RESOLUCION N° 370-2015-MP-FN - Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales

Fecha de publicación05 Febrero 2015
Fecha de disposición05 Febrero 2015
El Peruano
Jueves 5 de febrero de 2015
546178
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 370-2015-MP-FN
Lima, 4 de febrero de 2015
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, por necesidad de servicio y de conformidad con
lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Noemí
Carmen Patilla Porras, como Fiscal Adjunta Provincial
Provisional del Distrito Judicial de Lima Norte, designándola
en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de
Condevilla.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Presidencia de las Junta de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,
Of‌i cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a la Fiscal
mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (i)
1197245-3
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro
y Crédito Huancayo S.A. la apertura
de agencia en el departamento de
Arequipa
RESOLUCION SBS N° 518-2015
Lima, 23 de enero de 2015
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud de autorización presentada por la Caja
Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A. para que
esta Superintendencia autorice la apertura de una (01)
agencia ubicada en el Departamento de Arequipa; y,
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión de Directorio de fecha 28 de noviembre
de 2014 se aprobó la apertura de la referida agencia;
Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar
la documentación correspondiente para la apertura de
of‌i cinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
actualmente vigente;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
30° de la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros – Ley N° 26702, de la Resolución
SBS N° 6285-2013 y en uso de las facultades delegadas
mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de
setiembre de 2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito Huancayo S.A, la apertura de una (01)
agencia ubicada en MZ. B, Lote 1 de la Urbanización
Los Balcones, distrito de José Luis Bustamante y Rivero,
provincia y departamento de Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZARATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
1196792-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Modifican Reglamento Interno del
Concejo Municipal de Barranco
Barranco, 21 de enero del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
BARRANCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en la 1ra. Sesión Ordinaria de
la fecha,
VISTO El Memorándum Nº 057-2015-GM/MDB de
fecha 16 de enero del 2015, Informe Nº 020-2015-GAJ-
MDB del 15 de enero de 2015 de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, de fecha 15 de enero del 2015.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el artículo 38º de la Ley
de Concejo es una norma municipal, como tal, se rige por
lo principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y de
simplif‌i cación administrativa;
Que, el Acuerdo de concejo, conforme a lo establecido
en el artículo 39º de la precitada Ley orgánica, lo emite
el Concejo Municipal en el ejercicio de sus funciones
como órgano de gobierno, para expresar sus decisiones,
referidas a asuntos específ‌i cos de interés público, vecinal
o institucional, a efectos de practicar un determinado acto
o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme
al artículo 41º de la mencionada ley orgánica;
Que, el Reglamento Interno de Concejo, es
el documento o instrumento jurídico de la gestión
municipal, cuyo oobjetivo es reglamentar el ejercico de
las competencias, atribuciones y funciones del Concejo
Municipal del Distrito de Barranco, como órgano de mayor
nivel de gobierno local, la convocatoria y el desarrolloo
de las sesioones de concejo y el funcionamiento de las
Comisiones del Concejo;
Que, habiendóse solicitado la mof‌i cación del
Reglamento Interno del Concejo Municipal de Barranco,
en sus artículos Nº 13º, 14º, 21º, 30º, 39º y 41.
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
Municipalidades, el concejo municipal aprobó por MAYORIA y
con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta
Ha dado lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO
Artículo Primero.- Aprobar la Modif‌i cación del
Reglamento Interno del Concejo Municipal de Barranco,
en los artículos Nº 13º, 14º, 21º, 30º, 39º y 41º; quedando
redactados estos artículos de la siguiente manera:
“Artículo 13º.- Son Atribuciones del Alcalde, aparte de
las señaladas en el artículo 20º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, las siguientes:
1) Suscribir las Actas de las sesiones de Concejo
conjuntamente con el Secretario General del Concejo.
2) Suscribir el Despacho derivado de las aprobaciones

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