Resolución nº 494-2020 de Superintendencia de Banca y Seguros, 30-01-2020

Fecha30 Enero 2020
EmisorSuperintendencia de Banca y Seguros
Tipo de documentoCOOPAC
COMENTARIOS AL PROYECTO DE TRIPTICO SOBRE TARJETA DE CREDITO



Lima, 30 de enero de 2020


Resolución S.B.S.

N° 494-2020


El Superintendente de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones



CONSIDERANDO:


Que, la Ley N° 30822 modificó la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, estableciendo nuevas disposiciones relativas a la regulación y supervisión de las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a captar recursos del público (en adelante, Coopac);


Que, el numeral 8 de la citada Disposición Final y Complementaria constituye un Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo exclusivo para las Coopac (FSDC), en cuyo numeral 8.6 se faculta a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a emitir el Reglamento del FSDC;


Que, mediante Resolución SBS N° 5061-2018 se aprobó el “Reglamento del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo” que establece la regulación del funcionamiento y operaciones del FSDC;


Que, mediante Resolución SBS N° 5646-2019 se modificó el citado reglamento, estableciéndose el monto de cobertura máxima por capital e intereses y la metodología del cálculo de las primas que las Coopac aportarán al FSDC;


Que, para el adecuado cumplimiento de lo establecido en las normas actualmente vigentes, a que se refieren los considerandos anteriores, resulta necesario establecer el procedimiento operativo para el cálculo y pago de primas que las Coopac aportarán al FSDC;


Contando con el informe técnico previo y positivo de viabilidad del procedimiento emitido por la Superintendencia Adjunta de Cooperativas y con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Cooperativas y Asesoría Jurídica; y,


En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 y los numerales 4-A y 8 de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General y, de acuerdo con las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;



RESUELVE:


Artículo Primero.- Aprobar el “Procedimiento Operativo para el Cálculo y Pago de las Primas al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo”, según se indica a continuación:


PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA EL CÁLCULO Y PAGO DE LAS PRIMAS AL FONDO DE

SEGURO DE DEPÓSITOS COOPERATIVO


Artículo 1.- Alcance

El presente procedimiento operativo es aplicable a las Cooperativas de Ahorro y Crédito no Autorizadas a Captar Recursos del Público (en adelante, Coopac).


Artículo 2.- Procedimiento Operativo para el Cálculo y Pago de las Primas al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC)

De acuerdo con el párrafo 13-C.2 del artículo 13-C del Reglamento del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo, aprobado por Resolución SBS N° 5061-2018 y su modificatoria (en adelante, el Reglamento), las Coopac miembros del FSDC son responsables por el cálculo y el pago correcto de la prima al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo dentro de los plazos establecidos. A fin de cumplir adecuadamente con lo señalado, deben sujetarse a los siguientes pasos:

Paso 1: Cálculo de la prima;

Paso 2: Remisión de los Anexos N° 17-A y N° 17-B;

Paso 3: Pago de la prima


Artículo 3.- Paso 1: Cálculo de la prima

3.1 Conforme con lo señalado en el artículo 13-E del Reglamento, las primas se calculan multiplicando la tasa trimestral que le corresponde...

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