual
de carácter accesorio y complementaria a su actividad
principal, a ubicarse en la Calle Siete S/N, Lote 1, distrito
de caleta de Carquín, provincia de Huaura, departamento
de Lima, con capacidades proyectadas de 30 t/día – su

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