Resolucion N° 48-2023-02.00. Aprueban segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar gastos derivados de la contratación de sociedad de auditoría

Fecha de publicación17 Marzo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 15 de marzo de 2023

VISTOS:

El Oficio N° 001183-2022-CG/GAD de fecha 03 de junio de 2022, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 071-2023-05.00, de fecha 23 de febrero de 2023 e Informe N° 43-2023-05.00 de fecha 13 de marzo de 2023 de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorando Nº 089-2023-07.00 suscrito el 23 de febrero de 2023 e Informe Nº034-2023-07.00, de fecha 13 de marzo de 2023, de la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe Nº 156-2023-03.01 de fecha 15 de marzo de 2023 de la Asesora Legal; el Informe Nº 97-2023-03.00, de fecha 15 de marzo de 2023, de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, es un Organismos Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme dispone el Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM; cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO); concordante con el artículo 20 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República; establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en la Entidad. La resolución del titular se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante el Oficio N° 001183-2022-CG/GAD, la Contraloría General de la República comunica al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del...

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