RESOLUCION Nº 232-2015-OS/CD - Resolución que regula el envío de información de precios de cilindros de GLP mediante mensaje de texto

EmisorORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2015
563490 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de octubre de 2015 /
El Peruano
de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo
del viaje, el número de días, el monto de los gastos de
desplazamiento y viáticos;
Que, mediante Carta del visto se recibió la invitación
del señor Luis Francisco Camargo, Coordinador del Grupo
de Gestión Integral de Bosques y Reservas Forestales
Nacionales de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y
Servicios Ecosistémicos, a los funcionarios y servidores
del OSINFOR, para que participen en los Talleres
de “Intercambio de experiencias de manejo forestal
comunitario” y “Revisión de criterios para la exportación
e importación de productos forestales y fauna silvestre
entre Perú y Colombia”, a realizarse del 12 al 16 de
octubre de 2015, en la ciudad de Leticia, República de
Colombia;
Que, en tal sentido, resulta de interés nacional la
asistencia y participación de funcionarios y servidores del
OSINFOR en el citado evento, a n de dar cumplimiento
a los compromisos vinculados al eje ambiental de la
Declaración Presidencial entre Perú y Colombia y su
respectivo Anexo I; por lo que es conveniente autorizar
la participación del señor Ildefonzo Riquelme Ciriaco y
señora Carmen Lizbeth Castilla Valenzuela, Director (e)
y Profesional de la Dirección de Supervisión de Permisos
y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre,
respectivamente; señorita Iliana Janine Pérez Meléndez,
Jefe (e) de la O cina Desconcentrada de Iquitos y señor
Lenin Horacio Gallardo Camacho, Jefe (e) de la O cina de
Planeamiento y Presupuesto;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la
Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que se efectúen
en el marco de la negociación de acuerdos comerciales
o tratados comerciales y ambientales, negociaciones
económicas y nancieras y las acciones de promoción de
importancia para el Perú se autorizan mediante resolución
del titular de la entidad y debe ser publicado en el diario
o cial El Peruano;
Que, en consecuencia, corresponde al OSINFOR,
asumir el gasto por concepto de pasajes y viáticos que
genere la participación de los funcionarios y servidores
antes referidos en los Talleres “Intercambio de experiencias
de manejo forestal comunitario” y “Revisión de criterios
para la exportación e importación de productos forestales
y fauna silvestre entre Perú y Colombia”, a realizarse
del 12 al 16 de octubre de 2015 en la Ciudad de Leticia,
República de Colombia, con cargo a su presupuesto
institucional;
Con las visaciones del Secretario General (e), y de
los Jefes (e) de la O cina de Administración, O cina
de Planeamiento y Presupuesto y O cina de Asesoría
Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior
de los Servidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus
modi catorias, Decreto Legislativo Nº 1085, Ley que crea
el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales
y de Fauna Silvestre – OSINFOR y su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 065-2009-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicio
del señor Ildefonzo Riquelme Ciriaco y señora Carmen
Lizbeth Castilla Valenzuela, Director (e) y Profesional de
la Dirección de Supervisión de Permisos y Autorizaciones
Forestales y de Fauna Silvestre, respectivamente;
señorita Iliana Janine Pérez Meléndez, Jefe (e) de la
O cina Desconcentrada de Iquitos y señor Lenin Horacio
Gallardo Camacho, Jefe (e) de la O cina de Planeamiento
y Presupuesto, del 11 al 17 de octubre de 2015, a la
ciudad de Leticia, República de Colombia, para los
nes expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución presidencial, se efectuarán
con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del
Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y
de Fauna Silvestre, de acuerdo al siguiente detalle:
Funcionario /
Servidor Viáticos / días (US$) Pasajes
(US$) Total
1 Ildefonzo Riquelme
Ciriaco $/. 145 x 06 días = $/. 870.00 $/. 100 $/. 970
2 Iliana Janine Pérez
Meléndez $/. 145 x 06 días = $/. 870.00 $/. 100 $/. 970
3 Carmen Lizbeth
Castilla Valenzuela $/. 145 x 06 días = $/. 870.00 $/. 100 $/. 970
4 Lenin Horacio
Gallardo Camacho $/. 145 x 06 días = $/. 870.00 $/. 100 $/. 970
TOTAL $/. 3,880.00
Artículo 3º- Dentro de los 15 (quince) días calendario
posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios
y servidores, cuyo viaje se autoriza por la presente
resolución presentarán al Titular de la Entidad un informe
detallado describiendo las acciones realizadas, los
resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los
viáticos entregados, de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución
no dará derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros, de cualquier clase o denominación.
Artículo 5º.- Disponer que la O cina de Administración
ejecute las acciones necesarias para la publicación de la
presente resolución en el Diario O cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROLANDO NAVARRO GÓMEZ
Presidente Ejecutivo (e)
Organismo de Supervisión de los Recursos
Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR
1296654-1
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Resolución que regula el envío de
información de precios de cilindros de GLP
mediante mensaje de texto
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 232-2015-OS/CD
Lima, 29 de setiembre de 2015
VISTO:
El Memorando COR-718-2015 de las O cinas
Regionales.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del
inciso 1 del artículo 3 de la Ley N° 27332 - Ley Marco
de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada
en los Servicios Públicos, la función normativa de los
Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin,
comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en
el ámbito y materia de su respectiva competencia, normas
que regulan los procedimientos a su cargo y normas de
carácter general;
Que, según lo dispuesto por el artículo 22 del
Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, la función normativa
de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el
Consejo Directivo de Osinergmin a través de resoluciones;
Que, el artículo 3 de la Ley N° 27699 – Ley
Complementaria de Fortalecimiento Institucional de

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