RESOLUCION Nº 597-2015-MINEDU - Aprueban la “Norma Técnica para el Almacenamiento y Respaldo de la Información del Sistema Único de Planillas - SUP”

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición21 de Julio de 2015
557795
NORMAS LEGALES
Martes 21 de julio de 2015
El Peruano
/
Que, adicionalmente, el literal c) del artículo 12 del
Reglamento establece que es atribución del Consejo
de la Orden, otorgar la Condecoración en el Grado
de “AMAUTA”, previa evaluación de los expedientes
presentados ante la O cina de Trámite Documentario del
Ministerio de Educación; cuya decisión será inapelable;
Que en virtud del Acta de Sesión del Consejo de la
Orden de Palmas Magisteriales 2015, de fecha 07 de julio
de 2015, los miembros de dicho Consejo acordaron otorgar
las Palmas Magisteriales en el grado de AMAUTA al señor
MANUEL RANULFO MARTICORENA QUINTANILLA;
Que estando a lo acordado por el Consejo de la Orden;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley
N° 11192, que crea la recompensa honorí ca denominada
“Palmas Magisteriales”; su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo N° 007-2005-ED, modi cado por
Decreto Supremo N°005-2013-ED; en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modi cado por la Ley N° 26510; y en el Decreto Supremo
N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Otórguese las Palmas Magisteriales
en el Grado de AMAUTA al señor MANUEL RANULFO
MARTICORENA QUINTANILLA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1265285-8
Aprueban la “Norma Técnica para el
Almacenamiento y Respaldo de la
Información del Sistema Único de Planillas
- SUP”
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 597-2015-MINEDU
Lima, 20 de julio de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria del Decreto
Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
señala que el Ministerio de Educación se encuentra facultado
para dictar, en el ámbito de su competencia, las disposiciones
complementarias necesarias para perfeccionar su estructura
y mejorar su funcionamiento;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 124-2001-ED
se aprobó el Sistema Único de Planillas, desarrollado por
el Ministerio de Educación;
Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 386-2002-
INEI se aprobó la Directiva Nº 016-2002-INEI/DTNP,
denominada “Normas Técnicas para el Almacenamiento y
Respaldo de la Información procesada por las Entidades
de la Administración Pública”, cuyo objetivo es lograr
que las entidades de la administración pública tomen
las medidas necesarias para proteger y salvaguardar la
integridad y seguridad de la información;
Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Ministerio de Educación, aprobado por
O cina de Tecnologías de la Información y Comunicación,
dependiente de la Secretaría de Plani cación Estratégica,
tiene entre sus funciones, la de proponer, desarrollar e
implementar los documentos normativos y estándares
relacionados con el desarrollo de los sistemas de información,
adquisición y administración de equipamiento de cómputo,
redes y comunicaciones, y el uso de los recursos informáticos
del Sector Educación, en el marco de la normatividad vigente;
Que, el Jefe de la referida O cina, mediante
Memorándum Nº 1608-2015-MINEDU/SPE-OTIC remite el
Informe Técnico Nº 0053-2015-MINEDU/SPE-OTIC-UCSI,
a través del cual solicita y sustenta la necesidad de aprobar
la “Norma Técnica para el Almacenamiento y Respaldo de
la Información del Sistema Único de Planillas – SUP”, la
misma que tiene por nalidad establecer las disposiciones
técnicas que permitan el adecuado almacenamiento y
respaldo de la información administrada en el SUP, por
parte de los responsables de los Centros de Procesos
ubicados en las Direcciones Regionales de Educación
y Unidades de Gestión Educativa Local, garantizando la
disponibilidad e integridad de la información;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modi cada por la Ley Nº 26510; el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada
“Elaboración, Aprobación y Tramitación de Dispositivos
Normativos y Actos Resolutivos del Ministerio de Educación”,
aprobada por Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; y, la
Resolución Ministerial Nº 021-2015-MINEDU, modi cada
por la Resolución Ministerial Nº 178-2015-MINEDU, por
la que se delegan facultades a diversos funcionarios del
Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la “Norma Técnica para el
Almacenamiento y Respaldo de la Información del
Sistema Único de Planillas - SUP”; la misma que como
Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información
Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.
gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el Diario O cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DESILU LEON CHEMPEN
Secretaria General
1265285-1
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Designan Procurador Público Adjunto del
Fuero Militar Policial
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 136-2015-JUS
Lima, 20 de julio de 2015
VISTO, el O cio Nº 2596-2015-JUS/CDJE-ST, de la
Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del
Estado;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el
Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la nalidad
de fortalecer, uni car y modernizar la defensa jurídica del
Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional
e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de
similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
establece que es atribución del Consejo de Defensa
Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación
de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo;
Que, el numeral 13.1 del artículo 13º de la citada
norma, dispone que los Procuradores Públicos Adjuntos
están facultados para ejercer la defensa jurídica del
Estado, coadyuvando a la defensa que ejerce el
Procurador Público, contando con las mismas atribuciones
y prerrogativas que el titular;
Que, mediante el O cio Nº 071-2015-FMP/P de fecha
19 de marzo de 2015, el Presidente del Fuero Militar
Policial propone que se designe al señor abogado Julio
Alberto Medina López, como Procurador Público Adjunto
del Fuero Militar Policial;
Que, conforme al O cio de visto, la Secretaria Técnica
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que
el citado Consejo ha acordado proponer la designación
del señor abogado Julio Alberto Medina López, como
Procurador Público Adjunto del Fuero Militar Policial,
resultando pertinente emitir el acto correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y

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