Moyobamba, 22 de diciembre de 2023
VISTO:
El Informe N°153-2023-GRSM/GRPYP, de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; la Ley N°31358, y;
CONSIDERANDO:
Con Resolución Ejecutiva Regional N°053-2023-GRSM/GR, de fecha 04 de Enero de 2023, se aprobó las especificaciones de los gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes de Financiamiento del Pliego 459-Gobierno Regional del Departamento de San Martin para el año fiscal 2023;
Que, en el marco de los alcances de la Ley N° 31640 Ley de endeudamiento del Sector Publico para el año fiscal 2023, que modifica el artículo 1 de la Ley N° 31358 Ley que establece las medidas para la expansión del control concurrente 1.1 la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones publico privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el fondo nacional de financiamiento de la actividad empresarial del estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del sistema de control, cuyos montos superen los cinco millones, son objeto de control concurrente por parte de la contraloría General de la Republica;
Que, para dicho efecto, el numeral 2.1 del artículo 2 de la citada ley establece que los pliegos destinan hasta el 2% (dos por ciento) del valor total de las inversiones, desde la fase de...