RESOLUCION N° 2596-2014-JNE - Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcalde y regidoras de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú, departamento de La Libertad

Fecha de publicación02 Noviembre 2014
Fecha de disposición02 Noviembre 2014
El Peruano
Domingo 2 de noviembre de 2014 536641
Convocan a ciudadanos para que
asuman los cargos de alcalde y regidores
de la Municipalidad Provincial de Gran
Chimú, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN N° 2596-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02805
GRAN CHIMÚ – LA LIBERTAD
Lima, once de setiembre de dos mil catorce
VISTO el Of‌i cio N.º 216-2014-A/MPGCH-C, presentado
el 10 de setiembre de 2014 por Juan Julio Iglesias
Gutiérrez, alcalde de la Municipalidad Provincial de Gran
Chimú, departamento de La Libertad, el cual comunica
las licencias concedidas al alcalde y a la regidora Karla
Gisela Díaz Alcántara.
CONSIDERANDOS
1. El numeral 17 y el literal a del numeral 24, del
que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en
la vida política de la Nación, así como el de gestionar lo
que no está prohibido por ley.
2. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº
27683, Ley de Elecciones Regionales, modif‌i cada por la
Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en
las elecciones de gobiernos regionales los regidores que
deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente
o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin
goce de haber, ciento veinte días antes de la fecha de
las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para
presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral
regional vigente es el 7 de junio de 2014.
3. El último párrafo del artículo 8 de la Ley Nº
26864, Ley de Elecciones Municipales, establece que
los alcaldes y regidores que postulen a la reelección no
requieren solicitar licencia, disposición de aplicación para
el caso de los alcaldes y regidores que participen, en la
reelección en el cargo, en las elecciones municipales de
2014. Consecuentemente, se debe precisar que si bien
no requieren solicitar licencia alguna, no es impedimento
para su tramitación conforme a ley.
4. Mediante el Acuerdo de Concejo Nº 81-2014-
MPGCH/C, de fecha 4 de junio de 2014 (fojas 03), el
concejo municipal concedió licencia a la regidora Karla
Gisela Díaz Alcántara, con motivo de su participación
en las elecciones regionales 2014, por ciento veinte
días naturales ef‌i caces a partir del 7 de junio de 2014.
Asimismo, con el Acuerdo de Concejo Nº 164-2014-
MPGCH/C, de fecha 3 de setiembre de 2014 (fojas 02),
el concejo municipal concedió licencia al alcalde Juan
Julio Iglesias Gutiérrez, con motivo de su participación en
la reelección en el cargo que ejerce, en las elecciones
municipales 2014, por el periodo comprendido entre el 5
de setiembre y el 5 de octubre de 2014.
5. Teniendo en consideración que las solicitudes de
licencia del alcalde Juan Julio Iglesias Gutiérrez y de
la regidora Karla Gisela Díaz Alcántara cuentan con la
aprobación del concejo municipal, en cumplimiento de
lo previsto en el numeral 1, del artículo 24, de la Ley
procedente convocar al primer regidor Segundo Gilberto
Neyra Álvarez, identif‌i cado con Documento Nacional de
Identidad Nº 27151301, para que asuma inmediatamente
por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté
vigente la licencia concedida a su titular.
6. Asimismo, para completar el número de
regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral
2 del acotado dispositivo, resulta procedente convocar
a Leslie Catherine Florián Hoyos, identificada con
Documento Nacional de Identidad Nº 70223779 y
a Jaidy Yuriveth Villanueva Díaz, con Documento
Nacional de Identidad Nº 70223783, candidatas no
proclamadas de la alianza electoral Súmate - Perú
Posible, conforme a la información remitida por el
Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, con motivo
de las Elecciones Regionales y Municipales 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial
otorgada a Juan Julio Iglesias Gutiérrez, alcalde de la
Municipalidad Provincial de Gran Chimú, departamento
de La Libertad, así como la credencial otorgada a Karla
Gisela Díaz Alcántara, regidora de la referida comuna, por
el periodo de las licencias concedidas.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Segundo Gilberto
Neyra Álvarez, identif‌i cado con Documento Nacional de
Identidad Nº 27151301, para que asuma provisionalmente
el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de
Gran Chimú, departamento de La Libertad, mientras
esté vigente la licencia concedida a Juan Julio Iglesias
Gutiérrez, otorgándosele la correspondiente credencial
que lo faculta como tal.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Leslie Catherine
Florián Hoyos, identif‌i cada con Documento Nacional
de Identidad Nº 70223779, con el f‌i n de que asuma
provisionalmente el cargo de regidora del Concejo
Provincial de Gran Chimú, departamento de La Libertad,
mientras dure la encargatura de Segundo Gilberto Neyra
Álvarez, otorgándosele la correspondiente credencial que
la faculta como tal.
Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Jaidy Yuriveth
Villanueva Díaz, con Documento Nacional de Identidad
Nº 70223783, con el f‌i n de que asuma provisionalmente el
cargo de regidora del Concejo Provincial de Gran Chimú,
departamento de La Libertad, mientras esté vigente
la licencia concedida a Karla Gisela Díaz Alcántara,
otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta
como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1158541-3
Convocan a ciudadana para que asuma
el cargo de regidora del Concejo
Provincial de Yauli, departamento de
Junín
RESOLUCIÓN Nº 2599-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02546
YAULI - JUNÍN
Lima, once de setiembre de dos mil catorce.
VISTO el Of‌i cio Nº 134-2014/GM-MPYO, presentado
el 26 de agosto de 2014 por Elisa Alaida Párraga Posadas,
gerente municipal de la Municipalidad Provincial de
Yauli, departamento de Junín, comunicando la licencia
que fue concedida al regidor José Mallma Torres.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley
Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no
pueden ser candidatos en las elecciones municipales los
trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así
como de los organismos y empresas del Estado y de las
municipalidades, si no solicitan licencia. La licencia gozará
de ef‌i cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días
naturales antes de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para
el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser
candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda
vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado
Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-

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