RESOLUCION N° 8503-2014 - Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura y cierre de agencias y oficinas especiales ubicadas en el departamento de Lima

Fecha de disposición05 Marzo 2015
Fecha de publicación05 Marzo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 5 de marzo de 2015
547986
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4°
convocatoria a Elecciones Municipales Complementarias
se efectúa dentro de los noventa (90) días naturales
siguientes a la instalación de los Concejos Municipales
y se realizan el primer domingo del mes de julio del año
en que se inicia el mandato legal de las autoridades
municipales;
Que corresponde al Presidente de la República
iniciar el proceso electoral convocando a Elecciones,
mediante Decreto Supremo, conforme lo dispone
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 28 de febrero
de 2015, se ha convocado a Elecciones Municipales
Complementarias para el día domingo 5 de julio de 2015,
con la f‌i nalidad de elegir alcaldes y regidores en los
distritos detallados en el anexo que forma parte integrante
del mismo;
Que para ese efecto, el Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil debe elaborar sobre
la base del Registro Único de Identif‌i cación de las
Personas Naturales, el Padrón Electoral a emplearse
en los comicios referidos, de acuerdo a lo establecido
por el inciso d) del Artículo de la Ley N° 26497, Ley
Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil y Artículo 196° de la Ley N° 26859, Ley
Municipales, dispone que los extranjeros mayores de
18 años, residentes por más de dos (2) años continuos
previos a una elección, están facultados para elegir y
ser elegidos en las elecciones municipales, excepto en
las municipalidades de frontera, siempre y cuando estén
debidamente inscritos en el registro correspondiente, que
se encuentra a cargo del RENIEC;
Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 1° de la
Ley N° 27764, Ley que permite la inscripción de nuevos
ciudadanos durante procesos electorales, en todo proceso
electoral, el Padrón Electoral se cierra ciento veinte (120)
días antes de la realización de cualquier proceso electoral,
fecha a partir de la cual, no es posible efectuar variaciones
de domicilio, nombre ni otro dato que altere la información
contenida en el referido padrón;
Que la presente Resolución debe ser puesta
a conocimiento de la ciudadanía, a través de la
correspondiente publicación;
Estando a lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley
Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado
la Ley N° 27764, Ley que permite la inscripción de
nuevos ciudadanos durante procesos electorales, el
Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC,
aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/
RENIEC (10ABR2013) y el Decreto Supremo N° 001-
2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer el cierre del Padrón
Electoral con fecha 7 de marzo de 2015, para efecto del
desarrollo de las Elecciones Municipales Complementarias
a llevarse a cabo el día domingo 5 de julio de 2015, en las
circunscripciones comprendidas en el Anexo del Decreto
Supremo N° 011-2015-PCM, publicado en el Diario Of‌i cial
El Peruano el 28 de febrero de 2015.
Artículo Segundo.- Disponer el cierre del Registro
Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú, con fecha
07 de marzo de 2015.
Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de
Registro Electoral, Operaciones Registrales, Registros
de Identif‌i cación y Tecnología de la Información el
cumplimiento de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado
Nacional de Elecciones y de la Of‌i cina Nacional de
Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución
Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1207380-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de Crédito del
Perú la apertura y cierre de agencias
y oficinas especiales ubicadas en el
departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 8160-2014
Lima, 9 de diciembre de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito del
Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura
de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva;
y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la apertura de la
referida agencia;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”, y;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS
N° 240-2013;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del
Perú la apertura de una agencia, denominada “PDH
– Mexichem” ubicada en Av. Nugget N° 555, Urbanización
El Puente, distrito el Agustino, provincia y departamento
de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
1206840-1
RESOLUCIÓN SBS N° 8503 -2014
Lima, 23 de diciembre de 2014
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco de Crédito del
Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura
de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva;
y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justif‌i ca la apertura de la
referida of‌i cina;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “C”, y;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de
la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285 -2013; y,

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