RESOLUCION N° 4466-2014-MP-FN - Ponen en funcionamiento la Oficina Descentralizada del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad Efectiva en el Distrito Fiscal de Lima Este

Fecha de publicación01 Noviembre 2014
Fecha de disposición01 Noviembre 2014
El Peruano
Sábado 1 de noviembre de 2014 536585
declaró nulo el acto de notificación dirigido a Javier
René Parisuaña Molleapaza, realizado el 12 de junio
de 2014 (fojas 6, vuelta), así como los actos posteriores
a dicha notificación, por verificarse que esta no había
sido diligenciada válidamente con las formalidades
previstas en el artículo 21, numeral 21.5, de la Ley Nº
Ante ello, con fecha 25 de agosto de 2014, el
burgomaestre de la comuna en cuestión remitió el Of‌i cio
Nº 072-2014-MPH/A (fojas 91 a 92), al cual adjuntó copia
certif‌i cada de la notif‌i cación del 11 de agosto de 2014 que
subsanó el error advertido por la Resolución Nº 762-2014-
JNE (fojas 103), así como copia certif‌i cada de la Carta
Nº 01-2014/R-JRPM (fojas 104), con la cual el regidor
afectado pone en conocimiento del concejo municipal que
recibió efectivamente tanto la notif‌i cación del 11 de julio
como la del 11 de agosto y, adicionalmente, que no ha
interpuesto medio impugnatorio alguno.
CONSIDERANDOS
1. Conforme al artículo 23 de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), la
vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada
por el correspondiente concejo municipal, en sesión
extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios
del número legal de sus miembros, previa notificación
al afectado para que ejerza su derecho de defensa.
2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a
las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional
de Elecciones verif‌i car la legalidad del procedimiento de
vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la
LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han
observado los derechos y garantías inherentes al debido
procedimiento.
3. Del análisis de autos se puede apreciar que, con
fecha 25 de agosto de 2014, mediante Of‌i cio Nº 072-
2014-MPH/A, Feliciano Pérez Machaca, alcalde de la
Municipalidad Provincial de Huancané, remitió al Jurado
Nacional de Elecciones copia certif‌i cada del documento
con el que se notif‌i có válidamente al regidor Javier René
Parisuaña Molleapaza con el Acuerdo de Concejo Nº 083-
2014-MPH/CM (fojas 103), en el que consta el acuerdo
que declaró su vacancia en el cargo de regidor, en
conformidad con lo requerido por la Resolución Nº 762-
2014-JNE.
4. Asimismo, se advierte que, mediante Carta Nº 01-
2014/R-JRPM (fojas 104), del 13 de agosto de 2014,
el regidor afectado puso en conocimiento del Concejo
Provincial de Huancané que sí había recibido tanto la
primera como la segunda notif‌i cación con la que se le
transmitió el Acuerdo de Concejo Nº 083-2014-MPH/CM,
entonces tomó conocimiento efectivo del citado acuerdo
desde el 12 de junio de 2014. En la misma carta, el regidor
también declara no haber presentado medio impugnatorio
alguno, pese a haber transcurrido en exceso el plazo
legal para realizar dicho acto. Lo mismo puede verif‌i carse,
además, en la constancia de no interposición de medio
impugnatorio, emitida por la Secretaría General de la
citada comuna con fecha 23 de setiembre de 2014 (fojas
125).
5. Por consiguiente, al haberse verif‌i cado la legalidad del
procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en
el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar
la decisión del concejo municipal y emitir la credencial
correspondiente del accesitario llamado por ley.
6. Finalmente, de conformidad con el artículo 24
de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es
reemplazado por el suplente, respetando la precedencia
establecida en su propia lista electoral, por lo que, en este
caso, se debe acreditar a Aurora Quilla Tito, identif‌i cada
con DNI Nº 02037958, candidata no proclamada del
movimiento regional Reforma Regional Andina Integración,
Participación Económica y Social Puno, para que asuma
el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancané,
departamento de Puno, por lo que corresponde otorgarle
la respectiva credencial que la faculte como tal. Dicha
convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación
de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales
Distritales Electas, de fecha 9 de noviembre de 2010,
remitida por el Jurado Electoral Especial de Puno, con
motivo de las elecciones municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo
Nº 083-2014-MPH/CM, en el que se declaró la vacancia
de Javier René Parisuaña Molleapaza, por haber incurrido
en la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la
credencial otorgada a Javier René Parisuaña Molleapaza
como regidor del Concejo Provincial de Huancané,
departamento de Puno, emitida con motivo de las
elecciones municipales del año 2010.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Aurora Quilla Tito,
identif‌i cada con DNI Nº 02037958, candidata no proclamada
del movimiento regional Reforma Regional Andina Integración,
Participación Económica y Social Puno, para que asuma
el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancané,
departamento de Puno, a f‌i n de completar el periodo de
gobierno municipal 2011-2014, para lo cual se debe otorgar la
respectiva credencial que lo faculte como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1158543-11
MINISTERIO PUBLICO
Ponen en funcionamiento la Oficina
Descentralizada del Registro Nacional
de Detenidos y Sentenciados a Pena
Privativa de la Libertad Efectiva en el
Distrito Fiscal de Lima Este
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4466-2014-MP-FN
Lima, 24 de octubre de 2014
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Mediante Ley N° 26295, se creó el Registro Nacional de
Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de la Libertad
Efectiva - RENADESPPLE, otorgándose el carácter de
Institución Nacional de Participación y responsabilidad
multisectorial;
En las of‌i cinas de Lima y Provincias del Registro
Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa
de la Libertad Efectiva, se brindará información en forma
gratuita a los familiares, abogados, organismos nacionales
e internacionales, acerca de la identif‌i cación, localización
y estado del proceso penal de las personas detenidas
por la Policía Nacional del Perú, Fuerzas Armadas o por
mandato judicial;
Por lo que resulta necesario ampliar el ámbito
de jurisdicción del RENADESPPLE, poniendo en
funcionamiento una Of‌i cina Descentralizada en el Distrito
Fiscal de Lima Este;
El señor Fiscal de la Nación como titular del Ministerio
Público, es responsable de dirigir, orientar y formular la
política institucional, siendo además uno de sus principales
objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio f‌i scal ef‌i ciente
y oportuno; razón por la cual, debe expedirse el resolutivo
correspondiente;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo

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