Resolución nº 2467-2023 de Superintendencia de Banca y Seguros, 21-07-2023

Fecha21 Julio 2023
EmisorSuperintendencia de Banca y Seguros
Tipo de documentoSistema Financiero




Lima, 21 de julio de 2023


Resolución S.B.S.

N° 2467-2023


La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones



CONSIDERANDO:


Que, mediante Resolución SBS N° 6328-2009 y sus normas modificatorias se aprobó el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado que establece la metodología que debe aplicarse, así como los requisitos que deberán cumplir las empresas del sistema financiero para efectuar el cálculo del requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de mercado usando el método estándar o bajo modelos internos;


Que, mediante Resolución SBS N° 2115-2009 y sus normas modificatorias se aprobó el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional que establece la metodología que debe aplicarse, así como los requisitos que deberán cumplir las empresas del sistema financiero para efectuar el cálculo del requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo operacional usando el método del indicador básico o el método estándar alternativo;


Que, mediante Resolución SBS N° 3952-2022 se estableció un plazo de adecuación aplicable a los requerimientos de solvencia contemplados en el artículo 199 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General;


Que, mediante Resolución SBS N° 3953-2022 se aprobó el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgos Adicionales y, asimismo, se modificó el Reporte N° 4-B1 – Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentración Crediticia - Riesgo por Concentración Individual, el Reporte N° 4-B2 – Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentración Crediticia - Riesgo por Concentración Sectorial, el Reporte N° 4-B3 – Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo por Concentración Crediticia - Riesgo por Concentración Regional y el Reporte N° 4-D - Resumen del Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional;


Que, mediante Resolución SBS N° 3955-2022 se modificó el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado, aprobado por Resolución SBS N° 6328-2009 y sus normas modificatorias, y el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional, aprobado por Resolución SBS N° 2115-2009 y sus normas modificatorias, estableciéndose plazos de adecuación para los factores de ajuste aplicables a los activos ponderados por riesgo de mercado y a los activos ponderados por riesgo operacional, en concordancia con el plazo de adecuación aplicable a los requerimientos de solvencia establecido mediante la Resolución SBS N° 3952-2022;


Que, mediante Resolución SBS N° 2192-2023 se modificó la Resolución SBS N° 3952-2022, estableciéndose un nuevo plazo de adecuación aplicable a los requerimientos de solvencia contemplados en el artículo 199 de la Ley General;


Que, resulta necesario modificar el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado y el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional, para establecer nuevos plazos de adecuación para los factores de ajuste aplicables a los activos ponderados por riesgo de mercado y a los activos ponderados por riesgo operacional, que estén en concordancia con el nuevo plazo de adecuación aplicable a los requerimientos de solvencia establecido mediante la Resolución SBS N° 2192-2023;


Que, asimismo, resulta necesario modificar el artículo 5 y el Anexo A del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgos Adicionales aprobado por la Resolución SBS N° 3953-2022, para adecuar los nombres del Reporte N° 4-B1, el Reporte N° 4-B2 y el Reporte N° 4-B3;


Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos, de Estudios Económicos, y de Asesoría Jurídica; y,


En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 7 y 9 del artículo 349 de la Ley General, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y sus modificatorias;



RESUELVE:


Artículo Primero.- Sustituir el cuarto párrafo del artículo 6° del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Mercado, aprobado por Resolución SBS N° 6328-2009 y sus normas modificatorias, conforme con lo siguiente:


Adicionalmente, el APR por riesgo de mercado deberá ser multiplicado por un factor, cuyo valor corresponderá al indicado en la siguiente tabla:


Periodo

Factor de ajuste

Enero de 2023 - Marzo de 2023

0.85

Abril de 2023 – Febrero de 2024

0.90

Marzo de 2024 – Agosto de 2024

0.95

Setiembre de 2024 – en adelante

1.00



Artículo Segundo.- Sustituir el último párrafo del artículo 3° del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo Operacional, aprobado por Resolución SBS N° 2115-2009 y sus normas modificatorias, conforme con lo siguiente:


Adicionalmente, el APR por riesgo operacional deberá ser multiplicado por un factor, cuyo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR