Resolucion N° 961-2023-SUCAMEC . Disponen la baja de 23 Procedimientos Administrativos del TUPA de la SUCAMEC y aprueba la modificación de los plazos para resolver el recurso de reconsideración, a quince (15) días, de los Procedimientos Administrativos establecidos en el TUPA - SUCAMEC

Fecha de publicación08 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 6 de junio de 2023

VISTOS:

El Informe Técnico N° 033-2023-SUCAMEC-OGPP, de fecha 19 de enero de 2023, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00797-2023-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la Ley N° 27444), establece que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del Titular de los organismos constitucionalmente autónomos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2022-IN, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, que está constituido por ciento uno (101) procedimientos administrativos, un (01) procedimiento administrativo estandarizado y catorce (14) servicios prestados en exclusividad;

Que, con Ley N° 31603, que tiene por finalidad modificar el artículo 207 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se redujo el plazo para resolver el recurso de reconsideración de treinta (30) a quince (15) días;

Que, en aplicación de lo establecido en la Ley N° 31603, corresponde la modificación de los plazos para resolver el recurso de reconsideración, a quince (15) días, de los procedimientos administrativos establecidos en el TUPA de la SUCAMEC;

Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1213, Decreto Legislativo que regula los servicios de seguridad privada, dicha norma tiene por objeto regular la prestación y desarrollo de actividades de servicios de seguridad privada para la protección de personas y bienes, brindadas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas; asimismo, el artículo 5 del citado decreto...

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